FIJA TARIFA DEL SERVICIO POSTAL ADICIONAL "AVISO SMS/EMAIL", PARA EL PRODUCTO DE CASILLA

    Núm. 21 exenta.- Santiago, 15 de febrero de 2012.- Vistos y considerando: El DFL Nº 10 de 1981 y el artículo 5º del decreto Nº 642 de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; la necesidad de fijar tarifas a los servicios postales adicionales no señalados en el citado decreto; el Acuerdo Nº 13/2012 del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Segunda Extraordinaria de fecha 1 de febrero de 2012; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la resolución Nº 1 de 2002 y la resolución exenta Nº 67 de 2011, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:

    Resolución:

    1.- Fíjese la siguiente tarifa del servicio postal adicional "Aviso SMS/Email", mercado persona y empresa, para el producto de Casilla, de la Empresa de Correos de Chile:

    .

    2.- Las tarifas señaladas en la presente resolución se pagarán en el momento de suscripción del contrato de arrendamiento de casilla por parte del cliente, o posteriormente a él, en el caso que dicho contrato ya se encuentre suscrito a la fecha de vigencia de la presente resolución.

    3.- Las tarifas señaladas en la presente resolución exenta se encuentran exentas de IVA.

    4.- Las tarifas aprobadas por la presente resolución exenta comenzarán a regir a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial, de la resolución exenta Nº 19 de la Empresa de Correos de Chile.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Pablo Montane Alliende, Gerente General, Empresa de Correos de Chile.