AUTORIZA EMISORES DE BOLETAS ELECTRÓNICAS
Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 122 de 18 de octubre de 2011, que autoriza a contribuyentes como emisor de boleta electrónica.
Se autoriza como emisor de boleta electrónica a contribuyentes RUT 76.248.620-2, RUT 87.020.800-6, RUT 76.568.680-6, RUT 88.468.400-5, RUT 93.027.000-8, RUT 77.272.880-8, RUT 87.152.900-0, RUT 76.924.570-7, RUT 12.024.864-2, y RUT 72.012.000-3, a contar del mes de octubre de 2011. En la Oficina Virtual del SII en Internet se podrán consultar los documentos que los contribuyentes están autorizados a emitir en forma electrónica.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en Internet (www.sii.cl) y, además, aparecerá en el Boletín del SII del mes de octubre de 2011.