MODIFICA RESOLUCIÓN N° 4.822 EXENTA, DE 2011, QUE LLAMA A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES Y SIMPLIFICADAS PARA LA ASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS DESTINADOS A LA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA DE VIVIENDAS EN SITIO PROPIO EN LAS REGIONES QUE INDICA

    Santiago, 29 de diciembre de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 9.894 exenta.- Visto:

    a) El DS Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda;
    b) El DS N° 332 (V. y U.), de 2000, y sus modificaciones, que reglamenta Sistema de Atención Habitacional para Situaciones de Emergencia;
    c) La resolución exenta N° 4.822 (V. y U.), publicada en el Diario Oficial con fecha 17 de agosto de 2011, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales y simplificadas para la asignación de subsidios destinados a la autoconstrucción asistida de viviendas en sitio propio para las regiones que indica, y

    Considerando: La necesidad de agilizar la ejecución de las obras en los proyectos de autoconstrucción asistida de viviendas, dicto la siguiente

    Resolución:

    Modifícase la resolución exenta N° 4.822 (V. y U.), de 2011, de la siguiente forma:

1.  Modifíquese su Resuelvo 19. de la siguiente manera:

    a.  Reemplázase el inciso 1° por el siguiente:
          "El Serviu pagará el subsidio mencionado en dos
          parcialidades, a través de cargas a la tarjeta que
          permitirán la adquisición de los materiales de
          construcción. Las cargas corresponderán a los
          siguientes montos y se verificarán contra los
          siguientes hitos:

   

    b.  Insértese como nuevo inciso segundo el siguiente:
          "Asimismo podrá optarse porque el Serviu pague las
          cargas indicadas en los siguientes porcentajes:
   

    c.  Sustitúyase el encabezado del inciso 4º por el
          siguiente:
          "En caso que la tarjeta se utilice para la
          adquisición de paquetes de materiales
          pertenecientes a modelos de vivienda previamente
          certificados por el Serviu o el Minvu, las cargas
          se pagarán según lo señalado en el siguiente
          cuadro:"

2.  Modifíquese el Resuelvo 20. de la siguiente forma:

    a.  Reemplázase el numeral ii. del inciso 1°, por el
          siguiente:
          "ii. Permiso de edificación en trámite en la
          respectiva Dirección de Obras Municipales.".

    b.  En el inciso 2° elimínese la siguiente frase:
          "que el proyecto cuente con Permiso de Edificación
          aprobado por la Dirección de Obras Municipales,".

3.  En el Resuelvo 21 letra c), elimínese la siguiente frase:
    "De la misma manera se procederá en las siguientes cargas.".

4.  Modifíquese el Resuelvo 23. de la siguiente manera:

    a.  Reemplázase el inciso 1° por el siguiente:
          "Opcionalmente, podrá financiarse con un subsidio
          adicional la contratación de mano de obra
          complementaria a la que aportará el beneficiario,
          por un monto de hasta 90 Unidades de Fomento, a
          pagar en dos parcialidades de igual monto,
          incluidas en las cargas 1 y 2 señaladas en el
          Resuelvo 19. de esta resolución."

    b.  Sustitúyase el inciso 5° por el siguiente:
          "En caso de tratarse de un proyecto certificado
          previamente por el Serviu o el Minvu, la mano de
          obra se pagará de una sola vez junto a la carga 2."

5.  Modifíquese el Resuelvo 26. de la siguiente forma:

    a.  Reemplázase la tabla inserta en el inciso primero
          por la siguiente:
   

    b.  Reemplázase el inciso 2° por el siguiente:
          "En caso de tratarse de un proyecto certificado
          previamente por el Serviu o el Minvu, para la
          compra del paquete de materiales de acuerdo a lo
          señalado en el Resuelvo 19. los honorarios se
          pagarán en tres parcialidades, de acuerdo al
          siguiente detalle:

   


    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.