MODIFICA RESOLUCIÓN N°155 EXENTA, DE FECHA 1 DE ABRIL DE 2021, QUE DISPUSO LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO: PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, PARA LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA

    Núm. 344 exenta.- Antofagasta, 25 de junio de 2021.
     
    Vistos:
     
    1. Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido mediante DFL Nº 1/19.653 de 2000.
    2. La ley 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    3. El DL Nº 1.305, de 1975 que Reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    4. El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016 y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    5. La resolución exenta Nº 353 del 19.03.2021 que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, para efectuar llamados en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulados por el DS Nº27 (V. y U.) de 2016, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Vivienda, para las regiones de Antofagasta, Valparaíso, Metropolitana, del Libertador General Bernardo O'Higgins, del Maule, del Biobío, de La Araucanía y Los Lagos.
    6. La resolución exenta Nº 155 de fecha 1 de abril de 2021 emitida por esta Seremi Minvu que dispone llamado a postulación 2021 en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, capítulo tercero: proyectos para condominios de viviendas, para la Región de Antofagasta.
    7. La resolución exenta Nº 1.032 (V. y U.), de 2021, mediante la cual se modifica resolución exenta Nº 353 (V. y U.), de 2021 que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar llamados en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas Y Barrios regulado por el DS 27 (V. y U.), de 2016, capítulo tercero.
    8. La resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.) de 2017, y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    9. Las facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    10. Mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, conferida mediante decreto Nº 38 (V. y U.), de 2018.
     
    Considerando:
     
    a. El Oficio Ord. Nº 1772 de fecha 14 de junio de 2021, emitido por Serviu Antofagasta que solicitó la modificación de los plazos de los hitos del proceso, establecidos en la resolución precedente.
    b. Que mediante la resolución exenta (V. y U.) Nº1.032, referida en los vistos de la presente, se modifican los plazos para efectuar el llamado contenidos en la resolución exenta Nº353 que autorizó el llamado, ampliando la fecha límite de emisión de resolución de selección.
    c. Que mediante oficio Ord. Nº 1772 de fecha 14 de junio de 2021, emitido por Serviu Antofagasta solicita la modificación de los plazos de los hitos del proceso, contenidos en la resolución exenta Nº155 de esta Seremi que dispuso el llamado regional.
    d. El Informe Técnico Nº 04/2021 del Departamento de Planes y Programas, debidamente visado por su Jefatura, por el cual se solicita dar curso a la solicitud.
    e. Que en efecto existiendo la autorización ministerial en orden a ampliar los plazos del proceso de selección, atendida la emergencia sanitaria que afecta al país, resulta necesario para sustanciar y culminar de manera eficiente y eficaz la selección de proyectos.
     
    Resuelvo:

     
    1. Modifíquese la resolución exenta Nº 155, de fecha 1 de abril de 2021, reemplazando el cuadro inserto en su resuelvo 2 que los nuevos plazos correspondientes a los procesos y fases de postulación y selección de este llamado, serán los siguientes:
   
    2. Téngase presente que en todo lo no modificado por el presente acto, se mantiene plenamente vigente la resolución exenta primigenia, esto es, la Nº 155 de fecha 1 de abril de 2021, emitida por esta Seremi Minvu.

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Julio Santander Fuentes, Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta.