PROMULGA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL
Padre Hurtado, 30 de octubre de 2015.- La Alcaldía de Padre Hurtado, decreta hoy lo siguiente:
Núm. 4.059/2015.
Vistos y considerando:
1.- El estudio de modificación al plan regulador comunal de Padre Hurtado denominado "Modificación al Plan regulador comunal de Padre Hurtado Zonas A y B1" conformado por el plano PRCPH-01-a, la memoria explicativa y el texto aprobatorio y habiendo cumplido con lo establecido en el artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
2.- El acuerdo Nº 59/2013, el Honorable Concejo Municipal de Padre Hurtado autorizó el inicio al estudio.
3.- El decreto alcaldicio Nº 1647/2013 de fecha 12/04/2013, que autorizó dar inicio al estudio.
4.- Los Certificados del Secretario Municipal Nos 07 de fecha 28/04/2014, 08 de fecha 28/04/2014, 09 de fecha 28/04/2014, 010 de fecha 16/02/2015, 011 de fecha 23/02/2015, 012 de fecha 23/02/2015, 014 de fecha 25/02/2015, y 049 de fecha 02/09/2015.
5.- El "Informe Ambiental 01" ingresado a la Secretaría Regional Metropolitana del Ministerio del Medio Ambiente, por Oficio del Alcalde (S) Nº200/038/126/2014 de Fecha 29/01/2014.
6.- El análisis vial complementario a Seccional Modificación Zonas A y B1.
7.- El decreto alcaldicio Nº318/2015 de fecha 23/01/2015 que regularizó la llamada a la audiencia pública expositiva.
8.- El decreto alcaldicio Nº2608/2014 de fecha 07/07/2014 que se llamó a audiencia pública consultiva.
9.- Actas de reunión del consejo de sociedad civil, Cosoc, de fecha 08/09/2014 y de fecha 20/03/2014.
10.- Acta de la audiencia pública expositiva de fecha 01/04/2014.
11.- Acta de la audiencia pública Consultiva de fecha 12/08/2014.
12.- Las invitaciones del Alcalde a la comunidad de fecha abril 2014 y de fecha julio 2014.
13.- Los informes Nos 23/2014 de fecha 12/05/2014, 43/2014 de fecha 20/11/2014, 25/2015 de fecha 15/05/2015, y 41-A/2015 de fecha 27/08/2015.
14.- Las publicaciones del diario El Mercurio de fecha 28.02.2014 y 07.03.2014.
15.- Las publicaciones del diario Las Últimas Noticias de fecha 25.07.2014 y 01.08.2014.
16.- La carta Nº 16464 de fecha 06.08.2014 de la empresa Aguas Andinas.
27.- El decreto alcaldicio Nº 1086/2015 de fecha 09/03/2015 que aprobó la modificación al Plan Regulador Comunal.
18.- El Ord. Nº4833 de fecha 06/10/2015, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, emitió informe técnico favorable de la proposición de modificación.
29.- Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695 y sus modificaciones.
20.- La Sentencia de Proclamación del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana de fecha 30.11.2012 que me proclamo Alcalde de Padre Hurtado.
Decreto:
1. Promúlgase la modificación al Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado, denominada "Modificación al Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado Zonas A y B1" aprobado por el Concejo Municipal en sesión ordinaria Nº 25 de fecha 09/09/2014, por acuerdo Nº 327/2014 sancionado por decreto Nº1086/2015 de fecha 09/03/2015. El texto aprobatorio es el siguiente:
Modifíquese el Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado, aprobado por resolución Nº 92, del Gobierno Regional, de fecha 13 de septiembre de 2004 y publicado en el D.O. del 4 de febrero de 2005, en el sentido de modificar el plano PRCPH-01 de Zonificación en el área nororiente de las calles José Luis Caro y Camino San Alberto Hurtado-Ex Camino Melipilla cambiando la zonificación del polígono A, B, C, D, A, que de ser zona A pasa a ser zona B1, de acuerdo a lo expresado en la memoria explicativa y a lo graficado en el Plano PRCPH-01-a que en este acto se aprueba.
2. Publíquese el presente decreto alcaldicio en el Diario Oficial y el texto aprobatorio de la modificación al Plan Regulador Comunal, denominada "Modificación al Plan Regulador Comunal de Padre Hurtado Zonas A y B1", en conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el artículo 2.1.11 de su ordenanza.
3. Archívese en el Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor una copia del expediente del estudio.
4. Establézcase a la Dirección de Administración y Finanzas como la encargada de las publicaciones del presente decreto e impútese a la cuenta Nº22-07-001-001 del Presupuesto Municipal.
5. Posterior a la publicación, los interesados podrán obtener la documentación oficial del expediente en la Secretaría Municipal del Municipio, la que se encontrará archivada en el Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor, en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo R.M., en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en Secretaría Municipal y en Asesoría Urbana de La Municipalidad de Padre Hurtado.
6. Desígnese a la Unidad de Asesoría Urbana asignada a la Secpla para realizar los trámites necesarios que señalan las disposiciones vigentes.
Anótese, publíquese, comuníquese, distribúyase, hecho archívese.- José Miguel Arellano Merino, Alcalde.- Rafael Tiara Morales, Secretario Municipal.