GUÍA DE OBLIGACIONES Y BUENAS PRÁCTICAS MEDIOAMBIENTALES PARA EVENTOS Y ACTIVACIONES REALIZADOS AL INTERIOR DEL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO Y SU RED DE PARQUES URBANOS
    INTRODUCCIÓN.

     
    El cuidado del Medio Ambiente es tarea de todos. Es por esto, que en el Parque Metropolitano de Santiago trabajamos en miras de aportar a la felicidad de las personas a través de Parques Urbanos de alto estándar, brindando un lugar para el esparcimiento, cultura, deporte y educación medioambiental, permitiendo la conexión de las personas con la naturaleza, así como la integración social en un entorno seguro y cordial.
     
    OBJETIVO.
     
    Implementar Buenas Prácticas Medioambientales en la realización de los eventos y/o activaciones al interior del Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques Urbanos, estableciendo lineamientos y/o directrices para la autorización de un evento diseñado, organizado y desarrollado, con la finalidad de minimizar los potenciales impactos ambientales negativos, y que se deje un legado beneficioso para la comunidad anfitriona y todos los involucrados, mediante la implementación gradual de obligaciones medioambientales que serán exigibles al mediano plazo, respetando el principio de no regresión en protección medio ambiental, esto es, evitar que aquellas prácticas establecidas como obligatorias y que cuidan el medioambiente al interior de los recintos administrados por el Parque Metropolitano de Santiago, no puedan ser modificadas, si es que esto implicare retroceder respecto a los niveles de protección establecido, o ser dejadas sin efecto, desprotegiendo a las personas y el medio ambiente. Asimismo, se establecen una serie de recomendaciones de carácter no obligatorio que serán consideradas buenas prácticas y que paulatinamente se irán incorporando al catálogo de obligaciones.
    Al momento de presentar la solicitud de autorización del evento o activación, el solicitante deberá llenar el formulario que se pondrá a su disposición por medios electrónicos (mail o página web) en el que deberá hacer una descripción general del evento y/o activación, especificando sus principales características.
     
    ÁMBITO DE APLICACIÓN.
     
    La presente guía, está dirigida a los organizadores de los eventos y/o activaciones, sean estos, personas naturales o jurídicas, representantes de instituciones con o sin fines de lucro, incluyendo sociedades, clubes o asociaciones, que habitual u ocasionalmente organicen espectáculos o actividades (deportivas, comerciales, recreativas, culturales, políticas, religiosas, entre otras), en recintos o espacios habilitados del Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques Urbanos.
    En el contexto descrito, se entenderá por Evento todo acontecimiento previamente organizado que reúne a un determinado número de personas en tiempo y lugar preestablecidos, que desarrollarán y compartirán una serie de actividades afines a un mismo objetivo para estímulo del comercio, la industria, el intercambio social y la cultura general.
    Para efectos de esta guía, entenderemos por activación, la técnica de marketing consistente en el uso de formas de comunicación no masivas segmentadas, creadas para promocionar productos o servicios mediante acciones que impresionen. La principal ventaja de este tipo de acciones no tradicionales de marketing, es que generan una relación con los consumidores, además de lograr un recuerdo grato y crear una experiencia para el cliente.
    Los Eventos o Activaciones que se ejecuten en el Parque Metropolitano de Santiago estarán bajo la responsabilidad y coordinación de la Unidad de Eventos y Activación, dependiente de la Sección de Operaciones del Servicio y aquellos que se ejecuten en la Red de Parques Urbanos, serán preferentemente de responsabilidad y coordinación de la Sección de Parques Urbanos, sin perjuicio que podrán colaborar o sustituirse ambas áreas en la gestión de estos eventos y activaciones.
    EJES PARA LA AUTORIZACIÓN DE UN EVENTO Y/O ACTIVACIÓN EN EL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO Y SU RED DE PARQUES URBANOS.
     
