DELEGA FIRMA EN ABOGADOS DE LA DIVISIÓN JURÍDICA, EN LAS MATERIAS QUE SEÑALA
Núm. 1.018 exenta.- Santiago, 30 de junio de 2017.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 5 y 41 del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N° 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado del Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías; la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución N° 1.007, de 2013, del Tesorero General de la República, que fija la organización interna del Servicio de Tesorerías; la resolución TRA 258/814/2015, de 25.09.2015, del Tesorero General de la República; la resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, a fin de dar cumplimiento a los principios de eficiencia y eficacia, y de economía procedimental que deben inspirar los actos de los órganos de la Administración del Estado, para así conferir una tramitación ágil y expedita a las solicitudes de información de los Tribunales de Justicia, y teniendo en consideración el nuevo sistema informático para dar respuesta a consultas efectuadas por dichas entidades (a saber, OJV), dicto la siguiente
Resolución:
1. Delégase en cada uno de los abogados de la División Jurídica, la facultad de firmar los oficios respuesta dirigidos a los Tribunales de Justicia, donde se entregue información extraída de los sistemas informáticos de este Servicio.
2. Dispónese que para ejercer estas facultades el abogado de la División Jurídica deberá anteponer a su firma la fórmula "Por orden del Fiscal".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Rubén Burgos Acuña, Jefe División Jurídica, Tesorería General de la República.