NORMALIZA Y AUTORIZA EL PAGO DEL SERVICIO DE DIFUSIÓN DE CONVOCATORIA CONCURSO FONDO NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA 2016 PRESTADOS POR EL PROVEEDOR SOCIEDAD PERIODÍSTICA CAMBIO S.A. POR MOTIVO QUE INDICA

    Núm. 4.116 exenta.- Santiago, 5 de julio de 2016.

    Vistos:
    Los antecedentes adjuntos y lo dispuesto en los artículos 9 y 24 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley Nº19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en su Reglamento contenido en el decreto supremo Nº 250 y sus modificaciones, de 2004, del Ministerio de Hacienda; la ley Nº 20.890, Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2016; la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto supremo Nº 658, de 2011, que delega en el Ministro del Interior y Seguridad Pública y en el Subsecretario de Prevención del Delito las facultades que indica; la ley Nº 10.336, Ley Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la República; la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
    Considerando:
    1) Que, en conformidad a lo previsto en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, corresponde a esta Secretaría de Estado ser el colaborador directo e inmediato del Presidente de la República en asuntos relativos al orden público y la seguridad interior.
    2) Que, en consonancia con lo anterior, la Subsecretaría de Prevención del Delito ha convocado, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Pública y Prevención de la Violencia y el Delito, 2014-2018, denominado "Seguridad Para Todos", a diferentes actores sociales a presentar proyectos que tengan como propósito contribuir a la prevención y disminución de los delitos, o a reducir la sensación de inseguridad o temor de la población ante el acaecimiento de eventuales hechos delictuales, los cuales serán financiados por el Fondo de Gestión en Seguridad Ciudadana, conforme a un proceso de selección objetivo y transparente procediéndose al efecto, a efectuar el pertinente llamado a Concurso Público.
    3) Que, por memorandum Nº 242/2016 de fecha 13 de junio de 2016 el señor Jefe de la División de Administración Finanzas y Personas de esta Subsecretaría, plantea que, dentro del marco de la debida difusión de la convocatoria al Concurso del Fondo de Gestión en Seguridad Ciudadana año 2016, el encargado de comunicaciones, del entonces Ministro del Interior, encargó la publicación de esta convocatoria en el semanario Cambio 21, señalando asimismo que, los servicios fueron efectivamente prestados efectuándose la publicación el día 18 de mayo de 2016.
    4) Que, lo anterior se refleja en lo expuesto en oficio Nº 12.286 de fecha 2 de junio de 2016 emanado del señor Jefe de la División de Administración y Finanzas, de la Subsecretaría del Interior, en el cual se señala que, en mérito de lo anterior, la Subsecretaría del Interior, emitió la pertinente orden de compras a la Sociedad Periodística Cambio S.A., lo que constituye un error ya que la materia se encuentra dentro de las labores de la Subsecretaría de Prevención del Delito y solicita que, en consecuencia, se emita por parte de esta Subsecretaría, la orden de compra correspondiente y se proceda al pago de los servicios prestados.
    5) Que, la solicitud se encuentra asociada al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria Nº 669 de fecha 14 de junio de 2016.
    6) Que, en armonía con la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República contenida, entre otros, en el dictamen Nº 31.770, de 2013, el desempeño de un servicio para la administración o la ejecución de las respectivas prestaciones por parte de un proveedor, lleva aparejado el pago del precio, de manera que si esto último no se verifica, se produciría un enriquecimiento sin causa a favor de aquélla.
    7) En otras palabras, de conformidad con el principio retributivo de la Administración del Estado, este último no puede beneficiarse de la labor desarrollada por un proveedor sin que medie la correspondiente retribución pecuniaria.
    7) Que, habiéndose prestado efectivamente los servicios en tiempo y forma por la empresa Sociedad Periodística Cambio S.A., debe procederse al pago de los mismos en razón que de otra manera se generaría un enriquecimiento sin causa en favor del Fisco en desmedro de la empresa prestadora.
    8) Que, para la materialización de esta autorización se requiere de la expedición del acto administrativo que la sancione, según lo mandata el artículo 56 de la ley Nº 10.336, por tanto:
    Resuelvo:

    Artículo primero: Autorízase, por las razones arriba expuestas, a la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública para pagar, a la empresa Sociedad Periodística Cambio S.A., RUT 76.729.090-K con domicilio en Huérfanos Nº 886, oficina 1014, Santiago, la suma de $1.249.500.- (un millón doscientos cuarenta y nueve mil quinientos pesos), impuestos incluidos, por los servicios efectivamente prestados por elo respectivo proveedor.

    Artículo segundo: El pago de las cantidades antes referidas será cursado por la Subsecretaría de Prevención del Delito a las Proveedoras, contra la presentación de la correspondiente factura o boleta según corresponda.

    Artículo tercero: El pago que se autoriza a regularizar, se financiará con cargo a los recursos consultados en la Partida 05.08.01.24.03.041.000. del Presupuesto del año 2016 de la Subsecretaría de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.


    Artículo cuarto: Publíquese el presente acto administrativo en el sitio web Gobierno Transparente de esta Subsecretaría.

    Anótese, refréndese, comuníquese y publíquese.- Antonio Frey Valdés, Subsecretario de Prevención del Delito, Ministerio del Interior y Seguridad Pública.