AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS Y EL USO DEL DISCO FISCAL EN VEHÍCULOS QUE INDICA
Núm. 1.031 exento.- Santiago, 6 de septiembre de 2018.
Vistos:
El DL N° 799, de 1974, modificado por el DFL N° 12-2.345, de 1979; la circular N° 35.593, de 1995 y la resolución N° 1.600/08, de la Contraloría General de la República; el artículo 1° del DS N° 19, del 22 de enero de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DFL MOP N° 850/97, que fijó el texto refundido y actualizado de la ley 15.840; la resolución SISS exenta N° 1.628, del 15 de mayo de 2018.
Considerando:
Que la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en virtud a su Ley Orgánica N° 18.902/90, es por esencia un organismo fiscalizador y en tal carácter debe cumplir funciones inspectivas, supervisoras y fiscalizadoras que le son propias.
Que la Superintendencia de Servicios Sanitarios cuenta con oficinas en todas las regiones del país para atender a los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado y para fiscalizar a las empresas que proveen este servicio y a los establecimientos industriales que generan Riles.
Que las labores fiscalizadoras se realizan a lo largo del territorio nacional, programadamente y en ocasiones de manera imprevista o por emergencias, principalmente con personal especializado, cuyos cometidos funcionarios pueden incluir días sábado en la tarde, domingo y festivos.
Que la concurrencia del personal de la SISS a establecimientos o lugares donde se produzcan emergencias, que afecten el normal abastecimientos de los servicios de agua potable o alcantarillado, a un número significativo de la población Comunal, Provincial o Regional, debe realizarse en cualquier horario y día del año según el evento.
Decreto:
Artículo 1°: Autorízase circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos y con la obligación de llevar impreso el logo estatal, al siguiente vehículo que forma parte de la dotación y que a continuación se indica:
- Station Wagon marca Mazda, Modelo All New CX 5 R 2.0, Patente KRGH-49-7, motor PE21109217, chasis JM7KF4W7AK0206062, color azul oscuro, año 2018.
Artículo 2°: Una copia del presente decreto se deberá portar en el vehículo a que se refiere este decreto, a fin de ser presentado a las autoridades cuando así lo requieran.
Artículo 3°: La presente autorización rige desde la fecha de publicación de este decreto.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Juan Fontaine Talavera, Ministro de Obras Públicas.- Andrés Chadwick Piñera, Ministro del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Lucas Palacios Covarrubias, Subsecretario de Obras Públicas.