PERMISO DE CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALZADA CON PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN LAS CONDICIONES QUE SE SEÑALAN. AUTORIZA CIERRE Y OCUPACIÓN DE CALLE AVENIDA SAN MARTÍN PONIENTE ENTRE CALLES 15 NORTE Y TENIENTE MERINO, CALLE TENIENTE MERINO ENTRE CALLES SAN MARTÍN Y AVENIDA PERÚ, AVENIDA PERÚ ENTRE CALLES TENIENTE MERINO Y LOS HÉROES, CALLE LOS HÉROES ENTRE CALLES AVENIDA PERÚ Y SAN MARTÍN, CALLE SAN MARTÍN ENTRE CALLES LOS HÉROES Y UNO NORTE, PUENTE CASINO ENTRE CALLES UNO NORTE Y AVENIDA LA MARINA, CALLE AVENIDA LA MARINA PONIENTE ENTRE PUENTE CASINO Y CALLE VIANA, DE LA COMUNA DE VIÑA DEL MAR, Y PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN DICHO TRAMO
    Núm. 31/8/1.320 exenta.- Valparaíso, 9 de agosto de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en los artículos 113 del DFL Nº 1 de 2007, de los Ministerios de Justicia, y de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.290 de Tránsito; la ley Nº 18.059; el decreto supremo Nº 83 de 1985 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, relativo a las redes viales básicas; artículo 5º transitorio de la Ley 21.074, de Fortalecimiento Regional; el decreto supremo Nº 71 de 2019, que Individualiza Competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los Gobiernos Regionales de acuerdo al artículo Quinto Transitorio de la Ley 21.074 de Fortalecimiento de la Regionalización del País; la resolución Núm. 7.- Santiago, 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y lo demás que resulte aplicable.
     
    Considerando: 
     
    1° Que, por razones de urgencia para la realización de actividad deportiva, se solicita autorización para cierre y ocupación de calle Avenida San Martín poniente entre calles 15 Norte y Teniente Merino, calle Teniente Merino entre calles San Martín y Avenida Perú, Avenida Perú entre calles Teniente Merino y Los Héroes, calle Los Héroes entre calles Avenida Perú y San Martín, calle San Martín entre calles Los Héroes y Uno Norte, Puente Casino entre calles Uno Norte y Avenida La Marina, calle Avenida La Marina poniente entre Puente Casino y calle Viana, de la comuna de Viña del Mar. Esta solicitud la ha presentado la I. Municipalidad de Viña del Mar y se enmarca en la actividad deportiva denominada "Plan Piloto Ciclorecreovía", organizada por la I. Municipalidad de Viña del Mar. Responsable de esta actividad es la Directora de Desarrollo Comunitario, RUT 16.143.513-9, domiciliada en calle 2 Oriente 1021 de la comuna de Viña del Mar. 
    2° Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:
   
    1° Autorícese permiso para el cierre y ocupación de calle Avenida San Martín poniente entre calles 15 Norte y Teniente Merino, calle Teniente Merino entre calles San Martín y Avenida Perú, Avenida Perú entre calles Teniente Merino y Los Héroes, calle Los Héroes entre calles Avenida Perú y San Martín,  calle San Martín entre calles Los Héroes y Uno Norte, Puente Casino entre calles Uno Norte y Avenida La Marina, calle Avenida La Marina poniente entre Puente Casino y calle Viana, de la comuna de Viña del Mar, y se prohíbe circulación de vehículos motorizados en dicho tramo, todos los días domingo desde el domingo 14 de agosto hasta el domingo 31 de octubre de 2022, entre las 09.00 hrs. hasta las 13.00 hrs.
    2° Desvíos. El flujo vehicular, que en su trayecto tenga como vía de circulación las señaladas en el resuelvo Nº 1, deberán adoptar los siguientes desvíos de tránsito:
     
    Las alternativas de desvíos de tránsito son:
     
    Vehículos provenientes desde el norte por Avenida Jorge Montt: Av. Jorge Montt - Rotonda Benidorm - Avenida Benidorm (15 Norte) - Av. Libertad - calle Uno Norte - Puente Casino (calzada oriente) - calle Von Schroeder - calle Viana.
     
    3° Adóptense por parte del responsable, todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de la actividad debiendo también implementar las medidas de mitigación y seguridad pertinentes, instalando las señaléticas respectivas que resguarden la seguridad tanto peatonal como vehicular.
    Deberá además coordinar la instalación de señalización en el sector donde se realizará el cierre y ocupación temporal de las vías, según lo señala el Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl) y debiendo respetar estrictamente el período de cierre de la calle, en los tramos y horas indicados en la presente resolución.
    4° Fiscalización. Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita.       
    5° Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.-

 
    Juan Francisco Araya Olivares, Gobernador Regional (S), Gobierno Regional de Valparaíso.