MODIFICA DECRETO N° 19, DE 2017, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DECLARA ALERTA SANITARIA POR ENFERMEDADES RESPIRATORIAS EN LAS REGIONES METROPOLITANA, DE VALPARAÍSO Y DEL BIOBÍO
    Núm. 23.- Santiago, 5 de julio de 2017
    Visto: 
    Estos antecedentes; lo establecido en los artículos 10, 22, 24, 26 y 36 del Código Sanitario; en los artículos 1, 4, 7, 10 y 16 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el decreto supremo N° 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el artículo 10 de la ley N° 10.336; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; lo informado por la Subsecretaría de Salud Pública y las facultades que concede el artículo 35 de la Constitución Política de la República, y
    Considerando:
    - Que, el Ministerio de Salud debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de salud de la población; en el ejercicio de cuya función debe estudiar, analizar y mantener actualizada la información sobre la materia, sus determinantes y tendencias, así como mantener un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.
    - Que, además, en casos de amenaza de alguna epidemia o aumento notable de alguna enfermedad o de emergencias que impliquen grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes, puede adoptar medidas, disponer alertas y declarar emergencias sanitarias para su enfrentamiento, de acuerdo a las normas del Código Sanitario.
    - Que, asimismo, puede establecer protocolos de atención de carácter obligatorios para los sectores público y privado en caso de que exista una causa sanitaria de grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes de la República.
    - Que, producto del aumento sostenido de la circulación viral, especialmente el Virus Respiratorio Sincicial (VRS) e Influenza A (H3N2), durante la semana epidemiológica 23 del presente año, acompañado de atenciones de urgencia hospitalaria por Enfermedad Tipo Influenza (ETI) y Neumonía, este Ministerio dictó el decreto N° 19, de 14 de junio de 2017, que declaró Alerta Sanitaria en las regiones Metropolitana, de Valparaíso y del Biobío por enfermedades respiratorias.
    - Que, de acuerdo a la información proporcionada por la División de Planificación Sanitaria, de la Subsecretaría de Salud Pública, a la semana 26, en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, se ha vacunado un 60% del grupo objetivo compuesto por embarazadas y adultos mayores de 65 años; y un 70% del grupo de niños menores de 6 años.
    - Que, el mismo informe añade que, en relación a la vigilancia centinela de Enfermedad Tipo Influenza (ETI), en la semana epidemiológica (SE) 26, que terminó el 1 de julio del presente año, la notificación en Atención Primaria de Salud (APS) mantiene tendencia al alza, con una tasa del 82 por cien mil, respecto a 24 por cien mil en la semana previa. El estudio etiológico muestra, desde la semana 22, circulación predominante de Influenza A en APS.
    - Que, en cuanto a la vigilancia de Infección Respiratoria Aguda Grave (IRAG), en la semana epidemiológica 25 se registraron 16 casos IRAG acumulado, siendo superior a años anteriores, en los cuales el máximo de casos oscilaba entre 10 y 13 por año. En el 87% de los casos, se detecta virus respiratorios, con 10 casos de Influenza A, 2 de Parainfluenza y 2 de VRS.
    - Que, el referido informe agrega que, según la información de hospitales centinelas para la vigilancia en la semana 26, se mantiene tendencia al alza del porcentaje de positividad de 64%, en relación al total de muestras analizadas, donde la semana previa alcanzó un 57%. Se constata, asimismo, una alta circulación y predominio del virus influenza (37% positividad en 194 muestras procesadas), seguido de VRS en la semana 26.
    - Que, en relación a los registros de atenciones de urgencia, el total de consultas respiratorias de la semana 26, 1.852 atenciones, éstas se distribuyen en: 60% infección respiratoria aguda alta; 18% bronquitis/bronquitis aguda; 11% otras causas respiratorias; 7% Influenza; 2% crisis obstructiva bronquial y 1% neumonía. Las hospitalizaciones por causa respiratoria, alcanzan el 15% del total de hospitalizaciones, correspondiendo la mayoría a personas mayores de 64 años.
    - Que, en lo que se refiere a la respuesta de la red asistencial, en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, estas últimas semanas se ha efectuado reconversión de camas quirúrgicas a médicas, se han suspendido y reprogramado cirugías electivas, fortaleciendo el programa de hospitalización domiciliaria con altas precoces. Asimismo, se ha reforzado el personal de salud en urgencia, servicios clínicos y otros. Sin embargo, en Pediatría, dicha región no cuenta con camas pediátricas de intermedio o UCI para comprar servicios, los que están llegando su capacidad máxima.
    - Que, en la red asistencial de la aludida región, se ha verificado un aumento de atenciones en Unidad de Emergencia Hospitalaria (UEH), con un tiempo de espera promedio para atención cercano a 6 horas; el número de pacientes derivados diariamente para hospitalización desde UEH corresponde a 17-18 personas, en promedio; en la Unidad de Paciente Critico (UPC) Adulto, existe actualmente un 100% de ocupación de camas UCI, la Unidad de Tratamiento Intermedio (UTI) presenta un índice ocupacional de 94%; en la Unidad de Paciente Critico (UPC) Pediátrica, se verifica un índice de ocupación de 100%, lo que se ve agravado, pues en dicha región no existe disponibilidad de camas criticas pediátricas para IRAG. Además, debido al explosivo aumento de consultas por causa respiratoria, a partir de esta semana se dio inicio a la conversión de horas médicas de crónicos a morbilidad a fin de contener la demanda en APS.
    - Que, en esta región, las bajas temperaturas y baja humedad relativa del aire verificada en el periodo invernal pueden prolongar la circulación de virus respiratorios y complicaciones asociadas a estos agentes.
    - Que, por otra parte, la División de Gestión de la Red Asistencial, dependiente de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, ha informado que, como consecuencia de la aplicación del decreto N° 19, de 2017, de este Ministerio, los Servicios de Salud no han podido disponer de alumnos de las carreras de medicina, enfermería y kinesiología para la atención secundaria y terciaria de salud; razón por la cual solicita modificar el referido decreto a fin de hacer extensiva la facultad que se les otorga a los Directores de Servicios de Salud y a los Directores de Establecimientos de Salud de Carácter Experimental para contratar a dichos estudiantes no solo en la Atención Primaria de Salud.
    - Que, por lo señalado anteriormente y en uso de las facultades que me confiere la ley,
    Decreto:

    Artículo 1°.- Modifícase el decreto N° 19, de 2017, del Ministerio de Salud, que declara Alerta Sanitaria por enfermedades respiratorias en las regiones Metropolitana, de Valparaíso y del Biobío, de la siguiente manera:
    1.- Agrégase en el artículo 1°, a continuación de la expresión "de Valparaíso", la siguiente frase: ", de Magallanes y Antártica Chilena".
    2.- Elimínase, en el artículo 3°, número 5, la frase "de atención primaria de salud".


    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carmen Castillo Taucher, Ministra de Salud.
    Transcribo para su conocimiento decreto afecto N° 23, de 05-07-2017.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Burrows Oyarzún, Subsecretario de Salud Pública.