MODIFICA RESOLUCIÓN O N° 7.421 CON FECHA 28.04.2005 DEL SERVICIO ELECTORAL
    Núm. O-71.- Santiago, 23 de marzo de 2016.
    Visto:
    1. Que por resolución O Nº 7.421 de 28 de abril de 2005, se crearon Juntas Inscriptoras permanentes en los sectores de José Pedro Alessandri y Consistorial en las comunas de Macul y Peñalolén, respectivamente, con territorios jurisdiccionales comunales;
    2. La necesidad de precisar los límites del territorio jurisdiccional de la circunscripción electoral existente, y
    3. Lo dispuesto en los artículos 50 y 68 letra k) de la Ley N° 18.556 Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
    Resuelvo:
    1º Modifícase la resolución O Nº 7.421, de fecha 28 de abril de 2005, en el sentido de fijar límites jurisdiccionales para las circunscripciones electorales que se indican:
    José Pedro Alessandri: Al Norte, Av. Rodrigo de Araya, entre Av. Macul y Av. Américo Vespucio (límite comunal con comuna de Ñuñoa); al Sur, Confluencia entre Av. Macul y Av. Américo Vespucio (límite comunal con comuna La Florida); al Oeste, Av. Macul y al Este, Av. Américo Vespucio, desde Av. Rodrigo de Araya hasta la intersección con Av. Macul (límite comunal con comuna de Peñalolén).
    Consistorial: Al Norte, Límite comunal con la comuna La Reina, desde Av. Tobalaba, pasando por Av. José Arrieta - Las Perdices - Talinay, hasta el límite con la comuna de Las Condes; al Sur, Av. Quilín, desde Av. Tobalaba en línea recta hasta el límite comunal con comuna La Florida; al Oeste, Av. Tobalaba, desde Av. José Arrieta hasta Av. Quilín; al Este, Precordillera, hasta el límite comunal Oriente con la comuna de San José de Maipo.
    2º Las actuales circunscripciones electorales, Macul, Peñalolén y San Luis, conservarán su territorio jurisdiccional, exceptuándose, los asignados a las circunscripciones electorales indicadas en el numeral anterior.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Elizabeth Cabrera Burgos, Directora (S).