ESTABLECE RED VIAL BÁSICA DE LA COMUNA DE BUIN

    Núm. 2.671 exenta.- Santiago, 28 de septiembre de 2011.- Vistos: El decreto supremo Nº 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Define las Redes Viales Básicas; el Plan Regulador Metropolitano de Santiago 2006; el decreto supremo Nº 66, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que revisa, reformula y actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana; Ordinarios SM/AGD/Nº 6034, de 9 de agosto de 2010, de esta Secretaría Regional; Ordinarios Nos 591, de 14 de julio de 2010, 724, de 2 de septiembre de 2010, y 704, de 8 de agosto de 2011, todos de la I. Municipalidad de Buin, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

    Considerando:

    1.- Que mediante el Ord. Nº 591, de 14 de julio de 2010, la I. Municipalidad de Buin solicitó a esta Secretaría Regional instruir el procedimiento correspondiente, con el objeto de establecer la Red Vial Básica de la comuna, informando los datos disponibles provenientes del Instituto Nacional de Estadísticas, en relación al Censo efectuado el año 2002, el que da cuenta que la comuna tiene una población total de 63.419 habitantes, proyectada al año 2010, de un total 76.674 habitantes.

    2.- Que, según los estudios técnicos efectuados por el Área de Gestión y Desarrollo de esta Secretaría Regional, se requiere implementar, realizar ordenamientos y jerarquización de las vías que pertenecen al área urbana de la comuna de Buin, todo ello para encauzar inversiones o mejoras viales, reducir los niveles de congestión, mejorando los tiempos de viaje tanto para el transporte público como el privado y contar con herramientas normativas y técnicas necesarias para gestionar soluciones a los conflictos viales que pudiesen generar la creación de proyectos inmobiliarios o comerciales, entre otros.

    3.- Que, además, entre las medidas generales que contempla el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), citado en los Vistos, se encuentran las consistentes en adoptar planes de gestión tendientes a agilizar el transporte público.

    4.- Que, en mérito de lo antes señalado, mediante el Ord. SM/AGD/Nº 6034, de 2010, ya citado en los Vistos, esta Secretaría Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 inciso 1º del decreto 83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, solicitó a la I. Municipalidad de Buin, el Informe Técnico respectivo, con indicación del nombre, definición, tuición y planimetría asociada a las vías que integrarían la Red Vial Básica Comunal.

    5.- Que la I. Municipalidad de Buin, mediante el Ord. Nº 724, de 2 de septiembre de 2010, da respuesta al oficio señalado precedentemente, adjuntando el informe técnico y la propuesta de Red Vial Básica para dicha comuna.

    6.- Que la constitución de mesas de trabajo coordinado entre esta Secretaría Regional y las Direcciones de Tránsito y Transporte Público y de Obras de la I. Municipalidad de Buin, permitió establecer, de manera definitiva, el conjunto de vías que formarán parte de la Red Vial Básica de dicha comuna, las que fueron aprobadas por la I. Municipalidad de Buin mediante el Ord. alcaldia Nº 704/2011, de 8 de agosto de 2011.

    7.- Que, en consecuencia, se ha dado cumplimiento a todos los requisitos legales contemplados en el decreto supremo Nº 83, de 1985, ya citado, para que esta Secretaría Regional determine una Red Vial Básica para la comuna de Buin.

    Resuelvo:

    1º.- La Red Vial Básica de la comuna de Buin estará constituida por las vías que se detallan a continuación, consideradas en toda su extensión dentro del límite urbano, las que se agrupan de acuerdo a las siguientes categorías viales:

   

    2º.- Cualquier modificación a las características físicas u operacionales de las vías antes individualizadas, que alteren el desplazamiento de vehículos y/o personas, así como los proyectos de construcción de nuevas vías que incidan en la red vial básica, deberán ser aprobadas por esta Secretaría Regional Ministerial. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que tengan otros organismos sobre la materia.


    Anótese, comuníquese y publíquese.- Sergio Stephan Orellana, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.