APRUEBA REGLAMENTO QUE ESTABLECE Y FIJA LA NUEVA PLANTA DE FUNCIONARIOS DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURACO DE VÉLEZ
    Núm. 1.- Curaco de Vélez, 3 de julio de 2018.
    Vistos:
    1. El decreto con fuerza de ley Nº 170 de la ley Nº 19.321 de fecha 8 de agosto 1994 del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece Planta de Personal de la Municipalidad de Curaco de Vélez.
    2. Lo dispuesto en el artículo 5º, inciso segundo, de la ley Nº 15.231, que establece la Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, en relación con la ley Nº 20.554, que dispuso la creación de Juzgados de Policía Local en las comunas que indica.
    3. La ley Nº 20.742 de fecha 1 de abril del 2014, que perfecciona el rol fiscalizador del concejo municipal, fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades, crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales, que a través del artículo 1 Nº 1 modifica y complementa el artículo Nº 16 de la ley Nº 18.695.
    4. La ley Nº 20.922 de fecha 25 de mayo de 2016 que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales, el Artículo 4 Nº 4 que introduce modificaciones al art Nº 31 de la ley 18.695, y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    5. El decreto Nº 1.675 de 15/11/2016 publicado en Diario oficial de fecha 07/02/2017 del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, que aprueba el Reglamento que regula el procedimiento para establecer la Categoría en que ubican las municipalidades del país para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar al cargo de Alcalde dentro de la Planta Municipal respectiva.
    6. La resolución exenta Nº 9.380 de fecha 26.07.2017 de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que establece las categorías en que han sido clasificados los municipios del país de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo Transitorio del decreto Nº 1.675 de 2016 del Ministerio de Interior y Seguridad Pública.
    7. La resolución exenta Nº 5.185 de fecha 14.05.2018 de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, que deja constancia de las categorías en que se ubican las municipalidades del país y del rango de grados de remuneraciones que corresponde asignar a los respectivos alcaldes en la correspondiente planta de personal, en cumplimento de la dispuesto en el Artículo Nº 5 del decreto Nº 1.675 del 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    8. En cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo Nº 7º de la Ley Nº 18.883/89 Estatuto Administrativo para los Funcionarios Municipales, modificado por la Ley Nº 20.922 a través del articulo 5 Nº 2 publicado en Diario Oficial de fecha 25.05.2016, respecto de las posiciones relativas de las plantas municipales del país.
    9. Las facultades otorgadas por el Artículo Nº 49 bis, el Artículo Nº 49 ter, el Artículo Nº 49 quáter, el Artículo Nº 49 quinquies, el Artículo Nº 63 letra i) de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
    Considerandos:
    1. La necesidad de establecer y fijar la nueva planta de personal de la municipalidad, establecer y fijar el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, en conformidad a la ley Nº 20.922 que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
    2. Decreto Municipal Nº 1.439 de fecha 26 de noviembre de 2014, sobre la ley Nº 20.742 que introduce modificaciones a la ley Nº 18.695 a la estructura interna de la Municipalidad, en su artículo Nº 16 respecto de las unidades municipales mínimas para el funcionamiento respecto de la organización interna.
    3. Decreto alcaldicio Nº 37 de fecha 4 de enero 2017, que encasilla al personal al 1 de enero de 2015 como titular de las Plantas de técnicos, Administrativos y Auxiliares, como indica.
    4. Decreto alcaldicio Nº 1.447 de fecha 4 de septiembre de 2017, que encasilla a personal nombrado al 1 de enero de 2016 como titular de la Planta de Técnicos, Administrativo y auxiliar, como indica.
    5. Decreto alcaldicio Nº 675 de fecha 18 de abril de 2018, que refunde y establece la planta de personal de la Municipalidad de Curaco de Vélez, atendiendo la aplicación de las modificaciones en materia de personal introducidas por la ley Nº 20.922 de fecha 25 de mayo de 2016.
    6. Informe del mes de abril 2018 por parte de la Administración Municipal, al Alcalde y al Concejo Municipal sobre elementos técnicos y la necesidad de cubrir las funciones y obligaciones municipales ante la implementación de una nueva planta de personal municipal.
