APRUEBA MODIFICACIONES VÍA ENMIENDA A ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE TALCA
Núm. 3.920.- Talca, 24 de agosto de 2016.
Vistos:
a) La exposición del Sr. Asesor Urbanista don Alejandro de la Puente Acuña y del arquitecto Sr. Alejandro Sepúlveda Sepúlveda, ante el honorable Concejo Municipal en sesión extraordinaria de fecha 25 de agosto de 2015.
b) El acuerdo unánime N° 254, adoptado por el honorable Concejo Municipal en sesión extraordinaria efectuada con fecha 25 de agosto de 2015, referido a la aprobación previa de la Enmienda presentada por el arquitecto Sr. Alejandro Sepúlveda Sepúlveda, funcionario de este municipio.
c) La primera Audiencia Pública efectuada con fecha 2 de octubre de 2015 a las 18:00 horas, en el salón municipal, previamente publicitada mediante aviso inserto en diario El Centro de fecha 25 de septiembre de 2015.
d) La segunda Audiencia Pública efectuada con fecha 22 de octubre de 2015 a las 18:00 horas, en el salón municipal publicitado mediante aviso inserto en diario El Centro con fecha 15 de octubre de 2015.
e) La exposición de los antecedentes y de la propuesta de la Enmienda N° 1, en el hall de la Dirección de Obras y hall de la sala del Concejo Municipal, desde el día 4 de noviembre de 2015 hasta el 20 de enero de 2016.
f) Aviso publicitado en la página de transparencia municipal, en forma permanente a partir del día 4 de noviembre de 2015.
g) La carta presentación efectuada por el Sr. Marcelo Rojas Argelery, en representación de Plaza Maule S.A., de fecha 23 de noviembre de 2015, en la cual formula observaciones respecto de la cuota de estacionamientos (comercio) en la Enmienda propuesta.
h) La carta presentación del Sr. Hugo de la Fuente Verdugo, en representación de Asicent, de fecha 26 de noviembre de 2015, en la cual apoya la presentación de Plaza Maule S.A.
i) La tercera Audiencia Pública efectuada con fecha 2 de febrero de 2016, a las 12:00 horas, en el salón municipal y publicitada mediante dos avisos insertados en el diario El Centro los días 19 y 21 de enero de 2016.
j) La carta del Sr. Marcelo Rojas, en representación de PIaza Maule, de fecha 3 de febrero de 2016.
k) El acuerdo adoptado por el honorable Concejo Municipal, en sesión Ordinaria efectuada con fecha 1 de marzo de 2016, mediante el cual se aprueba en forma unánime la Enmienda N° 1 de la Ordenanza Local del Plan Regulador de Talca.
l) El certificado N° 14 suscrito por el Sr. Secretario Municipal con fecha 17 de marzo de 2016.
Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695 y sus respectivas modificaciones.
Considerando:
1.- Que, el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), regula las enmiendas a los planes reguladores; detallándose dicha reglamentación, en el artículo 2.1.13 en relación con el 2.1.11, de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
2.- Que, de esta forma, por regla general las enmiendas a los planes reguladores se someten a las mismas normas de elaboración, aprobación y promulgación de los planes reguladores, esto es, a lo dispuesto en los artículos 43 de la referida LGUC y a lo dispuesto en el artículo 2.1.11 de la OGUC.
3.- Que, no obstante, el mismo artículo 45 segunda parte de la LGUC, y el artículo 2.1.13 de la OGUC, regulan las enmiendas, y las someten a un procedimiento simplificado de promulgación.
4.- El informe de la Contraloría Regional N° 6037 de fecha 29 de julio de 2016, el cual remite las observaciones establecidas por ese organismo a la Enmienda presentada.
5.- Que las correcciones efectuadas a la Enmienda N° 1 del Plan Regulador de la comuna de Talca, posteriores a su aprobación por el respectivo concejo municipal, se efectúan exclusivamente para subsanar los reparos y observaciones contenidos en el documento de la Contraloría General de la República, señalado en el punto anterior y no modifican el contenido del resto del texto en los términos en que fue aprobado.
Decreto:
A. Apruébase en forma definitiva las siguientes modificaciones vía Enmienda a la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Talca, promulgado por medio de resolución N° 342 de fecha 29 de agosto de 2011, del Gobierno Regional del Maule:
I. CAPÍTULO NORMAS GENERALES MODIFICACIÓN N° 1:
Modifícase el texto del Artículo 8° relativo a disposiciones sobre los cuerpos salientes, quedando la nueva redacción del siguiente tenor:
"ARTÍCULO 8°: CUERPOS SALIENTES DE LA LÍNEA DE EDIFICACIÓN".
"Se permitirán cuerpos salientes que sobresalgan del plano vertical de la línea de edificación, en los siguientes casos:
a) A nivel del 1° piso sobre el antejardín, cuando no superen 1.20 metros de saliente respecto a la línea de edificación, con una longitud máxima de 2/3 del largo total del plano de fachada en que se emplaza y no podrán situarse a menos de 0.50 metros respecto del nivel natural del antejardín.
b) En los pisos superiores, balcones que no superen 1.20 metros de saliente respecto a la línea de edificación, cuya longitud máxima podrá ser igual a la fachada, respetando el distanciamiento a los deslindes.".
MODIFICACIÓN N° 2:Decreto 4178,
MUNICIPALIDAD DE TALCA
D.O. 03.11.2016
MUNICIPALIDAD DE TALCA
D.O. 03.11.2016
Modifícase la tabla de estacionamientos incluida en el artículo 11 de acuerdo a las nuevas exigencias que se establecen en la siguiente Tabla, manteniéndose inalterables todo lo no mencionado en esta modificación.

II.- CAPÍTULO Nº IV: ZONIFICACIÓN Y NORMAS URBANÍSTICAS:
MODIFICACIÓN N° 3:
Modifícanse las normas urbanísticas del área urbana del Plan Regulador, quedando del siguiente tenor las que se modifican y manteniéndose inalterables las ya existentes.






B. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 2.1.11 de la OGUC, conjuntamente con el acuerdo del Concejo Municipal.
C. En todo lo no previsto manténgase inalterable el texto de la Ordenanza Local del Plan Regulador de Talca, aprobado mediante resolución N° 342 de fecha 29 de agosto de 2011 del Gobierno Regional del Maule.
NOTA
El Decreto 4178, Municipalidad de Talca, publicado 03.11.2016, modifica la presente norma en el sentido eliminar "Agrupamiento - continuo, aislado sobre continuidad" en la Zona U-9: NODO COMERCIAL - TRANSPORTE, Normas de Subdivisión y Edificación.
El Decreto 4178, Municipalidad de Talca, publicado 03.11.2016, modifica la presente norma en el sentido eliminar "Agrupamiento - continuo, aislado sobre continuidad" en la Zona U-9: NODO COMERCIAL - TRANSPORTE, Normas de Subdivisión y Edificación.
Anótese, comuníquese y archívese.- Juan Enrique Castro Prieto, Alcalde.- Yamil Allende Yáber, Secretario Municipal.