FIJA TARIFAS PARA EL SERVICIO CARTA CORREOS, CARTA NORMAL INTERNACIONAL, CASILLAS Y CLASIFICADORES, DOCUMENTO EXPRESS, PAQUETE DOMICILIO, PAQUETE SUCURSAL, PEQUEÑO PAQUETE INTERNACIONAL, SERVICIO OPCIONAL DE EMBALAJE, COURIER INTERNACIONAL DE SALIDA DE CORREOSCHILE, ENCOMIENDA INTERNACIONAL, EMS Y LOS SERVICIOS ADICIONALES NACIONALES E INTERNACIONALES QUE SE SEÑALAN, TODOS DEL MERCADO PERSONA, DE LA EMPRESA DE CORREOS DE CHILE Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE SE SEÑALA
     
     
    Núm. 90 exenta.- Santiago, 20 de diciembre de 2023.
     
    Vistos y considerando:
     
    El DFL Nº 10 de 1981 y el artículo 5º del decreto Nº 642 de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; el Acuerdo Nº 116/2023 del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Décimo Primera Ordinaria, de fecha 15 de noviembre de 2023; la resolución Nº 7 de 2019, de Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la resolución exenta Nº 91 de 2019 y la resolución exenta Nº 81 de 2022, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    I. Fíjense las siguientes tarifas para el servicio Carta Correos, Carta Normal Internacional, Casillas y Clasificadores, Documento Express, Paquete Domicilio, Paquete Sucursal, Pequeño Paquete Internacional, Servicio Opcional de Embalaje, Courier Internacional de Salida de CorreosChile, Encomienda Internacional, EMS y los servicios adicionales nacionales e internacionales que se señalan, todos del mercado persona, de la Empresa de Correos de Chile:
     
    a) Carta Correos:
     
   
     
    b) Carta Normal Internacional:
     
   
   
     
    c) Casillas y Clasificadores:
     
    CASILLAS:
     
   
     
    CASILLA ESTUDIANTES:
     
   
     
    CASILLA FUNCIONARIOS :
     
   
     
    CLASIFICADORES:
     
   
     
    d) Documento Express: corresponde a aquellos envíos cuyo embalaje es de material flexible, papel o plástico, con dimensiones menores y regulares en largo y ancho, conteniendo documentación en su interior, con peso máximo de 1,5 kg.
     
   
   
   
     
    e) Paquete Domicilio: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 m, con peso no superior a 50 kilos físicos y 250 volumétricos.
     
   
   
   
   
     
    f) Paquete Sucursal: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 m, con peso no superior a 50 kilos físicos y 250 volumétricos.
     
   
   
   
   
     
    g) Pequeño Paquete Internacional:
     
   
     
    h) Servicio Opcional de Embalaje:
     
   
   
     
    i) Courier Internacional de Salida de CorreosChile:
     
    . Courier Documentos: corresponde a aquellos envíos cuyo embalaje es de material flexible, papel o plástico, de dimensiones menores y regulares en largo y ancho, que contiene documentación en su interior, con peso máximo de 2 kilos.
     
   
     
    . Courier Paquetes y Muestras: corresponde a aquellos paquetes, bultos o cajas, cuya medida (la suma de sus lados) no puede ser mayor a 3 m, y con un peso no superior a 30 kilos físico s y 200 kilos volumétricos.
     
   
   
     
    j) Encomienda Internacional:
     
   
     
    k) EMS:
     
   
   
     
    l) Servicios Adicionales nacionales e internacionales:
     
   
     
    II. Deróguese la resolución exenta Nº 25 de 2023 de la Empresa de Correos de Chile.
    III. Las tarifas aprobadas por la presente resolución exenta se encuentran exentas de IVA, y comenzarán a regir a contar del día de publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial.



NOTA
      El numeral I de la Resolución 61 Exenta, Correos, publicada el 01.07.2024, modifica la estructura tarifaria y fija las tarifas para el servicio Paquete Domicilio y Paquete Sucursal del mercado persona, establecidos en la presente norma, en los términos que en ella se indican. Asimismo, el numeral II de la citada resolución, ordena derogar, en lo pertinente, la presente resolución.
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Tania Perich Iglesias, Gerente General, Empresa de Correos de Chile.