CREA COMISION MIXTA DE JUSTICIA Y SALUD CON EL FIN QUE INDICA
Núm. 104.- Santiago, 12 de febrero de 1998.- Visto: Lo dispuesto en el decreto ley Nº3.346, de 1980; en el decreto supremo Nº924, de 1981, del Ministerio de Justicia; en el decreto ley Nº2.763, de 1979; y en el decreto supremo Nº391, de 1980, del Ministerio de Salud.
Considerando: La necesidad de aunar los esfuerzos de los Ministerios de Justicia y sus organismos dependientes con los del Ministerio de Salud que se relacionan con el Poder Ejecutivo, a través de esta Secretaría de Estado para solucionar la situación de las personas que padecen enfermedades mentales y se encuentran procesadas, sobreseídas o absueltas por los Tribunales de Justicia, o bien que experimenten estos trastornos durante el cumplimiento de condenas en los establecimientos penitenciarios del país; y
Teniendo presente: Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República, y las atribuciones que se conceden en el artículo 1º párrafo I Nº 6 de la ley Nº16.436, y artículo 1º Nº 98 del decreto supremo Nº654, de 1994, del Ministerio del Interior.
D e c r e t o:
Artículo 1º.- Créase una Comisión Mixta de Trabajo conjunto, destinada a estudiar la situación de las personas que sufren trastornos mentales y que son procesadas, sobreseídas o absueltas por los Tribunales de Justicia, o que experimenten dichos trastornos durante el cumplimiento de sus condenas, debiendo ser internadas en los establecimientos de atención psiquiátrica de los Servicios de Salud, así como su egreso de tales recintos.
Artículo 2º.- Para el cumplimiento de su objetivo, la Comisión abordará los siguientes temas:
1º.- Efectuar el análisis y diagnóstico de la situación de los enfermos mentales actualmente encarcelados y de aquellos internos en los establecimientos de atención psiquiátrica de los Servicios de Salud por orden de los Tribunales de Justicia.
2º.- Proponer las medidas necesarias para dar solución a los problemas detectados y los recursos que su implementación requiere, en términos físicos, financieros y humanos.
3º.- Proponer una política y un plan de desarrollo de la Psiquiatría Forense, incluyendo aspectos, tales como peritajes de salud mental y psiquiatría, formación y capacitación de profesionales médicos especializados, tratamiento de enfermos mentales recluidos en establecimientos penales, tratamiento a personas en cuyas transgresiones a la ley interviene su trastorno mental, y sistemas de rehabilitación psicosocial de enfermos mentales sobreseídos o absueltos en los Tribunales de Justicia.
4º.- Proponer las reformas que sea necesario introducir a la legislación y reglamentación vigente para cumplir sus objetivos, y los convenios de coordinación y colaboración intersectorial que se precise para realizar acciones conjuntas destinadas a esta misma finalidad.
Artículo 3º.- La Comisión será presidida por los representantes de los Ministerios de Justicia y Salud en forma alternada y estará integrada por las siguientes personas:
· D. Raúl Rocha Pérez, Fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago.
· D. Marcos Lizana Berríos, Abogado del Departamento Jurídico de Gendarmería.
· D. Fernando Ortiz Alvarado, Asesor Jurídico del Servicio Médico Legal.
· D. Cristóbal Pascal Cheetham, Jefe de la División de Defensa Social del Ministerio de Justicia, en representación de la Sra. Ministra de la Cartera.
· D. Felipe de Pujadas Abadie, Jefe de Gabinete del Director General de la Corporación de Asistencia Judicial Región Metropolitana.
· Dra. Vilma Ortiz Torres, Jefe del Departamento Nº2 Judicial, del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak del Servicio de Salud Metropolitano Norte.
· Dr. Oscar Acevedo Hernández, Director del Hospital Psiquiátrico del Salvador del Servicio de Salud de Valparaíso-San Antonio.
· D. Adriana Maturana Schulze, Abogado Asesor de la Subsecretaría de Salud.
· Dr. Rafael Sepúlveda Jara, Asesor del Gabinete del Sr. Subsecretario de Salud.
· Dr. Alberto Minoletti Scaramelli, Coordinador de Salud Mental del Ministerio de Salud, en representación del Sr. Ministro de la Cartera.
Artículo 4º.- La Comisión funcionará, alternadamente, en los Ministerios de Justicia y Salud, entidades que le entregarán el apoyo administrativo que requiera en cumplimiento de sus funciones, y tendrá un plazo de seis meses para desarrollar sus objetivos, debiendo elaborar un informe de avance, al cabo de los tres primeros.
Tómese razón, anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Fernando Muñoz Porras, Ministro de Salud Subrogante.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Dr. Fernando Muñoz Porras, Subsecretario de Salud.