APRUEBA LA INCORPORACIÓN DE POLÍTICA Y PROGRAMAS QUE SE INDICAN AL SISTEMA ELIGE VIVIR SANO PARA EL AÑO 2018
    Santiago, 25 de junio de 2018.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 49.
     
    Visto:
    Lo dispuesto en el artículo 32 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880 que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en la ley Nº 21.053, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2018; en la ley Nº 20.670, que Crea el Sistema "Elige Vivir Sano"; en el decreto supremo Nº 67, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del artículo 3º de la ley Nº 20.670, que crea el Sistema Elige Vivir Sano; en el Acta de Sesión del Comité Interministerial de Desarrollo Social de fecha 17 de agosto de 2017, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
     
    Considerando:
    Que, la ley Nº 20.670, que Crea el Sistema Elige Vivir Sano, tiene por objeto promover hábitos y estilos de vida saludables para mejorar la calidad de vida y el bienestar de las personas.
    Que, el artículo 3º de la ley citada, en su inciso primero, dispone que el Sistema Elige Vivir Sano será un modelo de gestión constituido por políticas, planes y programas elaborados y ejecutados por distintos organismos del Estado, destinados a contribuir a generar hábitos y estilos de vida saludables y a prevenir y disminuir los factores y conductas de riesgo asociados a las enfermedades no transmisibles.
    Que, por su parte, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 7º de la ley Nº 20.670, el Presidente de la República, anualmente, determinará las políticas, planes y programas que, cumpliendo con los requisitos previstos en artículo 6º de la referida ley, formarán parte del Sistema. Lo anterior, previa propuesta del Comité Interministerial de Desarrollo Social regulado en la ley Nº 20.530, e informe de la Secretaría Ejecutiva Elige Vivir Sano, elaborado para dicho Comité.
    Que, en este sentido, el decreto supremo que incorpore las políticas, planes y programas deberá ser expedido por el Ministerio de Desarrollo Social y, además, suscrito por el Ministro de Hacienda. Dicho decreto deberá establecer los mecanismos de coordinación entre los órganos de la Administración del Estado que participen en las políticas, planes y programas, en caso de que estos últimos sean intersectoriales, y las demás normas necesarias para su funcionamiento, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 7º de la ley Nº 20.670.
    Que, mediante Acta de Sesión del Comité Interministerial de Desarrollo Social, de fecha 17 de agosto de 2017, adjunta al presente decreto, el Comité Interministerial de Desarrollo Social, se pronunció respecto del informe de la Secretaria Ejecutiva Elige Vivir Sano, a efectos de presentar al Presidente de la República, la propuesta de programas y política que durante el año 2018, de verificarse el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 6º de la ley Nº 20.670, debiesen ingresar al Sistema Elige Vivir Sano.
    Que, en este contexto, se han revisado los antecedentes referidos, a fin de dar aprobación administrativa a una (1) Política y veinte (20) Programas, para ser incorporados al Sistema Elige Vivir Sano durante el año 2018, por cumplir cada uno de ellos con los requisitos contemplados en el artículo 6º de la ley Nº 20.670.
    Adicionalmente, cabe señalar que, se adjuntan al presente acto los informes a que alude el artículo 37 bis de la ley Nº 19.880, emitidos respectivamente por el Ministerio de Educación, Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y Ministerio del Deporte, a fin de resguardar la coordinación, cooperación y colaboración entre este Ministerio y los órganos involucrados en el presente decreto para llevar adelante el modelo de gestión intersectorial Sistema Elige Vivir Sano.
    Que, esta Secretaría de Estado también requirió tales informes al Ministerio de Salud, al Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo por resultar involucrados en la dictación del presente acto, no habiéndose recibido respuesta por parte de dichos organismos, dentro del plazo de treinta días corridos, como indica el referido artículo 37 bis, debiendo por consiguiente, proseguirse con la tramitación de este decreto, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38 de la misma ley.
    Que, por último, es menester dejar constancia que conforme a lo prevenido en el artículo 15 de la ley Nº 20.530, el Acta del Comité Interministerial de Desarrollo Social, fue suscrita por los seis ministros asistentes a la sesión y que forman parte del Comité referido, según lo dispuesto en el artículo 12 de la referida ley, cumpliendo así el quórum para sesionar y para adoptar acuerdos según previsto en el ordenamiento jurídico, por tanto,
     
    Decreto:

     
    1º.- Aprueba la incorporación de la siguiente Política y los siguientes Programas al Sistema Elige Vivir Sano para el año 2018:
    2º.- Déjase constancia que tanto la Política señalada como los Programas referidos cuentan con financiamiento, según lo señalado en la letra d) del artículo 6º de la ley Nº 20.670, el cual emana de la ley Nº 21.053, de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2018.
    3º.- Establece que los mecanismos de coordinación a utilizar por los órganos de la Administración del Estado referidos en el numeral 1º, para efectos de la ejecución intersectorial de los programas señalados, se efectuará a nivel nacional, a través de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Elige Vivir Sano, y a nivel regional a través de los(as) Secretarios(as) Regionales Ministeriales de Desarrollo Social.
    4º.- Remítase copia digital del presente decreto supremo al Gabinete del Ministro de Desarrollo Social; al Gabinete del Ministro de Hacienda; al Subsecretario de Servicios Sociales; a la Subsecretaría de Evaluación Social; a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Elige Vivir Sano; a la Fiscalía del Ministerio de Desarrollo Social y copia impresa a la Oficina de Partes.
     
    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Desarrollo Social.- Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
    Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Sebastián Villarreal Bardet, Subsecretario de Servicios Sociales.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
    Cursa con alcance el decreto Nº 49, de 2018, del Ministerio de Desarrollo Social
    Nº 6.434.- Santiago, 17 de marzo de 2020.
     
    Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba la incorporación de la política y programas que se indican al Sistema Elige Vivir Sano para el año 2018, por encontrarse ajustado a derecho.
    Lo anterior, en el entendido de que se trata de una regularización de la política y programas antes indicados, pues el presente acto administrativo fue ingresado a trámite de toma de razón ante este Organismo de Control en octubre de 2018 y reingresado por última vez el 24 de febrero de 2020, esto es, con posterioridad a la época en que aquellos debían ejecutarse.
    De este modo, el Ministerio de Desarrollo Social deberá adoptar las medidas para que, en lo sucesivo, los actos administrativos que aprueben las políticas y programas de la especie sean dictados y remitidos oportunamente al control preventivo de juridicidad (aplica criterio contenido en los dictámenes N 84.602, de 2014 y 52.436, de 2015, de este origen).os
    Con el alcance que antecede se ha tomado razón del decreto del rubro.
     
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.

Al señor
Ministro de Desarrollo Social
Presente.