DESIGNA SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA A D. CLAUDIA TORREALBA DURÁN
Núm. 42.- Santiago, 27 de marzo de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 4º inciso primero, 7º letra b), y 14º del decreto con fuerza de ley Nº 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834. sobre Estatuto Administrativo; artículo 62º del decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175 de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, y teniendo presente las facultades que me confiere el artículo 32º Nº 10 de la Constitución Política de la República de Chile. Refrendación
Decreto:
1.- Desígnase a D. Claudia Torrealba Durán, RUN Nº 13.413.145-4, en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de Arica y Parinacota, grado 2º EUS, con 40% de asignación de la responsabilidad superior, más asignación profesional correspondiente, de acuerdo al artículo 19º de la ley Nº 19.185, a contar del 20 de marzo de 2018.
2.- El desempeño de estas funciones está afecto a rendición de fianza y por razones impostergables de buen servicio, la persona asumirá en la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.
3.- Déjase establecido que la persona individualizada anteriormente, dio cumplimiento en su oportunidad al artículo 12º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
4.- Impútese el gasto correspondiente a los Ítem 21-01-001. del presupuesto del Ministerio de Salud.
Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Emilio Santelices Cuevas, Ministro de Salud.
Transcribo para su conocimiento decreto afecto Nº 42, de 27-03-2018.- Saluda atentamente a Ud., Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.