    Al momento de autorizar un evento o activación se considerarán los siguientes ejes:
     
    A. Gestión de residuos.
    B. Parque libre de humo.
    C. Protección de la flora y fauna.
    D. Gestión hídrica responsable.
    E. Uso eficiente de energía eléctrica.
    F. Cuidado del Patrimonio.
     
    GESTIÓN DE RESIDUOS.
     
    Obligaciones mínimas en gestión de residuos para la autorización de un evento:
     
    . El organizador deberá gestionar los residuos generados en el evento y/o activación segregando por tipo en: orgánico, aluminio, papel, vidrios, plástico, cartón y otros que se acuerden.
    . La gestión de los residuos, por parte del organizador responsable, deberá realizarse en lugar que indique la autorización respectiva otorgada por nuestro Servicio, según sea el caso y la naturaleza del evento o activación.
    . En el formulario de solicitud para realización de eventos y/o activaciones, el organizador deberá describir los tipos y cantidad de contenedores para residuos que utilizarán en el evento.
    . El organizador deberá especificar los lugares donde se instalarán los contenedores previa coordinación con el encargado de la Unidad de Eventos y Activación del Parque Metropolitano de Santiago, o a quien se designe para dicha función. Estos deberán instalarse como islas de reciclaje con todos los contenedores, evitando la dispersión.
    . Se deberá señalar la forma y periodicidad de la recolección, y la forma de transporte (características del vehículo, al menos el tipo y la capacidad) de los residuos generados en el evento y/o activación. El organizador siempre deberá prevenir la generación de residuos, fomentar su reutilización, reciclaje y valorización.
    . Estará prohibido durante la activación y/o evento el uso o entrega, a cualquier título, de bolsas, bombillas, revolvedores, vasos, tazas, platos, sachets, cubiertos (tenedor, cuchara y cuchillo) y palillos, contenedores de comida y todos los plásticos que sean de un solo uso.
    . Los organizadores no podrán contabilizar los contenedores ubicados en Parquemet y su Red de Parques Urbanos para la gestión de los residuos del evento y/o activación.
    . Se deberá sensibilizar antes, durante y con posterioridad al evento y/o activación a los participantes a fin de cooperar con la separación de los residuos. Se deberán señalar los medios de difusión que se utilizarán en el formulario de solicitud.
    . El retiro del Parque, en tiempo y forma, de todos los residuos del evento y/o activación, serán de cargo y responsabilidad del organizador. En el formulario de solicitud se deberá indicar el destino de los residuos (garantía de trazabilidad) el cual deberá cumplir con la normativa vigente, debiendo señalar el manejo y tratamiento que se les dará a estos.
    . Una vez terminado el evento o activación, el organizador deberá entregar a la Sección de Parques Urbanos o a la Unidad de Eventos y Activación, según corresponda, el certificado que acredite e indique el retiro y el punto autorizado de acopio donde se depositaron los residuos para su respectivo manejo.
    . En el caso de no dar cumplimiento a lo puntos señalados anteriormente, se procederá a realizar el cobro de la boleta de garantía, en los casos que atendida la naturaleza del evento o activación se haya exigido.
 
    Sugerencias de buenas prácticas en gestión de residuos:
     
    Con la finalidad de mejorar la gestión de residuos durante el evento y/o activación, el o los organizadores, podrán adicionalmente implementar, no siendo de carácter obligatorio ni excluyente para obtener la autorización de un evento o activación, las siguientes sugerencias de buenas prácticas, las que deberán indicarse en el formulario de solicitud respectivo:
     
