APRUEBA PROYECTOS SELECCIONADOS DEL LLAMADO A CONCURSO NACIONAL AÑO 2018 PARA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS HABITACIONALES, DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS Nº 19 (V. Y U.), DE 2016; MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.696 EXENTA (V. Y U.), DE 2018, Y SU MODIFICACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA; Y DISPONE ASIGNACIÓN DE CUPOS DE SUBSIDIO POR REGIÓN

    Santiago, 14 de noviembre de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 8.873 exenta.
   
    Visto:
   
a)  El DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, publicado en el Diario Oficial del 14 de julio de 2016, que reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial;
b)  La resolución exenta Nº 2.696 (V. y U.), de 2018, publicada en Diario Oficial del 11 de mayo de 2018, y su modificación, que dispuso el Llamado a Concurso Nacional año 2018 para Presentación de Proyectos Habitacionales, para el citado Programa;
c)  La resolución exenta Nº 30 (V. y U.), de fecha 4 de enero de 2018, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2018 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de recursos destinados, entre otros, al programa regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016;
d)  Circular Nº 6 de fecha 30 de enero de 2018, del Sr. Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, en relación al Programa Habitacional año 2018, en el que se incluyen los recursos asociados a la nueva Región del Ñuble, y

    Considerando:
   
a)  Que por el resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 2.696 (V. y U.), de 2018, y su modificación, se llamó a presentación de proyectos habitacionales, para el Programa de Integración Social y Territorial;
b)  Que se requiere incorporar a la nueva Región del Ñuble, que surgió con fecha 19 de agosto de 2017, en que se firmó el decreto promulgatorio de la ley que la crea, separándola de la Región del Biobío. La ley fue publicada en el Diario Oficial el 5 de septiembre de 2017, entrando en vigencia un año más tarde, el 6 de septiembre de 2018, lo que es posterior a la fecha de publicación de la resolución exenta Nº 2.696 (V. y U.), de 2018, que dispuso el llamado mencionado en el Considerando anterior;
c)  Que es necesario modificar el número de cupos de subsidio por región para el llamado dispuesto por la resolución exenta Nº 2.696 (V. y U.), de 2018, producto de la disponibilidad de recursos y de la oferta presentada.
d)  Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 2º y 12º del DS Nº 19, de Vivienda y Urbanismo, de 2016, la Comisión Evaluadora se constituyó para calificar los proyectos presentados en el llamado dispuesto por el resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 2.696, también de este Ministerio, de 2018, y su modificación, sancionando aquellos proyectos elegibles que cumplen con los aspectos señalados como "Mínimo esperado" y que obtuvieron un puntaje de 200 puntos o más, para que participen del proceso de selección del Programa de Integración Social y Territorial; considerando además la facultad de eximir de una o más de las exigencias por parte del Sr. Ministro de Vivienda y Urbanismo, que figura en el inciso final del artículo 11º del DS Nº 19 precitado, dicto la siguiente
    Resolución:
1.  Apruébanse las nóminas de Proyectos de Integración Social y Territorial seleccionados en el llamado dispuesto por el resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 2.696 referida, nóminas que se entenderá forman parte integrante de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13º del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016.

    Y modifícase la resolución exenta Nº 2.696, de este Ministerio, de 2018, y su modificación, en el sentido de sustituir la tabla inserta en el resuelvo 2., por la siguiente, y conforme a ella, fíjase un nuevo número de cupos de subsidios por región Resolución 3141 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2
D.O. 08.01.2020
para los proyectos seleccionados:
   
 
   
2.  Apruébanse 124 proyectos seleccionados en el Llamado a Concurso para Proyectos de Integración Social y Territorial, dispuesto por el resuelvo 1. de la resolución exenta Nº 2.696 (V. y U.), de 2018, y su modificación, y recházanse 116 proyectos, presentados por las Entidades Desarrolladoras individualizadas en las nóminas que se acompañan. Una de las nóminas contendrá los proyectos rechazados por no cumplir con los mínimos esperados y otra, los proyectos rechazados por no alcanzar el puntaje mínimo establecido en el inciso tercero del artículo 12º del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016; dichas nóminas forman parte integrante de la presente resolución.
3.  Dispóngase una lista de espera con los 53 proyectos que resultaron bajo la línea de corte regional, cuya vigencia será de 180 días, a partir de la total tramitación de la presente resolución, posterior a los cuales, los proyectos que se encuentren en dicha situación, serán eliminados del concurso definitivamente.
4.  Las nóminas de los 124 proyectos elegibles que se encuentran seleccionados, de los 116 proyectos rechazados y de los 53 proyectos elegibles que se encuentran en lista de espera, serán publicadas en la página web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo www.minvu.cl.
5.  Las Entidades Desarrolladoras tendrán un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Diario Oficial de esta resolución, para poder presentar al Serviu respectivo sus observaciones o reclamos al resultado de la selección, si correspondiere.

