(DPYP) (EVC) (LCV) RECTIFÍQUESE LA RESOLUCIÓN Nº 860 EXENTA ELECTRÓNICA, DE FECHA 8 DE JULIO DE 2024, Y SU MODIFICACIÓN, DE LLAMADO A POSTULACIÓN 2024 EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS ECONÓMICAS, PARA LA REGIÓN METROPOLITANA
   
    Núm. 1.884 exenta.- Santiago, 28 de octubre de 2024.
   
    Vistos:
   
    1. La ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado.
    2. La ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
    3. El DL Nº 1.305 (V. y U.), de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
    4. El DS Nº 397, de 1976, que crea el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    5. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    6. La resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, de los Ministerios de Hacienda y de Vivienda y Urbanismo, que autoriza a efectuar Llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el 2024 en Sistemas y Programas Habitacionales que indica.
    7. La Circular Nº 1, de fecha 17 de enero de 2024, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que establece Programa Habitacional correspondiente al año 2024.
    8. La resolución exenta Nº 380 (V. y U.), de fecha 9 de marzo de 2022, publicada con fecha 16 de marzo del mismo año, que regula operaciones y actos que inciden en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda del DS 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el Reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
    9. La resolución exenta Nº 877 (V. y U.), de fecha 14 de junio de 2024, que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar llamados especiales correspondientes al Capítulo III: Proyectos para Condominios de Vivienda, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, para las regiones de Tarapacá, Valparaíso, Metropolitana, del Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío y La Araucanía.
    10. La resolución exenta Nº 860 de fecha 8 de julio de 2024, y su modificación mediante resolución exenta Nº 1.290, de fecha 23 de agosto de 2024, esta Secretaria Ministerial dispuso Llamado a postulación en condiciones especiales 2024 para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulada por el Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas Económicas, para la Región Metropolitana.
    11. La resolución exenta Nº 1.149, de fecha 25 de agosto de 2023, de la Seremi, que aprueba segundo proceso de certificación 2023 para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas Sociales y Económicas, de la Región Metropolitana.
    12. La resolución exenta Nº 1.379, de fecha 4 de noviembre de 2021, de la Secretaría Ministerial Metropolitana (V. y U.), que deja sin efecto a la resolución exenta Nº 581 de esta Seremi y que actualiza funcionamiento respecto de documentación recibida y despachada desde este órgano y atención presencial a la ciudadanía, durante la alerta sanitaria.
    13. La resolución exenta Nº 579 (V. y U.), de fecha 22 de abril de 2024, que establece condiciones especiales para los nuevos llamados a efectuarse durante el año 2024, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, correspondientes a los Capítulos primero, segundo y tercero.
    14. La resolución exenta Nº 1.433 (V. y U.), de fecha 16 de septiembre de 2024, que modifica la resolución exenta Nº 877 (V. y U.), de fecha 14 de junio de 2024, que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar Llamados especiales correspondientes al Capítulo III: Proyectos para Condominios de Vivienda, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, para las regiones de Tarapacá, Valparaíso, Metropolitana, del Libertador Bernardo O'Higgins, Maule, Biobío y La Araucanía.
    15. Lo dispuesto en el DS Nº 28 (V. y U.), de fecha 17 de noviembre de 2023, en trámite, que designa a la infrascrita en calidad de Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana.
    16. La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
   
    Considerando:
   
    a) Que, mediante resolución exenta Nº 860, de fecha 8 de julio de 2024, y su modificación mediante resolución exenta Nº 1.290, de fecha 23 de agosto de 2024, esta Secretaria Ministerial dispuso Llamado a postulación en condiciones especiales 2024 para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el capítulo tercero, proyectos para Condominios de Viviendas Económicas, para la Región Metropolitana.
    b) Que, por razones de buen servicio, se estima necesario reprogramar el calendario del proceso de postulación de Llamado, así como aumentar el presupuesto por línea programática estipulado en la resolución exenta Nº 860, de fecha 8 de julio de 2024. Además, se hace necesario incorporar especificidades contenidas en el caso específico del cuadro "Criterios regionales para la selección", establecidos en la citada resolución.
    c) Que, en atención a que las obras de reparación, mejoramiento y/o adecuación de bienes de dominio común a realizar en los condominios de viviendas económicas configuran acciones de alta relevancia para esta Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente:
   
    Resolución:
   
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 860 de esta Secretaría Ministerial, de fecha 8 de julio de 2024, el resuelvo 2, estableciendo el siguiente cuadro con los plazos del proceso de postulación y selección:
   
   
    2. Modifícase la resolución exenta Nº 860 de esta Secretaría Ministerial, de fecha 8 de julio de 2024, en su resuelvo 6, letra a, la primera fila de Categoría de la Variable "Tipo de Partidas", por la siguiente, y entiéndase incorporado al cuadro de Criterios regionales de Demanda General:
   
    a. Criterios regionales para la selección de Demanda General:

   
    3. Modifícase la resolución exenta Nº 860 de esta Secretaría Ministerial, de fecha 8 de julio de 2024, en su parte resolutiva, numeral 15, por lo siguiente:
   
    a) Modifícase el siguiente cuadro de financiamiento:

   
    b) Sustitúyase el último párrafo del resuelvo 15, por lo siguiente:
   
    A partir de la fecha de la resolución exenta de Selección, las entidades tendrán un plazo de 2 días hábiles para presentar apelaciones ante la Seremi a los siguientes correos electrónicos: Oficina de Partes Seremi RM ofparteseremirm@minvu.cl con copia a Equipo de Mejoramiento de Vivienda Colectiva rpinoa@minvu.cl y lcastillov@minvu.cl.
   
    4. Téngase presente que, en todo aquello no modificado por el presente acto administrativo, rige íntegramente la precitada resolución exenta Nº 860, de fecha 8 de julio de 2024, de esta Secretaría Ministerial.-

    Carolina Casanova Romero, Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.