    - Optar por productos eco diseñados de acuerdo con lo establecido en la Norma Chilena INN N°14.006, si se encuentran disponibles en el mercado.
    - Usar platos, vasos, cubertería, bolígrafos, bolsas de basura, merchandising, etc. de papel reciclado o fabricados a partir de materiales biodegradables (patata, maíz, etc.) o reciclados.
    - Preferir, reparar y reusar muebles y mobiliario, o elegir productos de madera que se encuentren certificados en manejo forestal sustentable (PEFC, FSC o equivalente) y/o productos con una garantía extendida de al menos 5 años junto con la disponibilidad de piezas de repuesto.
    - Preferir aquellos productos certificados en manejo forestal sustentable (PEFC, FSC o equivalente) y/o productos con al menos un 70% de material reciclado (pre o post consumo).
    - Obsequios. Si se estima necesaria la entrega de obsequios, se favorecerán aquellos con certificación de "Comercio Justo" y/o con alguna certificación ligada a la protección ambiental y al desarrollo sostenible; de la misma forma, se preferirán obsequios elaborados con materiales de origen local, regional o nacional, tanto para la reducción de residuos como de emisiones derivadas de su transporte.
    - Alquilar o vender platos y vasos de larga duración (vidrio o cerámica) que puedan devolverse a la organización al final del evento y/o activación, o llevarse a casa como objeto de recuerdo.
    - Comprar alimentos, así como materiales y recursos, con el mínimo envase, por ejemplo: comida a granel y no envasada individualmente, bebidas de grifo o en envases de 2 y 5 litros, materiales embalados en cajas de cartón, etc.
    - La cartelería estándar o tarjetas de identificación del evento y/o activación sean reutilizables de cara a próximos eventos.
    - La construcción de stands fácilmente desmontables y/o reutilizables, privilegiando la utilización de materiales reciclados o respetuosos con el medio ambiente y de fácil segregación tras su utilización, para una correcta gestión como residuo.
    - Utilizar jabones y detergentes lo más ecológicos posible (biodegradables, sin fosfatos y con escasas cantidades de tensoactivos).
    - Reutilizar todos los materiales posibles de eventos anteriores.
    - Usar productos en envases que se pueden reciclar localmente.
    - Preferir productos y/o proveedores de servicios que contemplen el uso de artículos reusables, reciclables o biodegradables/compostables. En este caso, se recomienda tener visibles las certificaciones reconocidas internacionalmente o disponibles para quien lo requiera.
    - Utilización de fuentes de osmosis inversa o con filtros (dispensadores) para evitar el consumo masivo de agua embotellada.
    - Priorizar los envases reusables para productos líquidos o gaseosas.
    - Preferir productos de temporada local, alimentos saludables y/o de producción local. Priorizar opciones de productos con menor cantidad de envases y embalajes.
    - Apoyar a empresas socialmente responsables que tengan iniciativas ambientales o sociales para mejorar la comunidad y que estén debidamente certificadas.
     
    PARQUES LIBRES DE HUMO Y CONTAMINACIÓN.
     
    El Parque Metropolitano de Santiago, promueve Parques libres de contaminación y libres de humo.
     
    Parques libres de humo y contaminación:
     
    . Se establece que en nuestros Parques "No se permite fumar" y sólo estará permitido en aquellas áreas o zonas establecidas para ello.
    . Excepcionalmente, se podrán autorizar "zonas de fumadores" en eventos o activaciones que no sean de carácter deportivo o para público infantil. Para lo cual:
     
    - Se deberá solicitar fundadamente en el formulario.
    - Se deberá indicar la extensión de la zona que se destinará para fumadores, la cantidad de ceniceros, la cantidad de extintores y la forma de recolectar las colillas post evento, lo que deberá ser autorizado y/o coordinado con la Unidad de Eventos y Activación del Parque Metropolitano de Santiago, expresamente.
     
    Sugerencias de buenas prácticas - parques libres de humo y contaminación:
     
    Con la finalidad de promover la ejecución de eventos o activaciones libres de humo y contaminación, el o los organizadores podrán adicionalmente implementar, no siendo de carácter obligatorio ni excluyente para obtener la autorización de un evento o activación, las siguientes buenas prácticas ambientales, las que deberá indicar en el formulario de solicitud respectivo:
     
    - Instalar una custodia de bicicletas o bicicleteros móviles para promover el acceso en bicicleta al evento y/o activación.
    - Campañas o acciones durante el evento y/o activación para desincentivar el consumo de cigarrillos y de vehículos motorizados de combustión interna u otras fuentes de contaminación.
    - Promover la utilización de formas alternativas y no contaminantes de movilización.
     
