MODIFICA RESOLUCIÓN N° 4.822 EXENTA, DE 2011, QUE LLAMA A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES Y SIMPLIFICADAS PARA LA ASIGNACIÓN DE SUBSIDIOS DESTINADOS A LA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA DE VIVIENDAS EN SITIO PROPIO EN LAS REGIONES QUE INDICA
Santiago, 29 de diciembre de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 9.894 exenta.- Visto:
a) El DS Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda;
b) El DS N° 332 (V. y U.), de 2000, y sus modificaciones, que reglamenta Sistema de Atención Habitacional para Situaciones de Emergencia;
c) La resolución exenta N° 4.822 (V. y U.), publicada en el Diario Oficial con fecha 17 de agosto de 2011, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales y simplificadas para la asignación de subsidios destinados a la autoconstrucción asistida de viviendas en sitio propio para las regiones que indica, y
Considerando: La necesidad de agilizar la ejecución de las obras en los proyectos de autoconstrucción asistida de viviendas, dicto la siguiente
Resolución:
Modifícase la resolución exenta N° 4.822 (V. y U.), de 2011, de la siguiente forma:
1. Modifíquese su Resuelvo 19. de la siguiente manera:
a. Reemplázase el inciso 1° por el siguiente:
"El Serviu pagará el subsidio mencionado en dos
parcialidades, a través de cargas a la tarjeta que
permitirán la adquisición de los materiales de
construcción. Las cargas corresponderán a los
siguientes montos y se verificarán contra los
siguientes hitos:

b. Insértese como nuevo inciso segundo el siguiente:
"Asimismo podrá optarse porque el Serviu pague las
cargas indicadas en los siguientes porcentajes:

c. Sustitúyase el encabezado del inciso 4º por el
siguiente:
"En caso que la tarjeta se utilice para la
adquisición de paquetes de materiales
pertenecientes a modelos de vivienda previamente
certificados por el Serviu o el Minvu, las cargas
se pagarán según lo señalado en el siguiente
cuadro:"
2. Modifíquese el Resuelvo 20. de la siguiente forma:
a. Reemplázase el numeral ii. del inciso 1°, por el
siguiente:
"ii. Permiso de edificación en trámite en la
respectiva Dirección de Obras Municipales.".
b. En el inciso 2° elimínese la siguiente frase:
"que el proyecto cuente con Permiso de Edificación
aprobado por la Dirección de Obras Municipales,".
3. En el Resuelvo 21 letra c), elimínese la siguiente frase:
"De la misma manera se procederá en las siguientes cargas.".
4. Modifíquese el Resuelvo 23. de la siguiente manera:
a. Reemplázase el inciso 1° por el siguiente:
"Opcionalmente, podrá financiarse con un subsidio
adicional la contratación de mano de obra
complementaria a la que aportará el beneficiario,
por un monto de hasta 90 Unidades de Fomento, a
pagar en dos parcialidades de igual monto,
incluidas en las cargas 1 y 2 señaladas en el
Resuelvo 19. de esta resolución."
b. Sustitúyase el inciso 5° por el siguiente:
"En caso de tratarse de un proyecto certificado
previamente por el Serviu o el Minvu, la mano de
obra se pagará de una sola vez junto a la carga 2."
5. Modifíquese el Resuelvo 26. de la siguiente forma:
a. Reemplázase la tabla inserta en el inciso primero
por la siguiente:

b. Reemplázase el inciso 2° por el siguiente:
"En caso de tratarse de un proyecto certificado
previamente por el Serviu o el Minvu, para la
compra del paquete de materiales de acuerdo a lo
señalado en el Resuelvo 19. los honorarios se
pagarán en tres parcialidades, de acuerdo al
siguiente detalle:

Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Rodrigo Pérez Mackenna, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Juan Carlos Jobet Eluchans, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.