LEY NÚM. 20.676

INCREMENTA EL MONTO DE LA ASIGNACIÓN MENSUAL QUE PERCIBEN LOS SOLDADOS CONSCRIPTOS

    Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley,

    Proyecto de ley:

    "Artículo 1º.- Establécense los siguientes montos para los grados que indica del artículo 1º del decreto ley Nº 2.546, de 1979, que fija la Escala de Sueldos para las Fuerzas Armadas:

  Grados  Montos

  23    $95.282
  24    $93.269
  25    $91.256
  26    $89.243
  27    $87.232
  28    $85.219
  29    $83.206
  30    $81.195
  31    $79.184
  32    $75.158

    La aplicación de los nuevos montos a los cálculos de sueldo, asignaciones o gratificaciones que se deban pagar en conformidad a esta escala de sueldos, se hará efectiva a contar del día 1º de abril de 2013.


    Artículo 2º.- El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el primer año de entrada en vigencia, se financiará con cargo a los presupuestos institucionales de las Fuerzas Armadas, y en lo que faltare con recursos provenientes de la Partida Tesoro Público. En los años siguientes, se financiará con cargo a los recursos que disponga la respectiva Ley de Presupuestos del Sector Público.".

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

    Santiago, 30 de mayo de 2013.- ANDRÉS CHADWICK PIÑERA, Vicepresidente de la República.- Rodrigo Hinzpeter Kirberg, Ministro de Defensa Nacional.- Julio Dittborn Cordua, Ministro de Hacienda (S).
    Lo que se transcribe para su conocimiento.- Alfonso Vargas Lyng, Subsecretario para las Fuerzas Armadas.