AUTORIZA DONACION AL EJERCITO DE INMUEBLES DENOMINADOS HIJUELAS "CASAS" DEL FUNDO CASAS VIEJAS DE CHENA E HIJUELA "LA OBRA DE CHENA"
Santiago, 1° de Junio de 1971.- S. E. decretó hoy lo que sigue:
S. 2. N.o 301.- Considerando:
a) El ofrecimiento escrito hecho por el señor Pedro García de la Huerta Matte, con fecha 11 de Febrero y 8 de Abril últimos, en el sentido de donar al Fisco-Ejército de Chile los inmuebles denominados Hijuelas "Casas" del Fundo Casas Viejas de Chena e Hijuela "La Obra de Chena", ambos situados en el departamento de San Bernardo;
b) El informe favorable de los organismos técnicos del Ejército acerca de esta donación;
c) La imperiosa necesidad de perfeccionar y materializar la donación ofrecida, y estando de acuerdo con todos los aspectos y detalles de esta operación, y
d) Atendido lo dispuesto en el artículo 60 de la Constitución Política del Estado.
Decreto:
1.- Autorízase al Comandante de la Infraestructura del Ejército, General de Brigada don Pedro Palacios Cameron (Rol Contraloría N.o 69.922), para que en nombre del Fisco-Ejército acepte la donación y firme todas las escrituras públicas e instrumentos de cualesquier especie que fueren necesarios para llevar a cabal término esta donación y para que se reciba de los bienes raíces indicados conjuntamente con los inmuebles por adherencia o destinación que se encuentran dentro de ellos y que se incluyen en el ofrecimiento señalado, los cuales serán destinados al Ejército para que cumplan el objeto de servir como campo de ejercicios de la Escuela de Infantería.
2.- Los inmuebles cuya donación se autoriza aceptar al General de Brigada, don Pedro Palacios Cameron, son los siguientes:
A.- La Hijuela "Las Casas" del Fundo Casas Viejas de Chena, situada en el departamento de San Bernardo. Este inmueble tiene los siguientes deslindes:
Norte, con la Hijuela Norte del Fundo Casas Viejas de Chena.
Sur, con la Hijuela "La Obra de Chena".
Oriente, con la Hijuela Oriente del Fundo Casas Viejas de Chena, y Poniente, por el cordón de cerros, con la propiedad de don Enrique Figueroa, antes de don Eugenio Figueroa.
El inmueble antes individualizado fue adquirido por el señor Pedro García de la Huerta Matte por inscripción de fs. 109 N.o 78 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo del año 1932, inscripción que corresponde a la escritura de compraventa de Pedro García de la Huerta Izquierdo a Pedro García de la Huerta Matte, otorgada el 21 de Agosto de 1931, ante el notario de Santiago, Fernando Errázuriz Tagle.
Se incluyen también en la donación que se autoriza aceptar los siguientes bienes:
a) Tres y medio regadores de agua del Canal de Maipo, que fueron comprados por el señor Pedro García de la Huerta Matte, a la Sociedad del Canal de Maipo, por escritura pública de 18 de Mayo de 1962, otorgada ante notario de Santiago don Javier Echeverría Vial; las inscripciones correspondientes se encuentran registradas a fs. 265 vta. N° 250, fs. 265 vta. N° 251, fs. 266 N.o 252, fs. 266 vta. N.o 253 y fs. 267 N° 254 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, del año 1962.
b) Todos los bienes inmuebles que, por adherencia o destinación correspondan al inmueble denominado Hijuela "Las Casas" del Fundo "Casas Viejas de Chena";
B.- La Hijuela "La Obra de Chena", situada en el departamento de San Bernardo, con los siguientes deslindes:
Norte, con la Hijuela Oriente y Casas del Fundo de Chena, ahora camino divisorio entre las Hijuelas "La Obra de Chena" y "Casas Viejas de Chena".
Sur y Sur-Oeste, con Catemito; y
Oriente, con el camino público de Ochagavía y con la Hijuela "Lo Quinta", por el Oriente del Canal del Rulo, ahora la Carretera Panamericana.
El inmueble antes individualizado fue adquirido por el donante por inscripción de fs. 860 vta. N.o 1.543 del año 1940 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, inscripción que corresponde a la escritura de compraventa de don Pedro García de la Huerta Izquierdo a Pedro García de la Huerta Matte, otorgada el 17 de Abril de 1939 ante el notario de Santiago, Fernando Errázuriz Tagle.
Se comprende también en la donación todos los bienes inmuebles que por adherencia o destinación correspondan a la Hijuela "La Obra de Chena".
3.- La donación que se ofrece al Fisco-Ejército se aceptará en forma gratuita e irrevocable, sin sujeción a ninguna modalidad, plazo o condición.
4.- Se faculta al General de Brigada don Pedro Palacios Camerón para extender, otorgar y suscribir todos los instrumentos públicos o privados que fueren necesarios para aclarar, rectificar o completar la escritura de donación, a fin de dar completo cumplimiento al encargo contenido en este decreto, hasta que quede constituido en forma perfecta el dominio del Fisco-Ejército sobre los inmuebles individualizados en el número 2 y destinados a servir como campo de ejercicios de la Escuela de Infantería.
5.- En caso de ausencia o imposibilidad del señor General de Brigada don Pedro Palacios Cameron para asistir al otorgamiento y suscripción de la escritura pública de donación y/o de los instrumentos públicos o privados destinados a completar, rectificar o aclarar dicho título, se faculta al señor Coronel don Mario Gutiérrez Ugarte (Rol Contraloría N.o 38.511), para que concurra al otorgamiento y suscripción de los instrumentos mencionados, con las mismas atribuciones ya señaladas para el General de Bridada don Pedro Palacios Cameron.
6.- Se faculta al Auditor del Comando de Infraestructura del Ejército para que efectúe todos los trámites legales relacionados con la donación que se autoriza aceptar y, especialmente, para que requiera del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo que se practiquen las inscripciones de dominio de las Hijuelas "Las Casas" del Fundo Casas Viejas y de la Hijuela "La Obra de Chena" en favor del Fisco-Ejército; para que requiera del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto la inscripción de dominio de los tres y medio (3 1/2) regadores de agua señalados en favor del Fisco-Ejército; para que requiera la protocolización de los planos pertinentes ante el Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo y ante el notario que autorice la escritura de donación; para que presente y suscriba las Minutas que fueren necesarias para aclarar, rectificar y completar los títulos y, en general, para que realice todos los trámites y actuaciones legales que correspondan, a fin de dejar totalmente perfeccionada la donación que autoriza aceptar y cabalmente constituido el dominio de los bienes comprendidos en la donación ofrecida en favor del Fisco-Ejército.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletín Oficial del Ejército y regístrese en el Departamento de Bienes Nacionales del Ministerio de Tierras y Colonización.- S. ALLENDE G.- Alejandro Ríos Valdivia, Ministro de Defensa Nacional.- Humberto Martones Morales, Ministro de Tierras y Colonización.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- H. Maximiliano Lorca Cerda, Subsecretario de Guerra suplente.