AMPLIACIÓN DE LAS CONCESIONES DE AGUA POTABLE Y DE RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS


    Por decreto N°86 de 6 de mayo de 2021 del Ministerio de Obras Públicas, tramitado con fecha 31 de abril de 2021, se otorgó a Aguas Manquehue S.A., R.U.T. N° 89.221.000-4, domiciliada en Avenida Presidente Balmaceda N° 1398, de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, la ampliación de las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas a la empresa Aguas Manquehue S.A., para la atención del sector denominado "Los Litres Lote D", de la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana de Santiago. Decreto: Uno. Otórgase a la empresa Aguas Manquehue S.A., R.U.T. N° 89.221.000-4, domiciliada en Avenida Presidente Balmaceda N° mil trescientos noventa y ocho, de Santiago, Región Metropolitana, la ampliación de las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas, destinadas a la atención del sector denominado "Los Litres Lote D", de la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana de Santiago. Dos. La zona de concesión o territorio operacional de los servicios de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas, corresponderá a un área de aproximadamente uno coma seis Há., que se encuentra identificada y delimitada en el plano denominado "Territorio Operacional Solicitud de Ampliación Los Litres Lote D, Comuna de Lo Barnechea", del Plan de Desarrollo, que forma parte integrante del presente decreto. En el primer establecimiento (año dos mil veintiséis) se espera contar con veinte arranques e igual número de uniones domiciliarias, los que se mantendrán constantes hasta el final del periodo de previsión (año dos mil treinta y seis). En el Lote D-uno se ubicarán doce unidades y en Lote D-dos serán ocho unidades de cada tipo de conexión. Tres. El servicio público de producción de agua potable para el sistema que se amplía por este decreto, será abastecido por las fuentes que se indican en el numeral Tres.Uno. letra a), de la respectiva Ficha de Antecedentes Técnicos (FAT), sobre las cuales la concesionaria tiene los derechos que se individualizan en los informes de títulos respectivos, que son suficientes para satisfacer la demanda de servicio, en los términos exigidos por el Art. Vigésimo Sexto del D.S. MOP N° mil ciento noventa y nueve/cero cuatro, y se encuentran afectos a la concesión, documentos que forman parte integrante del presente decreto. Cuatro. Las demás condiciones de prestación de los servicios otorgados en la ampliación, son las establecidas en la Ficha de Antecedentes Técnicos (FAT) N° SC trece - quince C, que forma parte integrante del presente decreto. Cinco. El concesionario queda sujeto a las leyes y reglamentos que regulan el establecimiento, construcción y explotación de servicios públicos sanitarios y a las normas técnicas, instrucciones, órdenes y resoluciones que dicte la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Seis. Forma parte integrante del presente decreto, el Programa de Desarrollo, los cronogramas de inversiones y la Ficha de Antecedentes Técnicos, correspondientes a los servicios sanitarios otorgados en ampliación, que la empresa Aguas Manquehue S.A. estará obligada a cumplir para materializar el respectivo programa de desarrollo. Siete. El nivel tarifario, respecto del sector materia de la ampliación, corresponde al actualmente vigente para el Sistema Santa María - Los Trapenses, que se encuentran establecidas en el decreto Minecon N°ciento treinta y nueve del dieciséis de septiembre de dos mil quince, grupo uno, publicado en el Diario Oficial con fecha veinticinco de noviembre de dos mil quince, o en el que a futuro lo reemplace. Los antecedentes forman parte del decreto que se extracta, el que fue reducido a escritura pública ante don Andrés Rieutord Alvarado, con fecha 15 de junio de 2021.-

    David Peralta Anabalón, Superintendente de Servicios Sanitarios (S).