    SE RESTRINGE EL ACCESO EN VEHÍCULO MOTORIZADO.
     
    . Los organizadores del evento y/o activación, deberán promover entre sus asistentes, el uso de transportes menos contaminantes, fomentando el uso de bicicletas, las caminatas, el transporte público o transportes internos (funicular, teleférico, buses) dispuesto para el evento o activación.
    . Respecto de los vehículos que podrán ingresar, del tránsito, circulación y de los horarios: Previa solicitud especial en el formulario, será evaluado por la Sección de Operaciones y/o Unidad de Seguridad y/o Unidad de Eventos y Activaciones o la Sección, de Parques Urbanos según corresponda, quienes tendrán en consideración la normativa interna que regule la movilidad al interior del respectivo parque y en base a ello, dar la autorización y los lineamientos según el evento y/o activación, para:
     
    - Buses de acercamiento al interior del recinto.
    - Vehículos que ingresarán para realizar el montaje y desmontaje del evento y/o activación, considerando dentro del montaje y desmontaje, los vehículos de los proveedores de insumos o mercadería del evento.
     
    . Se prohíbe la manipulación de elementos combustibles en los eventos y/o activaciones como fogatas, el uso de fuegos artificiales o de pirotecnia, realizar asados, lanzar globos aerostáticos y la quema de cualquier tipo de productos o sustancias. Aquellos eventos y/o activaciones que requieran mantener encendidos por largos periodos de tiempo motores de combustión, deberán informarlo en el formulario.
     
    PROTECCIÓN DE LA FLORA Y LA FAUNA.
     
    El Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques Urbanos tienen como principales obligaciones proteger y difundir el conocimiento de la flora y fauna universal, en especial de las autóctonas propendiendo su conservación y preservación.
    Por tal motivo, se establecerá una visita técnica en terreno, previo a la autorización del evento y/o activación, al lugar requerido por el solicitante. Para lo anterior, se coordinará con la División de Parques y Jardines y/o la Sección de Educación e Investigación Ambiental y/o con el/la inspección del contrato del Parque Urbano y la Unidad de Eventos y Activación, la visita al lugar para establecer factibilidad técnica de la autorización de dicho evento y/o activación.
     
    Obligaciones para la protección de la flora y la fauna:
     
