DEJA SIN EFECTO DECRETOS Nos 896, DE 23.JUN.2017, y 1.583, DE 16.NOV.2017 DE ESTE MINISTERIO, NO TRAMITADOS. DECLARA POR RAZONES QUE INDICA DOTACIÓN MÁXIMA DE INGRESO DE ALUMNOS A PRIMER AÑO DE FORMACIÓN EN LA ESCUELA DE INVESTIGACIONES POLICIALES DE LA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, PARA EL AÑO 2018
    Núm. 497.- Santiago, 16 de marzo de 2018.
    Vistos:
    1) El artículo 3º bis del decreto ley Nº 2.460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile
    2) La Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
    3) La Ley Nº 20.502, de 2011, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
    4) El oficio reservado Nº 203, de fecha 25 de abril de 2017, del Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, en que se expresa que la fijación propuesta se efectúa de acuerdo al estudio, análisis y proyecciones de las dotaciones de la PDI, y
    Considerando:
    1) La necesidad de dar cumplimiento a lo establecido en la disposición legal citada en el número 1) de los Vistos.
    2) Que, de conformidad con la historia fidedigna de la ley Nº 20.785, cuyo artículo 3º, Nº 1, incorporó ese nuevo artículo 3 bis en la indicada normativa orgánica, la necesidad de fijar anualmente la dotación de Aspirantes a Oficial Policial que podrán ingresar al primer año de la Escuela de Investigaciones, tiene por objeto evitar la formación de un número de efectivos mayor a la cantidad que puede ser efectivamente incorporada a la labor policial, al momento de graduarse como oficiales.
    3) Que, según consta en el oficio reservado Nº 203, de 25 de abril de 2017, del Director General de la Policía de Investigaciones, dicha autoridad policial propuso como cantidad máxima de aspirantes a Oficial Policial, para el año 2018, una cantidad de hasta ciento ochenta y siete aspirantes.
    4) Que, en armonía con lo exigido en el antedicho artículo 3 bis de la Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones, cuyo inciso único ordena que el acto administrativo que sancione la dotación máxima en cuestión, sea emitido a más tardar el mes de junio de cada año, para producir efectos durante la anualidad inmediatamente posterior, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con fecha 23 de junio de 2017, dictó su decreto supremo Nº 896, mediante el cual sancionó administrativamente la cantidad máxima de aspirantes, propuestas por la máxima autoridad de la Policía de Investigaciones, para el año 2018.
    5) Que, de conformidad con ese mismo artículo 3 bis, el decreto supremo en comento debía contar, además, con la firma del señor Ministro de Hacienda. Sin embargo, el Ministro de la época, don Rodrigo Valdés Pulido, no concurrió con su firma a la suscripción del acto, en razón a la renuncia a su cargo.
    6) Que, luego, y para dar cumplimiento al fin de la norma contenida en el artículo 3 bis del decreto ley Nº 2.460, se hizo menester dictar un nuevo acto administrativo, ya que no resultaba jurídicamente procedente que el nuevo Ministro de Hacienda, don Nicolás Eyzaguirre Guzmán, firmase un acto administrativo dictado con anterioridad a su investidura regular.
    7) Que, en ese orden de consideraciones, la superioridad de este Ministerio del Interior y Seguridad Pública, procedió a dictar un nuevo decreto supremo, el Nº 1.583, de 16 de noviembre de 2017, acto que, si bien contaba con un similar contenido al anterior, omitió fundamentar debidamente su extemporaneidad legal y las motivaciones de su dictación, razones por las cuales se ha resuelto no proseguir con su tramitación, ello con la finalidad consistente en que se dicte un nuevo acto que, junto con aprobar la propuesta de cantidad máxima de aspirantes a oficial policial, fundamente de manera suficiente y razonable los motivos que dieron lugar a la extemporaneidad en la tramitación del decreto supremo exigido por el artículo 3º bis del decreto ley Nº 2.460
    8) Que, en lo que se refiere a la posibilidad que asiste a la Administración del Estado de cumplir con una obligación legal más allá del término originalmente previsto para ello, la sostenida y uniforme jurisprudencia de la Contraloría General de la República ha concluido, en dictámenes tales como el Nº 32.424, de 2017, que "a menos que hubiese un precepto legal en contrario, los plazos contemplados en la ley para las actuaciones de la Administración, no son fatales...".
    9) Que, el criterio jurisprudencial recién descrito, es plenamente aplicable a la situación de la especie, toda vez que la Administración del Estado no puede justificar el incumplimiento de sus deberes legales, en el hecho de haber precluido la oportunidad prevista para ello, pues aquellos han sido previstos por el Legislador con la finalidad de satisfacer intereses superiores de orden público, los que se traducen en este caso concreto en el uso eficiente de recursos públicos, impidiéndose que se destinen fondos a la formación de aspirantes que, en el momento que corresponda, no sean necesarios para las tareas de la Institución.
    10) Que, a mayor abundamiento, y según lo prescrito en el artículo 52 de la ley Nº 19.880, los actos administrativos podrán excepcionalmente producir efectos de manera retroactiva, siempre que se verifiquen los supuestos que dicha norma contempla, los que, cabe apuntar, se materializan en la situación de la especie.
    Decreto:
    1.- Déjense sin efecto los decretos supremos Nos 896, de 23 de junio de 2017, y 1.583, de 16 de noviembre de la misma anualidad, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, los que no fueron totalmente tramitados.
    2.- Declárase y ratifíquese que la dotación máxima de ingreso de alumnos a primer año de formación para el curso de Oficiales Policiales Profesionales de Línea, en la Escuela de Investigaciones Policiales, de la Policía de Investigaciones de Chile, para el año 2018, es de hasta ciento ochenta y siete (187) aspirantes.
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Rodrigo Ubilla Mackenney, Subsecretario del Interior.