APRUEBA SELECCIÓN DE PROYECTOS PARA LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN SU CAPÍTULO PRIMERO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 699 EXENTA, DE 2011
Santiago, 24 de agosto de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 5.097 exenta.- Visto:
a) El DS Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 8.816 (V. y U.), de fecha 31 de diciembre de 2010, que autoriza el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2011 y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 174 (V. y U.), de 2005;
c) La resolución exenta Nº 699 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales en la modalidad proyectos de construcción del Fondo Solidario de Vivienda para su Capítulo Primero para las regiones que indica, en especial lo dispuesto en el inciso segundo del Resuelvo 2, y
Considerando: Que los proyectos de Construcción en Sitio Propio que se identifican en esta Resolución, forman parte del llamado especial del Plan de Reconstrucción, se encuentran calificados y entre sus integrantes se incluye a familias damnificadas acreditadas con Ficha de Registro de Damnificados de acuerdo a lo exigido en la resolución citada en el Visto c) anterior, dicto la siguiente
Resolución:
1. Apruébanse los proyectos de la Región del Maule, que se identifican a continuación, que cuentan con Calificación Definitiva, y los recursos respectivos para el otorgamiento de subsidios habitacionales en la modalidad Proyectos de Construcción del Programa Fondo Solidario de Vivienda Capítulo Primero, para el concurso a que se llamó mediante resolución exenta Nº 699 (V. y U.), de 2011:

2. En caso que los proyectos seleccionados mediante la presente resolución se encuentren emplazados en área rural o en área urbana de localidades de hasta 2.000 habitantes, según el último censo de población, los honorarios que perciban las EGIS por la prestación de servicios de asistencia técnica y los dispuestos para la labor de Inspección Técnica de Obras, se incrementarán de acuerdo a lo definido por la resolución Nº 533 (V. y U.), de 1997, agregándose adicionalmente 0,5 unidad de fomento por familia a cada una de las áreas o fases que componen dichos servicios, que efectivamente se hubieren desarrollado por las EGIS, aplicándose igual incremento a la labor de Inspección Técnica de Obras, incremento total equivalente a 64 unidades de fomento y 16 unidades de fomento, respectivamente.
3. Los subsidios asignados en los Resuelvos 1 y 2 de la presente resolución, ascendentes a un total de 15.550Resolución 1593 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1 b)
D.O. 23.02.2012 unidades de fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para el Fondo Solidario de Vivienda del Programa de Reconstrucción de Viviendas, de la Región del Maule, para el año 2011.
VIVIENDA
N° 1 b)
D.O. 23.02.2012 unidades de fomento, se imputarán a los recursos dispuestos para el Fondo Solidario de Vivienda del Programa de Reconstrucción de Viviendas, de la Región del Maule, para el año 2011.
NOTA
El numeral 1 letra a) de la Resolución 1593, Exenta, publicada el 23.02.2012, modifica la presente norma, en el sentido de reemplazar en el cuadro inserto en el Resuelvo 1, la fila correspondiente al proyecto código "Comité Habitacional Nuestra Casa", de la comuna de Longaví, de la manera que la citada Resolución indica.
El numeral 1 letra a) de la Resolución 1593, Exenta, publicada el 23.02.2012, modifica la presente norma, en el sentido de reemplazar en el cuadro inserto en el Resuelvo 1, la fila correspondiente al proyecto código "Comité Habitacional Nuestra Casa", de la comuna de Longaví, de la manera que la citada Resolución indica.
NOTA 1
El numeral 1 de la Resolución 9583 Exenta, Vivienda, publicada el 29.11.2012, modifica la presente norma, en el sentido de reemplazar en el cuadro inserto en el Resuelvo 1, las filas correspondientes al proyecto Comité Habitacional Nuestra Casa y Total, de la manera que la citada resolución indica.
El numeral 1 de la Resolución 9583 Exenta, Vivienda, publicada el 29.11.2012, modifica la presente norma, en el sentido de reemplazar en el cuadro inserto en el Resuelvo 1, las filas correspondientes al proyecto Comité Habitacional Nuestra Casa y Total, de la manera que la citada resolución indica.
NOTA 2
El numeral 2 de la Resolución 9583 Exenta, Vivienda, publicada el 29.11.2012, modifica la presente norma, en el sentido de reemplazar en el resuelvo 3 el guarismo "15.580" por "15.550", sin embargo, el citado guarismo ya fue actualizado con anterioridad.
El numeral 2 de la Resolución 9583 Exenta, Vivienda, publicada el 29.11.2012, modifica la presente norma, en el sentido de reemplazar en el resuelvo 3 el guarismo "15.580" por "15.550", sin embargo, el citado guarismo ya fue actualizado con anterioridad.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.