    . Proteger los fustes (troncos) de los árboles emplazados en el lugar en donde se realicen eventos y/o activaciones con materiales adecuados para ello (vallas de metal, fardos de paja, etc.) según recomendación de la División de Parques y Jardines de Parque Metropolitano de Santiago o de la Sección Parques Urbanos del Parque Metropolitano de Santiago, según corresponda.
    . No se podrá instalar ningún tipo de infraestructura pesada al interior de los jardines del Parque, ya sea en las circulaciones, prados, macizos arbustivos y/o arbóreos. Solamente en áreas despejadas donde no implique posibles daños a la vegetación y/o sistemas de riego. Excepcionalmente, se podrán autorizar eventos y/o activaciones en zonas como las anteriormente señaladas, siempre y cuando esté debidamente fundamentado y argumentado su uso, con la respectiva asesoría de la División de Parques y Jardines y la sección de la Red de Parques Urbanos, según corresponda.
    . Se debe cuidar y evitar cualquier daño posible a todo sistema de riego existente en el sector (sistemas tecnificados, por aspersión, válvulas de acople, u otros).
    . Cualquier daño a la vegetación o sistema de riego existente en el lugar del evento o activación deberá ser repuesto o reparado por la organización del evento.
    . En caso de la instalación de toldos, stands, anfiteatros móviles u otras estructuras livianas, estas deberán estar dispuestas sin estacas, en sectores de circulaciones o espacios con maicillo dentro del jardín y reguladas por un supervisor de la Sección de Operaciones.
    . En casos especiales, y previa autorización de la Unidad de Eventos y Activación, con la asesoría de la División de Parques y Jardines o de la Sección de Parques Urbanos, según corresponda, se podrán autorizar estacas provisorias siempre y cuando no se dañen las especies vegetales y/o infraestructura.
    . La eventual instalación de baños químicos debe ser siempre sobre caminos de maicillo o en zonas pavimentadas.
    . No se autoriza el ingreso de vehículos a los jardines del Parque.
    . Previo y post al evento y/o activación, la Unidad de Eventos y Activación o de la Sección Parques Urbanos del Parque Metropolitano de Santiago, realizará una evaluación del lugar para fiscalizar que efectivamente se cumplieron las medidas de cuidado y protección a la flora y fauna del Parque.
    . Está Prohibido cortar ramas, árboles, sacar arbustos o plantas del Parque.
    . Está Prohibido pintar, decorar árboles, arbustos, plantas del lugar en donde se autorizó a realizar el evento y/o activación. En casos especiales, y previa autorización de la Unidad de Activaciones y Eventos, con la asesoría de la División de Parques y Jardines o de la Sección de Parques Urbanos, según corresponda, se podrán autorizar decoraciones provisorias siempre y cuando no se dañen las especies.
    . Se deberán instalar señalizaciones claras y carteles de atención en lugares estratégicos del Parque donde se encuentre nuestra flora y fauna, donde no esté permitido el acceso a público, o se deba tener un cuidado especial, las que le serán indicadas al momento de autorizar el evento.
    . Los eventos ciclísticos y de senderismo solo se podrán ejecutar en aquellas zonas, rutas o senderos expresamente autorizadas.
     
    GESTIÓN HÍDRICA RESPONSABLE.
     
    En nuestros Parques, es fundamental cuidar el agua como un recurso natural prioritario. Para lograr el consumo eficiente de agua (m3) en la producción de eventos y/o activaciones en que se va a utilizar este recurso, se deberá desarrollar una estrategia enfocada en el uso y consumo responsable del agua, aplicación de medidas que permitan su reutilización y su optimización. La organización del evento y/o activación deberá evaluar aplicar medidas que busquen proteger y optimizar el uso del agua, evitar su contaminación, así como también adoptar medidas para la reutilización.
    Al momento de solicitar autorización se deberá llenar el formulario indicando todos los tipos de agua a utilizar según su uso o destino, clasificándola en dos grandes grupos: i) agua para consumo: La que incluye las aguas destinadas a consumo de los asistentes y aquellas que se utilicen en los servicios higiénicos, y, ii) aguas vertidas: comprendiendo estas a aquellas que sean utilizadas con fines recreacionales, así como también aquellas que se utilizan para la mantención o limpieza.
     
    Obligaciones en la gestión hídrica:
     
    . Se prohíbe mantener en forma constante corriendo llaves de agua y/o grifos del Servicio y/o TK de regadío y/o tomas de aspersores.
    . Se prohíben eventos y/o activaciones en que el agua sea vertida para fines exclusivamente recreacionales, con excepción del uso de las piscinas del Parque y/o piletas con bombas de circulación. Una vez terminado un evento y/o activación que involucre utilización de agua, previa coordinación con la División de Parques y Jardines o la Sección Parques Urbanos, según corresponda, esta agua, servirá como regadío en un área verde del mismo Parque.
    . Para eventos y/o activaciones donde se requieran la implementación de baños químicos, se debe priorizar baños ecológicos; además, se deben especificar cantidad de estos baños, los lugares donde estarán ubicados y especificar, por medio de un documento, el destino y tratamiento de los residuos.
    . El organizador deberá sensibilizar a sus asistentes frente al consumo responsable de agua por medio de instrumentos de comunicación, como herramienta de educación ambiental. Para estos efectos llenará el formulario indicando la forma en que implementará esta medida.
 
    Se prohíbe el uso de limpiadores a base de cloro, ácidos inorgánicos, ambientadores químicos y aerosoles que dañen la capa de ozono.

    Sugerencias de buenas prácticas - en la gestión hídrica:

    Con la finalidad de mejorar la gestión hídrica durante el evento y/o activación, el o los organizadores podrán adicionalmente implementar, no siendo de carácter obligatorio ni excluyente para la autorización de un evento o activación, las siguientes sugerencias de buenas prácticas, las que deberán indicarse en el formulario respectivo:
     
    - Utilizar equipos que ahorren agua, como reductores de presión en los grifos de agua.
    - Preferir sistemas de climatización con enfriamiento por aire.
    - Preferir el uso de y productos biodegradables y/o productos concentrados.
    - Reducir al mínimo la evaporación, por ejemplo: regando durante las horas tempranas o por la noche. No regar en días ventosos, y chequear la correcta posición de regadores hacia pasto y plantas. Cuidar que no se pierda agua en superficies impermeables (como el pavimento).
    - Implementar un programa para la reutilización del agua para riego o actividades de limpieza.
     
    GESTIÓN RESPONSABLE DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
     
    El Parque Metropolitano de Santiago, privilegiará los eventos y/o activaciones, que se realicen durante el horario diurno de funcionamiento de los Parques. Excepcionalmente, se autorizarán eventos nocturnos lo que se deberá expresar al completar el formulario de solicitud.
     
    Obligaciones en la gestión de la energía eléctrica:
     
    . Para el caso de autorizarse la realización de eventos y/o activaciones que requieran de energía eléctrica, estos deberán contar con generadores eléctricos propios y aptos para satisfacer la totalidad de su consumo eléctrico y utilizando equipos que generen menor ruido, los que deberán cumplir con la normativa de emisiones.
    . Previo a autorizar el evento y/o activación, el solicitante deberá indicar las necesidades energéticas de este, el tipo de combustible que se utilizará para la generación de energía y registrar la cantidad de equipos para iluminación del evento, privilegiando iluminación de bajo consumo eléctrico.
     
    GESTIÓN RESPONSABLE DEL PATRIMONIO.
     
    El Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques Urbanos tienen como principales obligaciones proteger, preservar y promover el resguardo y cuidado del patrimonio. Al autorizar la realización de un evento y/o activación se deberán respetar las obligaciones descritas a continuación:
     
    Obligaciones en la gestión responsable del patrimonio:
     
    . Al momento de realizar un evento y/o activación el solicitante deberá velar porque se respete las siguientes obligaciones:
     
    - Está Prohibido apoyar, anclar, amarrar y/o perforar cualquier tipo de superficie, elemento o estructura para la instalación, a modo de ejemplo: lienzos o letreros publicitarios.
    - Está Prohibido realizar cualquier tipo de rayados y/o publicidad sobre las esculturas, hitos arquitectónicos o fichas de información en Casa Anáhuac, Torreón Victoria, Acceso funicular y muro piscina Tupahue.
    - Está Prohibido sacar fotografías con flash a los muros de la Casa Anáhuac y el muro de la piscina Tupahue.
     
    GESTIÓN DE RUIDOS.
     
    Para autorizar la realización de un evento y/o activación, el solicitante debe hacer una eficiente gestión de los ruidos. Es fundamental que los organizadores de los eventos y/o activaciones tomen los resguardos necesarios para evitar el impacto acústico en la comunidad aledaña a 200 mts, así como también en la fauna silvestre del lugar.
     
    Al momento de efectuar una solicitud, se debe hacer una descripción general de las actividades y fuentes generadoras de ruido que se considerarán, tales como: sistema de refuerzo sonoro, grupos electrógenos, bombas de aire para juegos de entretención, entre otros, especificando en cada caso, su ubicación, horario y tiempo durante el cual se encontrarán operativos.
     
