APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN RESUELTO POR SERVIU REGIÓN DE LOS LAGOS MEDIANTE RES. EX. N° 622, DEL 12.03.2019, PARA POSTULANTES A LA MODALIDAD DE PROYECTOS CONSTRUCCIÓN SITIO RESIDENTE DE ENTIDAD DE GESTIÓN RURAL MUNICIPALIDAD DE PALENA, EN EL LLAMADO NACIONAL A SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES TÍTULO II, PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS 10 (V. Y U.), DE 2015
Núm. 936 exenta.- Puerto Montt, 31 de julio de 2019.
Vistos
1. El DS 10 (V. y U.) y sus modificaciones, que regula el Programa de Habitabilidad Rural.
2. La resolución exenta N° 3.129 (V. y U.), de fecha 16.05.2016, que aprueba Cuadro Normativo de Estándar Técnico de Habitabilidad Rural, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 47 del Párrafo I del Capítulo V del DS 10 (V. y U.), del año 2015.
3. La resolución exenta N° 3.030, de fecha 16.05.2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base y grados de aislamiento para las comunas del país que indica, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 9° del DS 10 (V. y U.), de 2015.
4. La resolución exenta N° 3.131 (V. y U.), de fecha 16.05.2016, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social a Programa de Habitabilidad Rural.
5. La resolución exenta N° 3.771 (V. y U.), de fecha 20.06.2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, para proyectos emplazados en comunas y/o localidades con distintos grados de aislamiento.
6. La resolución exenta N° 9.520 (V. y U.), de fecha 22.11.2018, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II en la modalidad de proyectos de construcción de viviendas nuevas del Programa de Habitabilidad Rural regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015.
7. La resolución exenta N° 439 (V. y U.), de fecha 01.02.2019, y sus modificaciones, mediante el cual llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS 10 (V. y U.), de 2015, a las regiones que indica en la alternativa de postulación individual o colectiva, publicada en el Diario Oficial con fecha 12.02.2019.
8. La resolución exenta N° 622 (V. y U.), de fecha 12.03.2019, del Serviu Región de Los Lagos, que acoge apelación según artículo 45 del DS 10/2015, para postulantes a la modalidad de proyectos construcción sitio residente de entidad de Gestión Rural Municipalidad de Palena, en el Llamado Nacional a selección en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios habitacionales Título II, Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS 10 (V. y U.) de 2015.
9. El decreto ley N° 1.305, del 19.02.2019, que reestructura y regionaliza al Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Corporaciones dependientes.
10. La ley 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
11. La Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
12. El DS 355/1976, Reglamento Orgánico de los Serviu.
13. La resolución N° 7 de la Contraloría General de la República, que establece normas de exención del trámite de toma de razón.
14. Las facultades que me confiere el decreto supremo N° 397, de 1976, y la resolución N° 192, del 21.04.1994, que me designa como Jefe Departamento de esta Seremi Minvu Los Lagos.
Considerando:
1. Que, los postulantes fueron eliminados de la selección por la causal poseer propiedad habitacional, las que se encuentran declaradas inhábiles por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Palena, con fecha 10.10.2018, y por error del sistema de postulación no pudieron acreditarse al momento de la postulación.
2. Que, las apelaciones fueron recepcionadas por Oficina de Serviu Palena Región de Los Lagos, con fecha 20.02.2019, de la entidad de Gestión Rural Municipalidad de Palena.
3. Que, la entidad Gestión Rural Municipalidad de Frutillar quedó inhábil para postular de acuerdo al Ord. N° 4397, de fecha 30.11.2018 del Serviu Región de Los Lagos.
4. Que, mediante resolución exenta N° 622, del 12.03.2019, se acoge apelación según artículo 45 del DS 10/2015, para postulantes a la modalidad de proyectos construcción sitio residente de entidad de Gestión Rural Municipalidad de Palena, en el Llamado Nacional a selección en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios habitacionales Título II, Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS 10 (V. y U.) de 2015.
5. Que, el artículo 45 del DS 10 (V. y U.) del año 2015, señala en lo pertinente "Los postulantes, sean individuales o colectivos, cuyos reclamos fueren acogidos y cuyos puntajes fueren superiores al puntaje de corte del respectivo llamado, serán incluidos en una nueva nómina de postulantes seleccionados, la que será aprobada mediante resolución fundada del Seremi respectivo, según corresponda, de acuerdo a la prelación que les corresponda. Los subsidios que se otorguen se imputarán a los recursos autorizados correspondientes al año del llamado a postulación.
6. Que, en mérito de lo expuesto, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Aprueba el procedimiento de apelación resuelto por Serviu Región de Los Lagos mediante Res. Ex. N° 622, del 12.03.2019, asignando de este modo el o los respectivo(s) subsidio(s) habitacional(es) normado(s) por el DS N° 10 (V. y U.) del año 2015, de acuerdo al siguiente cuadro inserto:

2. Téngase presente que los recursos indicados en forma precedente, incluidos los montos correspondientes a AT y FTO, deberán ser imputados al Programa Habitacional del año 2019.
3. Notifíquese a la División de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y al Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Lagos, para los fines pertinentes.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Patricio Jiménez Ovalle, Secretario Regional Ministerial (S) de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos.