PROMULGA LA DECISIÓN Nº 20 DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO ESTABLECIDA EN EL ACUERDO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
     
    Núm. 112.- Santiago, 23 de julio de 2019.
     
    Vistos:
     
    Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República, y la ley Nº 18.158.
     
    Considerando:
     
    Que en Santiago, Chile, con fecha 21 de marzo de 2019, la Comisión de Libre Comercio del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Chile y la República de Colombia, suscribió la Decisión Nº 20 para actualizar la nomenclatura arancelaria utilizada en el Anexo 4.1 del Acuerdo, a la Sexta Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA 2017).
    Que la referida Decisión se adoptó en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.1.3 (b) (ii) y 15.1.3 (e) del referido Acuerdo de Libre Comercio, publicado en el Diario Oficial de 8 de mayo de 2009.
    Que se dio cumplimiento a lo previsto en el último párrafo de la aludida Decisión, en consecuencia, ésta entrará en vigor el 12 de agosto de 2019.
     
    Decreto:

    Artículo único: Promúlgase la Decisión Nº 20 de la Comisión de Libre Comercio del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Chile y la República de Colombia, el cual constituye un Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 24 (el "ACE Nº 24"), para actualizar la nomenclatura arancelaria utilizada en el Anexo 4.1 del Acuerdo, a la Sexta Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA 2017), suscrita en Santiago, Chile, el 21 de marzo de 2019; cúmplase y publíquese en la forma establecida en la ley Nº 18.158.

    Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Carolina Valdivia Torres, Ministra de Relaciones Exteriores (S).
    Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- José Avaria Garibaldi, Director General Administrativo.