ASIGNA NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS APLICABLES A ÁREAS DONDE HAN CADUCADO LAS DECLARATORIAS A UTILIDAD PÚBLICA

    Núm. 4.035.- Coquimbo, 8 de septiembre de 2010.- Vistos:

    - El Plan Regulador Comunal de Coquimbo, aprobado por Decreto Nº 47 (Minvu) del año 1984, y publicado en el Diario Oficial el 26 de mayo de 1984.

    - El Plan Seccional La Cantera, aprobado por Resolución Nº 8 (Minvu) del año 1990, y publicado en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1991. La modificación al Plan Regulador Comunal de Coquimbo, Sector Estación, aprobado por Resolución Nº 18 (Gore) del año 1996, y publicado en el Diario Oficial el 4 de mayo de 1996.

    - La Modificación del Plan Regulador de Coquimbo Sector Cantera Alta, aprobado por Resolución Nº 195 (Gore), del año 1997, y publicado en el Diario Oficial el 12 de abril de 1997.

    - La Modificación del Plan Regulador Comunal de Coquimbo, Sector Cantera Baja, aprobado por Resolución Nº 96 (Gore) del año 1999, y publicado en el Diario Oficial el 16 de septiembre de 1999.

    - El Plan Regulador Comunal de Tongoy, aprobado por Decreto Nº 130 (Minvu) del año 1988, y publicado en el Diario Oficial el 23 de agosto de 1988.

    - El Plan Regulador Comunal del Balneario de Guanaqueros, aprobado por Decreto Nº 759 (Minvu) del año 1978, publicado en el Diario Oficial el 27 de diciembre de 1978.

    - El inciso primero del Artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    - La Ley Nº 19.939, publicada en el Diario Oficial el 13 de febrero del 2004. que modifica el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    - La Circular Ord. (Minvu) 0135 de fecha 15 de abril del 2005, DDU 143, que instruye sobre la aplicación de la Ley Nº 19.939.

    - La Circular Ord. (Minvu) 0198 de fecha 29 de marzo del 2007, DDU Específica 04/2007.

    - La Ley Nº 20.331, publicada en el Diario Oficial el 12 de febrero del 2009, que renueva las vigencias de las declaratorias de uso público por el plazo de un año.

    - La Circular Ord. (Minvu) 0121 de fecha 18 de febrero del 2009, DDU 215, que informa la publicación de la Ley Nº 20.331.

    - La Circular Ord. (Minvu) 0136 de fecha 15 de febrero del 2010, DDU 229, que instruye sobre la aplicación del inciso primero del artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    - La Circular Ord. (Minvu) 0549 de fecha 12 de agosto del 2010, DDU 238, que complementa la Circular Ord. 0136.

    - El Oficio Ord. Nº 1825 de fecha 16 de agosto del 2010 enviado al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, solicitando informe favorable para decretar nuevas normas urbanísticas a las áreas de utilidad pública caducadas de acuerdo con el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    - El Oficio Ord. Nº 1253 de fecha 26 de agosto del 2010, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, emitiendo informe técnico favorable, de acuerdo con el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

    - Las atribuciones de mi cargo.

    Considerando:

    - Que de acuerdo con la Ley Nº 20.331 publicada en el Diario Oficial el 12 de febrero del 2009, con fecha 12 de febrero del 2010 se caducaron las declaratorias de utilidad pública de las Vías estructurantes calificadas como troncales y colectoras, en los instrumentos de Planificación Urbana de la comuna de Coquimbo, especificados en los Vistos.

    - y Habiéndose cumplido los plazos para aplicar las normas urbanísticas a las áreas antes indicadas,

    Decreto:
    1.- Asígnense las nuevas normas urbanísticas aplicables a las áreas donde han caducado las declaratorias a utilidad pública, asimilándolas a las de la zona predominante de las adyacentes al terreno, de acuerdo a lo especificado caso a caso por el Plan Regulador Comunal respectivo.

    Anótese, comuníquese, notifíquese, publíquese y archívese.- Oscar Pereira Tapia, Alcalde de Coquimbo.- Mirta Cecilia Ponce López, Secretaria Municipal.