AUTORIZA A LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MÁFIL LA INSTALACIÓN DE SEÑALES DE NOMBRE Y NUMERACIÓN DE CALLE, DEL COLOR Y FORMA QUE INDICA
     
    Núm. 236 exenta.- Valdivia, 6 de mayo de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 93 y 94 del DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito Nº 18.290; el decreto supremo Nº 78, de 3 de abril de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que "Aprueba Manual de Señalización de Tránsito"; el oficio Ord. Nº 303/2014, del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Máfil, y la demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que mediante oficio ordinario Nº 303, de fecha 30 de abril de 2014, de la I. Municipalidad de Máfil, se solicita la autorización para instalar señales de nombre y numeración de calle de un color diferente al estipulado en el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, aprobado por decreto supremo Nº 78, de 2012.
    2. Que el punto 2.4.3.4 del referido Manual señala que en casos excepcionales y debidamente fundados la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región competente podrá autorizar a una determinada comuna la instalación de señales Nombre y Numeración de calle (IV-3), cuya forma y color difieran de lo indicado en el mencionado manual, debiendo en todo caso cumplir con los niveles mínimos de retroflexión indicados en el mismo.
    3. Que la solicitud de la I. Municipalidad de Máfil se basa en el interés de otorgarle a ésta un hermoseamiento, utilizando para ello materiales que representan la identidad de la comuna.
    4. Que esta Secretaría Regional considera que se justifica la autorización de un color y forma diferente al estipulado en el Manual de Señalización de Tránsito, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para las señales de nombre y numeración de calle de la comuna de Máfil.
     
    Resuelvo:

    1. Autorízase a la Ilustre Municipalidad de Máfil la utilización de señales de Nombre y Numeración de Calles (IV-3), la cual tendrá las siguientes características:

    Color de fondo: Madera natural (protector de madera y barniz natural).
    Color de Orla: Blanco reflectante.
    Color de flecha, letras y números: Blanco reflectante.

    Forma: Largo de la placa: 70 cm; Ancho de la placa: 20 cm. Además, la placa será redondeada en todos sus vértices.
     
    2. Las señales de tránsito Nombre y Numeración de Calles (IV-3) deberán cumplir con los requerimientos mínimos de retrorreflectividad señalados en el punto 2.1.3.4 del Manual de Señalización de Tránsito Capítulo 2.

    Comuníquese y publíquese.- Paz de la Maza Villalobos, Secretaria Regional  Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Los Ríos.