    Obligaciones gestión de ruido:
     
    . Para el caso puntual de eventos y/o activaciones con sistema de refuerzo sonoro, se deberá describir:
     
    - Potencia eléctrica del sistema de refuerzo sonoro a emplear.
    - Horarios en que se utilizará refuerzo sonoro.
    - Ubicación y orientación del sistema de refuerzo sonoro.
    - Ubicación y extensión del área de audiencia que se desea cubrir con el sistema de amplificación, además del número de asistentes.
    - Una descripción de las medidas de control y gestión de ruido que se adoptarán para reducir o mitigar el impacto que pueda generar el evento y/o activación, ya sea en los sitios sensibles externos al recinto, como en los trabajadores que se ubiquen en su interior. Para tal efecto se deberá señalar:
    – Fuente y actividad que se desea controlar con la medida.
    – Nombre o identificación de la medida adoptada.
    – Descripción de la medida a emplear, señalando las propiedades o características que debe cumplir para reducir o mitigar el potencial impacto.
    – Estas medidas deberán garantizar que las dosis de ruido no sean molestas para la comunidad colindante.
     
    . Identificar, dentro de la zona de impacto de 200 mts. a la redonda: del (los) sistema(s) de amplificación, sitios sensibles al ruido tales como: viviendas, establecimientos de salud pública o privada, casas de acogida para adultos mayores, establecimientos educacionales, jardines infantiles, entre otros. Lo anterior, a objeto de establecer medidas orientadas al control de ruido y difusión de información a dichos sitios sensibles.
    . Previo al evento, se deberá tener una descripción del método que se adoptará para la difusión de información a la comunidad, específicamente para los sitios sensibles identificados, a objeto de involucrar a dichos receptores mediante la información de horarios de realización del evento y generación de ruidos, así como las medidas que se adoptarán para minimizar o mitigar su impacto acústico. La organización que desee realizar un evento de alta convocatoria (500 o más personas), deberá presentar una carta de compromiso de acuerdo con el presidente de la o las Junta(s) de Vecinos respectiva, que se puede ver afectada, con ruidos molestos o cortes de tránsito o alguna actividad que les impida realizar sus labores normalmente.
     
    EVENTOS CON SISTEMAS DE REFUERZO SONORO, SEGÚN SE DETALLA.
     
    Para eventos y/o activaciones que requieren un sistema de refuerzo sonoro, se debe considerar la distancia de 200 metros a partir del límite predial de Parquemet y/o la Red de Parques Urbanos para controlar las emisiones de ruido generadas por aquellos eventos que requieren utilizar refuerzo sonoro y prevenir altos niveles de exposición para el personal que trabaja en el evento y para los asistentes al mismo; se debe considerar las siguientes obligaciones.
     
    Responsabilidades y obligaciones eventos con sistemas de refuerzo sonoro:
     
    . Se deberán identificar y detallar las zonas al interior del recinto donde potencialmente se superen los niveles de ruido que establece el DS N° 594/99 Ministerio de Salud (Minsal), y así mismo los máximos que establece el DS N° 10/2010 del mismo Ministerio. Lo anterior, con la finalidad de prevenir altos niveles de exposición para el personal que trabaja en el evento o activación y para los asistentes al mismo.
    . Establecer horarios para la prueba de sonido:
   
    Para el caso específico de eventos con sistemas de refuerzo sonoro o amplificación se deberá realizar la prueba de sonido en los siguientes horarios:
     
    - Para el inicio de la prueba de sonido, después de las 11:00 horas.
    - Para el término de la prueba de sonido, hasta las 21:00 horas.
    - La prueba de sonido deberá tener una duración máxima de 1 hora (por día).
     
