DECLARA VACANTE Y NOMBRA A DOÑA LORENA ANDREA VERA ARRIAGADA COMO GOBERNADORA PROVINCIAL TITULAR EN ÑUBLE
     
    Núm. 834.- Santiago, 21 de marzo de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32º Nº 7 de la Constitución Política de la República de Chile; el artículo 12º y siguientes del DFL Nº 29, de 2005, sobre Estatuto Administrativo, y los antecedentes adjuntos,
     
    Decreto:
   
    1. Declárase vacante, a contar del 20 de marzo de 2014, el cargo de Gobernador 3º EUR de la Provincia de Ñuble, que sirve don Cristián Fernández Gómez (RUT: 12.550.115-K).
    2. Nómbrase, a contar del 20 de marzo de 2014, como Gobernadora Provincial titular de Ñuble grado 3º EUR, en el Escalafón del Servicio de Gobierno Interior, a doña Lorena Andrea Vera Arriagada (13.509.655-5) quien, por razones impostergables de buen servicio, deberá asumir sus funciones en la fecha antes señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
    3. La Gobernadora percibirá la Asignación de responsabilidad superior de un 40%.
    4. Impútese el gasto correspondiente al Código Presupuestario 05.02.01.21.01.001, del Presupuesto vigente del Servicio de Gobierno Interior.

    Anótese, tómese razón, regístrese, publíquese y comuníquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Rodrigo Peñailillo Briceño, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.
 
    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División de Personal de la Administración del Estado
    Área de Personal de la Administración
     
    Cursa con alcance decreto Nº 834, de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
     
    Nº 57.259.- Santiago, 28 de julio de 2014.
    Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se declara vacante el cargo de Gobernador, grado 3 EUS, a don Cristián Fernández Gómez a contar del 20 de marzo de 2014 y, a continuación, se nombra en el mismo cargo y grado a doña Lorena Andrea Vera Arriagada desde la misma data, pero cumple con hacer presente que, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, la declaración de vacancia de la especie se entiende dispuesta de acuerdo a lo establecido en el artículo 148 de la ley Nº 18.834.
    Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo señalado.
    Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
     
    Al señor
    Ministro del Interior y Seguridad Pública
    Presente.