    7. El decreto alcaldicio Nº 1.323 de fecha 14.08.2017, que aprueba el Reglamento de Concursos Públicos para proveer cargos de la planta municipal del Municipio de Curaco de Vélez.
    8. La política y los lineamientos del Plan de Desarrollo Comunal aprobado en Sesión Ordinaria Nº 27 Concejo Municipal de fecha 30 septiembre de 2015 en acuerdo Nº 63, acreditado por el Secretario Municipal por Certificado Nº 48 de fecha 05/10/2015.
    9. Decreto alcaldicio Nº 1.008 de fecha 23 de junio de 2017 sobre aprobación Estructura Orgánica, Funciones, Organigrama y coordinación Interna municipal.
    10. Decreto alcaldicio Nº 1.603 de fecha 3 de octubre 2017 sobre Designación de representantes para integrar comité Bipartito y paritario.
    11. Decreto alcaldicio Nº 1.670 de fecha 12 de octubre 2017 sobre la designación de representantes del personal para integrar el Comité bipartito, informado por la Asociación de Funcionarios Municipales (Asemuch) en Oficio Nº 2 de fecha 12 de octubre de 2017.
    12. Actas de reuniones del comité Bipartito y Paritario conformado por 8 funcionarios de Planta municipal y acuerdo tomado con fecha 7 de mayo de 2018 con opinión voluntaria votada de carácter positiva, sobre propuesta de Reglamento de Planta Municipal.
    13. Acta de Concejo Municipal Nº13 de fecha 08/05/2018 que se hace entrega material del Reglamento de Planta Municipal para su análisis y acta Ordinaria Nº 14 de fecha 15.05.2018 donde se expone detalladamente el reglamento para ser votado según las facultades de que dispone la ley Nº 20.922, en su artículo Nº 49 bis Nº 6 y 7
    14. Decreto alcaldicio Nº 670 de fecha 17 de abril 2018, que aprueba escalafón de mérito vigente, remitido a la Contraloría Regional de Los Lagos por oficio municipal N° 198 de 2018, tomado conocimiento por este Órgano de Control por REF Nº 102140/2018.
    15. Ordinario Nº 482 de fecha 4 de octubre de 2016 dirigido a la Contraloría Regional de Los Lagos, evacuando informe para este considerando solo en la parte pertinente a esta planta municipal, así se evacua opinión del municipio a través de informe Jurídico sobre la motivación municipal de aumentar el grado del Director de Obras Municipales al tratarse de una función profesional con características similares de responsabilidad y reconocimiento equiparando con ello a las demás unidades mínimas que contempla la organización interna municipal. Ello de acuerdo al Artículo Nº 49 bis inciso tercero Nº 9, de la ley Nº 18.695.
    16. Detalle de documentos bases para el análisis, determinación de disponibilidad presupuestaria para proyección de la planta municipal, proyección de planta nueva en base a cargos comparado con planta actual, determinación del gasto anual en personal, costo planta personal actual, proyección de planta año 2019 con asignación de zona y sin remuneración del alcalde, proyección de personal a contrata año 2019, costo personal nuevos cargos sin asignación de zona, costo anual por cambio de grados propuestos, costo a la modificación de grados en escalafón de directivos, costo resumen de cargos adicionales a la planta actual, costo resumen actuales e incorporación de nuevos cargos y modificación de grados, proyección de disponibilidad presupuestaria para la creación de cargos y nueva planta año 2019 al 2026, todo en base al Artículo Nº 49 Quáter inciso primero de la ley 18.695.-
    17. Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, emitido por Dirección de Control Interno y Dirección de Administración de Finanzas, en relación a lo establecido en el artículo Nº 49 bis Nº 2 de la ley Nº 18.695.
    18. Certificado Nº 54 de la Secretaria Municipal sobre la aprobación Reglamento de Planta de Personal Municipal en Sesión Ordinaria Nº 16 de fecha 12 de junio de 2018.
