NOMBRA SECRETARIO EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DE LA CONVENCIÓN CONSTITUCIONAL
    Núm. 178 exenta.- Santiago, 15 de marzo de 2021.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 21.200, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 21.221, que establece un nuevo itinerario electoral para el plebiscito constituyente y otros eventos electorales que indica; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 18.993, que crea el Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República y su reglamento orgánico, contenido en el decreto supremo Nº 7, de 1991, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021; en los decretos exentos Nº 388 y Nº 1.886, ambos de 2020 y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el decreto supremo Nº 4, de 2021, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
     
    Considerando:
     
    1. Que, el 24 de diciembre de 2019, fue publicada en el Diario Oficial la ley Nº 21.200, que modifica el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, en el sentido de incorporar un nuevo epígrafe al referido capítulo, en el que se establece el procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República.
    2. Que, dado el itinerario constitucional, el 25 de octubre de 2020 se celebró el plebiscito nacional señalado en el inciso primero del artículo 130 de la Carta Fundamental, convocado por S.E. el Presidente de la República mediante el decreto exento Nº 388, de 29 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, donde la ciudadanía aprobó la opción de contar con una nueva Constitución y que ésta sea redactada por una Convención Constitucional integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente.
    3. Que, mediante el decreto exento Nº 1.886, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 130 de la Constitución Política de la República, S.E. el Presidente de la República convocó a la elección de los miembros de la Convención Constitucional, la que se llevará a cabo el día 11 de abril de 2021.
    4. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 133 de la Constitución Política de la República, corresponderá al Presidente de la República, o a los órganos que éste determine, prestar el apoyo técnico, administrativo y financiero que sea necesario para la instalación y funcionamiento de la Convención Constitucional.
    5. Que, en virtud de lo anterior y mediante el decreto supremo Nº 4, de 11 de enero de 2021, de esta Secretaría de Estado, S.E. el Presidente de la República determinó que el Ministerio Secretaría de la Presidencia será el órgano que prestará el apoyo técnico, administrativo y financiero para la instalación y funcionamiento de la Convención Constitucional y creó transitoriamente en la estructura interna de dicho Ministerio la Unidad de Secretaría Administrativa de la Convención Constitucional, dependiente del Subsecretario General de la Presidencia, cuya función es coordinar las tareas encargadas a dicha Secretaría de Estado.
    6. Que, el párrafo final del numeral 2º del decreto supremo Nº 4, de 2021, de esta Secretaría de Estado, dispone que la Unidad de Secretaría Administrativa de la Convención Constitucional tendrá un Secretario Ejecutivo, nombrado por el Ministro Secretario General de la Presidencia, quien tendrá la función de velar por el cumplimiento de las funciones antes referidas.
     
    Resuelvo:

     
    Nómbrase como Secretario Ejecutivo de la Unidad de Secretaría Administrativa de la Convención Constitucional a don Francisco Javier Encina Morales, cientista político, subdirector, grado 4º de la Planta Directiva del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, a contar de esta fecha.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan José Ossa Santa Cruz, Ministro Secretario General de la Presidencia.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Máximo Pavez Cantillano, Subsecretario General de la Presidencia.