ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
     
    Núm. 46 exento.- Santiago, 30 de junio de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo regulado en el decreto con fuerza de ley Nº 29, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834 Estatuto Administrativo; el decreto con fuerza de ley Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763 de 1979, y de las leyes Nºs. 18.933 y 18.469; según lo establecido en el artículo 1 Nº 22 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, decreto exento Nº 44 del 21 de abril de 2022, del Ministerio de Salud, que designa Secretario Regional Ministerial de la Región de Arica y Parinacota, y lo dispuesto en las resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, según ordinario Nº 462 del 19 de mayo de 2022.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el artículo 79 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señala que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o suplente.
    2. Que el artículo 80 del citado decreto con fuerza de ley, indica que, en tal caso, asumirá el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico o que reúna los requisitos para el desempeño del cargo.
    3. Que, sin perjuicio de lo anterior el artículo 81 del citado decreto con fuerza de ley, señala que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación respecto de los cargos de exclusiva confianza o cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes.
     
    Decreto:
     
    1. Pónese término a contar del 19 de mayo de 2022, al orden de subrogancia establecido para el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de Arica y Parinacota, dispuesto por decreto exento Nº 10 del 21 de enero de 2022, de este Ministerio.
    2. Establécese, a contar del 19 de mayo de 2022, el siguiente orden de subrogancia para el cargo de Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Arica y Parinacota, en caso de ausencia o impedimento de quien ejerce:
     
    Primer orden de subrogancia
    D. Marta Graciela Saavedra García, cédula de identidad Nº 14.518.839-3, Contrata, Profesional, grado 6º EUS, Jefa del Departamento de Salud Pública.
     
    Segundo orden de subrogancia
    D. Dominique Nicol Parker Díaz, cédula de identidad Nº 16.592.923-3, Contrata, Profesional, grado 5º EUS, Jefa Departamento Acción Sanitaria.
     
    3. Declárase que las personas subrogantes del cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de Arica y Parinacota, podrán asumir sus funciones, en caso de ser necesario, a contar de la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.
     
    Regístrese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, María Vegoña Yarza Sáez, Ministra de Salud.
    Transcribo para su conocimiento decreto exento Nº 46 - 30 de junio de 2022.- Por orden del Subsecretario de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.