    19. Tabla Sesión Ordinaria Concejo Municipal, Acta Ordinaria Nº 16 de fecha 12 de junio de 2018, donde consta el acuerdo Nº 35 (página Nº7) sobre de aprobación propuesta de planta personal municipal.
    20. Ordinario Municipal Nº 334 de fecha 3 julio de 2018 donde se remite en plazo antecedentes como se indica, a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo sobre planta municipal según lo establece el Artículo Nº 49 Bis Nº 8 de la ley Nº 18.695.
    21. Decreto Municipal Nº 1439, del 26 de noviembre de 2014, que adecua la planta de personal de la Municipalidad de Curaco de Vélez, en consideración a las modificaciones introducidas por aplicación de Ley Nº 20.742 sobre la ley Nº 18.695, que entre otras materias incorporó la creación de nuevos cargos directivos a la organización interna municipal y los efectos en la planta de personal sobre cargos existentes y nominado a esa fecha.
    22. Decreto alcaldicio Nº 1.011 de fecha 14 de junio 2018, registrado por Contraloría Regional de Los Lagos a 17 de julio 2018, que declara cese de funciones por el artículo Nº 144 letra f) de la ley 18.883/89 Estatuto Administrativo Funcionarios Municipales.
    REGLAMENTO QUE ESTABLECE Y FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURACO DE VÉLEZ
    Apruébese el Reglamento que establece y fija la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Curaco de Vélez, de conformidad a la propuesta aprobada por el Honorable Concejo Municipal.
    PLANTA PERSONAL VIGENTE, SITUACIÓN ACTUAL DE LOS CARGOS Y POSICIONES RELATIVAS COMO SE INDICAN
    Artículo 1
    En cumplimiento al artículo 49 Ter letra a) de Ley 18.695 Constitucional Orgánica de Municipalidades, se encasilla en cargos de igual grado, al que tenían a la fecha del encasillamiento, manteniendo el orden del escalafón de mérito, de las plantas directivos, profesionales, jefaturas, técnicos, administrativos y auxiliares.
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    Artículo 2
    Modifíquese la planta de personal de la Municipalidad de Curaco de Vélez en el siguiente sentido:
    A.- Créanse los cargos que se señalan:
    Créense los siguientes cargos, aplicando la disposición del 75% de los nuevos cargos se requiere Título Profesional o Técnico:
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    B.- Suprímase cargo que se señala, como base según el considerando Nº 21 anterior de este Reglamento.
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    C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican:
    En base a la nueva ubicación en la Planta Municipal del cargo de Alcalde, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.742 que perfecciona el rol fiscalizador del Concejo Municipal, además lo relacionado con los Dictámenes de Contraloría General de la República Nº 063201 de 26-08-2016 y Nº 41.238 de fecha 24.11.2017, se modifica el grado del cargo de Alcalde y de la Planta de Directivos de la Planta Municipal.
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    Artículo 3º
    SE ESTABLECE Y FIJA LA PLANTA DE PERSONAL QUE SE INDICA DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURACO DE VÉLEZ
    En cumplimiento al artículo 49 bis inc. 1° y 2° y lo establecido en igual artículo en Nº 1, 2 y 3 de Ley 18.695 Constitucional Orgánica de Municipalidades, al límite del Gasto en Personal vigente, de la disponibilidad presupuestaria, escalafón de mérito actualizado, al porcentaje de profesionalización, la participación de funcionarios a través del Comité Bipartito, presentación y aprobación de la propuesta de reglamento de planta al Concejo Municipal, según los vistos de este reglamento.
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    Artículo 4º En base al inciso final del artículo 8 de la Ley Nº 18.883/89 Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, se asignan requisitos esaecíficos a los cargos que a continuación se detallan:
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    Déjese sin efecto el decreto con fuerza de ley Nº 170 de la ley Nº 19.321 de fecha 8/08/1994 del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Curaco de Vélez.

    Anótese, comuníquese, tómese razón por la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Luis Curumilla Sotomayor, Alcalde.- Ximena Delgado Díaz, Secretario Municipal.