    . Configuración del sistema de refuerzo sonoro:
     
    Para definir e instalar una configuración y ubicación de los equipos de refuerzo sonoro (parlantes) con el objetivo de generar el menor impacto a los vecinos y sitios sensibles, el diseño del sistema de refuerzo sonoro debe considerar una potencia acorde a la cantidad de público y extensión del área de audiencia, cuidando en todo momento que no sea sobredimensionado. Para un adecuado diseño del sistema de refuerzo sonoro, se recomienda considerar lo siguiente:
     
    - Que el sonido sea dirigido en dirección contraria a los recintos considerados como sensibles en el entorno.
    - Los altavoces aéreos deberán cubrir sólo al público asistente al evento.
    - Distanciar al máximo las fuentes de ruido de los receptores.
    - Aprovechar las barreras físicas o naturales para atenuar el ruido.
     
    MONITOREO DE NIVELES DE RUIDO: PARA EVENTOS DE ALTA CONVOCATORIA Y EVENTOS DE JORNADAS EXTENSAS.
     
    Para el caso de eventos de alta convocatoria (500 personas o más) que utilicen sistema de refuerzo sonoro durante jornadas extensas, o que su desarrollo considere más de un día de manera consecutiva, como por ejemplo: festivales musicales con artistas nacionales e internacionales.
     
    Obligaciones de monitoreo de niveles de ruido:
     
    . Para eventos de alta convocatoria: que utilicen sistemas de refuerzo sonoro, identificar dentro de la zona de impacto la distancia de 200 metros que deberá considerarse a partir del límite predial del recinto.
    . Pruebas de sonidos extensas: En el caso de realización de festivales musicales con participación de distintos artistas, se recomienda coordinar y comunicar a la comunidad aledaña la extensión de las pruebas de sonido. Para la definición de horarios óptimos de realización de pruebas de sonido, se deberá tomar en consideración aquellos periodos del día que permitan menos interferencia con las actividades habituales de los sitios sensibles (Por ejemplo: horarios de clases en el caso de establecimientos educacionales) y que se acordarán con la Unidad de Eventos y Activaciones o la sección de Parques Urbanos del Parque Metropolitano de Santiago según corresponda.
     
    - Se recomienda a los eventos y/o activaciones que utilicen refuerzo sonoro, tener en cuenta el siguiente horario:
     
    - Para el inicio del evento: posterior a las 9:00 horas.
    - Para el término del evento: se coordinará con la Unidad de Eventos y Activaciones o la Sección de Parques Urbanos del Parque Metropolitano de Santiago según corresponda.
     
    . Realizar mediciones de niveles de presión sonora: en las zonas de trabajo, como por ejemplo casetas de control de audio y escenarios, áreas de audiencia y en los sitios sensibles externos al evento de mayor exposición a ruido (por ejemplo: viviendas, establecimientos de salud, establecimientos educacionales, jardines infantiles, casas de acogida para adultos mayores, entre otros), durante el evento y pruebas de sonido correspondientes.
    . Información a la comunidad: Se debe informar a la comunidad, especialmente a los receptores sensibles en la zona de impacto, sobre el evento a realizar, a lo menos con una semana de antelación, con la siguiente información:
     
    - Nombre de la empresa organizadora.
    - Descripción de las actividades del evento. En el caso de eventos musicales, señalar: nombre del evento, artista y/o grupos o espectáculo a desarrollarse. Datos de contacto en caso de reclamos (teléfono, correo electrónico).
    - Días y horarios (inicio y fin) de prueba de sonido.
    - Días y horarios (inicio y fin) del evento.
    - Se recomienda facilitar entradas para un evento a la comunidad colindante de Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques Urbanos, con la finalidad de mitigar el impacto que pueda causar dicho evento.
    - Se recomienda incluir una publicación sobre el evento en la página web del organizador, con la mayor cantidad de información del evento y ponerla a disposición del público en general.
    - Si durante las pruebas de sonido o la realización al evento y/o activación surge algún problema o imprevisto referido a la gestión de los niveles de ruido, el Parquemet solicitará a la organización se tomen las medidas correctivas necesarias a fin de subsanar la situación en forma inmediata.
     
    Martín Andrade Ruiz-Tagle, Director, Parque Metropolitano de Santiago.