APRUEBA PLANO SECCIONAL PARA EL MONUMENTO HISTÓRICO N° 75 - ASILO DE ANCIANOS DE LA CONGREGACIÓN DE LAS HERMANITAS DE LOS POBRES, EN LA FORMA QUE SE SEÑALA
Núm. 221.- Santiago, abril 27 de 2016.
El Concejo de Santiago, en su Sesión Ordinaria de hoy, teniendo presente lo establecido en el Memorándum N°33, de fecha 31 de marzo de 2016, de la Subdirección de Asesoría Urbana, dando cabal cumplimiento a lo establecido en las disposiciones vigentes de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y lo transcrito en el Informe N° 22, de fecha 26 de abril de 2016, de la Comisión de Barrios, Patrimonio y Desarrollo Urbano, acordó aprobar el proyecto presentado por la Subdirección de Asesoría Urbana "Plano Seccional para el Monumento Histórico N°75 - Asilo de Ancianos de la Congregación de las Hermanitas de los Pobres", el cual define normas morfológicas y de diseño de fachadas para las nuevas edificaciones que se realicen en torno a este Monumento Histórico. Este Plano Seccional está compuesto por un total de 4 láminas: SECC. MH75/00, SECC. MH75/01, SECC. MH75/02 y SECC. MH75/NOR, sin excepción y conforme se indica de página 3 a la 6, las que forman parte integrante del presente Acuerdo.
Asimismo, según el procedimiento establecido por la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el inciso segundo del artículo 46° y en el artículo 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se llevó a cabo la exposición del proyecto a la comunidad entre los días 14 de septiembre y 27 de octubre de 2015, con un periodo de observaciones de 15 días consecutivos tras la exposición, entre los días 28 de octubre y 11 de noviembre de 2015, no realizándose ningún tipo de indicación, petición u observación por parte de la comunidad.
El expediente administrativo pasa a la Subdirección de Asesoría Urbana, para la prosecución del trámite que corresponda.
Concurrieron con su voto favorable a esta resolución, los siguientes integrantes del Concejo:
Doña Carolina Tohá Morales
Don Alfredo Morgado Travezán
Don Ismael Calderón Larach
Don Pedro García Aspillaga
Don Felipe Alessandri Vergara
Don Leonel Herrera Silva
Don Alejandro Vega Campos
Doña Esperanza Alcaíno Cueto
Don Luis Vicencio Ortiz
Lo que comunico a Us. para su conocimiento y fines procedentes.- Saluda a Us., Jorge Flisfisch Bronstein, Secretario Municipal.
Secc. 2a Núm. 1.658 .- Santiago, 28 de junio de 2016.
Vistos:
Antecedentes ID-2987987; teniendo presente lo dispuesto en el artículo 52°, de la Ley N° 19.880, de 2003, que establece Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; procedimiento establecido por la Ley General de Urbanismo y Construcciones en el inciso segundo del artículo 46° y los artículos 2.7.8 y 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; lo establecido en la circular DDU N° 257; decreto Alcaldicio Secc. 2a N° 2.791 de 2015 que autoriza la exposición del proyecto al público; Informe de la Comisión de Desarrollo Urbano y Barrios N° 19, de fecha 26 de abril de 2016; Acuerdo N° 221, de fecha 27 de abril de 2016, del H. Concejo de Santiago, que aprueba el Plano Seccional para el Monumento Histórico N° 75 - Asilo de Ancianos de la Congregación de las Hermanitas de los Pobres; Memorándum N° 33, de 31 de marzo de 2016 y oficio Ord. N°26, de fecha 7 de junio de 2016, ambos de la Subdirección de Asesoría Urbana, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley N°18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vigente,
Decreto:
Promúlguese el Acuerdo N° 221, de fecha 27 de abril de 2016, del H. Concejo de Santiago, que aprueba el Plano Seccional para el Monumento Histórico N° 75 - Asilo de Ancianos de la Congregación de las Hermanitas de los Pobres, que pasa a formar parte del Plan Regulador Comunal de Santiago, aprobado por resolución N° 26, de 7 de diciembre de 1989, de la Secretaría Regional Ministerial de la Vivienda y Urbanismo y publicado en el Diario Oficial el día 27 de enero de 1990 y sus modificaciones posteriores.
2. La Asesoría Urbana deberá efectuar los trámites de rigor ante las instancias que determinen las disposiciones legales vigentes.
Anótese y transcríbase a la Administración Municipal, Secretaría Municipal, Dirección de Control, Dirección de Asesoría Jurídica, Secretaría Comunal de Planificación, Departamento de Comisiones y Asuntos del Concejo, Dirección de Obras Municipales, Dirección de Comunicaciones para su publicación en el Diario Oficial, y pase a la Subdirección de Asesoría Urbana, para su conocimiento y fines consiguientes.- Carolina Tohá Morales, Alcaldesa de Santiago.- Jorge Flisfisch Bronstein, Secretario Municipal.