DECLARA ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LAS COMUNAS DE LA REGIÓN DEL MAULE QUE SE INDICAN; Y PONE TÉRMINO A ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE EN LA COMUNA DE BULNES, REGIÓN DEL BIOBÍO
Núm. 97.- Santiago, 23 de enero de 2017.
Vistos:
Lo establecido en el artículo 41 y 32 número 5 de la Constitución Política de la República, en la Ley Nº 18.415 Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción; en el decreto supremo Nº 83, de fecha 20 de enero de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto supremo Nº 84 de fecha 20 de enero de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto supremo Nº 87 de fecha 22 de enero de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el decreto supremo Nº 88 de fecha 22 de enero de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y, en la resolución Nº 1.600, de 2008 y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y
Considerando
1.- Que por disposición de los decretos supremos Nº 83 y 84, complementados por los decretos supremos 87 y 88, ya individualizados en los vistos, se ha dispuesto, respectivamente, la declaración de zona afectada por catástrofe y el estado de excepción constitucional de catástrofe, en todas las comunas de las Provincias de Cardenal Caro y Colchagua, como asimismo las comunas de Vichuquén. Cauquenes, Hualañé, Licantén, de la Región del Maule, y la comuna de Bulnes, de la Región del Biobío, debido a los múltiples incendios que afectaban a la fecha a dicha zona.
2.- Que, atendida la intensidad y la propagación de los incendios, las mismas consideraciones tenidas en cuenta para la declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe, son predicables en este momento, respecto de todas las comunas de la Región del Maule, por lo que se hace necesario ampliar dicha declaración a nivel regional.
3.- Que, paralelamente, en la comuna de Bulnes, de la Región del Biobío, se ha logrado controlar la catástrofe, no resultando justificada, a la fecha, una restricción o suspensión de los derechos y garantías fundamentales de las personas que habitan dicha zona, siendo necesario, por lo tanto, restablecer el estado de normalidad constitucional en dicha comuna.
4.- Por lo tanto, de conformidad a los fundamentos expuestos, se hace necesaria la emisión del correspondiente acto administrativo, por lo que:
Decreto:
Artículo primero: Declárase estado de excepción constitucional de catástrofe en todas las comunas de la Región del Maule no comprendidas en los decretos supremos Nº 84, de 20 de enero de 2017, y Nº 88, de 22 de enero de 2017, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo de 90 días desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8°, de la ley Nº 18.415.
Artículo segundo: Desígnase como Jefe de la Defensa Nacional en la Región del Maule, al General de Brigada del Ejército, señor Javier Eduardo Iturriaga del Campo, cédula nacional de identidad número 9.362.159-K, en los mismos términos señalados en los artículos segundo y tercero del decreto Nº 84, de 20 de enero de 2017.
Artículo tercero: En el ejercicio de sus funciones, el Jefe de la Defensa Nacional tendrá todas las facultades previstas en el artículo 7 de la ley Nº 18.415, y específicamente la prevista en el número 1, del artículo 5º de la misma ley, esto es, asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona declarada, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad en la zona, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales que ejercen autoridad en los territorios declarados zona afectada por catástrofe, especialmente, la del Intendente de la Región del Maule, quien será la autoridad coordinadora de la ejecución de las acciones, planes y programas de recuperación, tanto de los bienes como de personas afectadas por la emergencia.
Artículo cuarto: Dese término, a contar de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial, al estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública en la comuna de Bulnes, Región del Biobío, declarado mediante decreto supremo Nº 88, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Mahmud Aleuy Peña y Lillo, Subsecretario del Interior.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance decreto Nº 97, de 2017, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública Nº 2.545.- Santiago, 25 de enero de 2017.
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se declara estado de excepción constitucional de catástrofe en las comunas de la Región del Maule que se indican, y pone término a estado de excepción constitucional de catástrofe en la comuna de Bulnes, Región del Biobío, por encontrarse ajustado a derecho. Sin embargo, cumple con hacer presente que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, el decreto Nº 88, a que se alude en el artículo cuarto de ese acto administrativo, fue emitido el año 2017 y no el 2016, como ahí se señala.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República
Al señor
Ministro del Interior y Seguridad Pública
Presente.