    Para ello, la Entidad Desarrolladora deberá ingresar sus observaciones o reclamos por escrito al Serviu respectivo y adjuntar un respaldo digital (CD o pendrive), que contenga los datos del proyecto con su respectiva apelación, además de todos los documentos que avalen su reclamación, esto es planos, certificados u otros antecedentes que se estimen convenientes.

    La apelación deberá centrarse en los motivos del rechazo del proyecto, por lo que no se aceptará el ingreso de nuevos antecedentes, iniciativas y/o cambios en la propuesta presentada inicialmente. Corresponderá a la Comisión Evaluadora, compuesta por integrantes de la Seremi y del Serviu, más un representante de la División de Política Habitacional, revisar los antecedentes presentados por la Entidad Desarrolladora y proponer a las autoridades ministeriales el listado de proyectos que superen la etapa de apelaciones, ordenados por puntaje de mayor a menor.

    En todo caso, la selección de los proyectos que apelaron se establecerá considerando:

    . La distribución de cupos disponibles para el proceso de apelaciones, que será proporcional a la oferta no seleccionada en cada una de las regiones del país; posibilitando que en cada una de las regiones donde hubo apelaciones, se pudiese seleccionar a lo menos un proyecto.
    . Los proyectos se ordenarán por puntaje, de mayor a menor, entre aquellos que superen la etapa de apelaciones, el cual deberá ser superior al puntaje de corte de cada región.
   
    Aquellos proyectos que superen la etapa de apelaciones pero no obtengan puntaje superior al corte de la región, pasarán a formar parte de la lista de espera, ubicándose según orden de prelación.
    Si con posterioridad al proceso de apelaciones quedasen cupos disponibles, estos serán destinados a la selección de aquellos proyectos que se encuentran en lista de espera, utilizando para ello el mismo criterio de distribución proporcional antes descrito.
   
6.  Una vez suscrito el convenio a que se refiere el artículo 14º del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, e iniciadas las obras, lo que debe ser verificado por el Serviu respectivo, la Entidad Desarrolladora podrá realizar la postulación y reserva de las familias interesadas en dicho proyecto, en los plazos y condiciones establecidos en el DS Nº 19 aludido.
7.  En el caso de los proyectos seleccionados que correspondan a la tipología de edificios de más de cinco pisos, el Plan de Integración Social que presente la Entidad Desarrolladora al momento de la firma del Convenio, deberá proponer medidas concretas que hagan factible y sostenible la integración social de estos proyectos.
8.  Los proyectos deberán mantener todas las condiciones técnicas y de diseño presentadas por la Entidad Desarrolladora y aprobadas por la Comisión Evaluadora, mediante las respectivas Actas. En caso de alguna modificación, ésta deberá ser informada inmediatamente al Serviu respectivo y a la División de Política Habitacional de este Ministerio para su aprobación, si corresponde. Dicha modificación no podrá ir de manera alguna, en desmedro del proyecto seleccionado en la presente resolución.
9.  Si producto de la tramitación municipal del proyecto o de un error involuntario en la información ingresada al sistema informático Rukan, hubiere que efectuar ajustes que impliquen una reducción o aumento en la cantidad de viviendas que no superen el 10% del total aprobado, no se requerirá modificar la presente resolución y solo será necesaria la modificación del convenio correspondiente.
10.  Los Resolución 350 EXENTA,
VIVIENDA
N° 6
D.O. 31.01.2019
montos asignados mediante la presente resolución, ascendentes a 11.431.446.- Unidades de Fomento, se imputarán a los recursos autorizados, para el año 2018, del Programa de Integración Social y Territorial y del Sistema integrado de Subsidio Habitacional.

   

NOTA
El N° 2 de la Resolución 3141 Exenta, Vivienda, publicada el 08.01.2019, modifica el resuelvo 1 de la presente norma, en el sentido de sustituir su tabla, fijándose un nuevo número de cupos de subsidios en la Región de Los Lagos, "Otras Comunas", para los proyectos seleccionados, considerando un monto total de 11.208.698 UF, sin actualizar dicho monto en en el resuelvo N° 10 de la presente norma.
    Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Cristián Monckeberg Bruner, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.
    NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS
    LLAMADO 2018 DS Nº 19 (V. y U.), DE 2016
    ORDENADOS POR REGIÓN
   
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    NÓMINA DE PROYECTOS ELEGIBLES EN LISTA ESPERA
    LLAMADO 2018 DS Nº 19 (V. y U.), DE 2016
    ORDENADOS POR REGIÓN
   
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    NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS
    LLAMADO 2018 DS Nº 19 (V. y U.), DE 2016
    ORDENADOS POR PUNTAJE
   
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    NÓMINA DE PROYECTOS RECHAZADOS POR NO CUMPLIR MÍNIMOS ESPERADOS
    LLAMADO 2018 DS Nº 19 (V. y U.), DE 2016
    ORDENADOS POR REGIÓN
   
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    NÓMINA DE PROYECTOS RECHAZADOS POR NO ALCANZAR EL PUNTAJE MÍNIMO
    (200 PUNTOS) LLAMADO 2018 DS Nº 19 (V. y U.), DE 2016
    ORDENADOS POR REGIÓN