NOMBRA A DOÑA MARCELA PATRICIA LARA CATALÁN EN EL CARGO DE CONSEJERA ACADÉMICA O PROFESIONAL DE RECONOCIDO PRESTIGIO EN EL ÁREA DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN
Núm. 46.- Santiago, 7 de febrero de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 del decreto Nº 100, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en los artículos 4, 14 y 16 del DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley de Presupuestos del Sector Público vigente; en el DFL Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado, de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005; en el artículo cuadragésimo octavo y siguientes de la ley Nº 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que indica; en el decreto supremo Nº 70, de 2010, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para la designación de integrantes del Consejo Nacional de Educación; en el decreto Nº 461, de 2015, del Ministerio de Educación; en la resolución exenta Nº: PIN-RE-00837-2020, de 25 de agosto de 2020, del Servicio Civil; en la resolución exenta Nº: PIN-RE-00895-2020, de 4 de septiembre de 2020, del Servicio Civil; en el Of. Res. Nº 80, de 19 de noviembre de 2020, del Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública; en el oficio Gab. Pres. Nº 1799, de 21 de diciembre de 2021, del Presidente de la República; en el certificado, de fecha 27 de enero de 2022, del Secretario General del Senado; en el oficio ordinario Nº PIN-OO-00070-2022, de 4 de febrero de 2022, y sus antecedentes, del Director Nacional (S) Servicio Civil, y en las resoluciones Nº 6 y Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
Que, el artículo 85 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, crea el Consejo Nacional de Educación.
Que, el artículo 89, letra c) del citado DFL, consagra que el Presidente de la República designará a cuatro académicos o profesionales de reconocido prestigio propuestos por el Presidente de la República para ser ratificado en el Senado por los dos tercios de los senadores en una votación, debiendo, al menos, tres de ellos contar con un reconocido prestigio en el área de la educación parvularia, básica o media, correspondiendo uno a cada nivel.
Que, mediante decreto Nº 461 de 16 de octubre de 2015, del Ministerio de Educación, se nombró a la Consejera Académica o Profesional de reconocido prestigio en el área de la Educación Parvularia, del Consejo Nacional de Educación.
Que, mediante la resolución exenta Nº PIN-RE-00837-2020, de 25 de agosto de 2020, del Servicio Civil, se convocó al proceso de selección público y abierto, de amplia difusión, para proveer el citado cargo.
Que, posteriormente, a través de la resolución exenta Nº PIN-RE-00895-2020, de 4 de septiembre de 2020, el Servicio Civil decidió ampliar las convocatorias de los procesos de selección públicos, abiertos y de amplia difusión para proveer los cargos que indican, entre los cuales se encuentra el de Consejera Académica o Profesional de reconocido prestigio en el área de la Educación Parvularia, del Consejo Nacional de Educación.
Que, luego, con fecha 19 de noviembre de 2020, el Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública remitió mediante oficio reservado Nº 80 a S.E. el Presidente de la República, la nómina de candidatos/as propuestos por ese Consejo para proveer el aludido cargo.
Que, en atención a lo anterior, el Presidente de la República, mediante oficio Gab. Pres. Nº 1799, de fecha 21 de diciembre de 2021, comunicó a la Presidenta del H. Senado, su decisión de nombrar en el cargo de Consejera Académica o Profesional de reconocido prestigio en el área de la Educación Parvularia, del Consejo Nacional de Educación, a doña Marcela Patricia Lara Catalán, por cuanto cumple con los requisitos legales y el perfil para el desempeño del cargo, haciendo presente la urgencia en el despacho de esta materia, en los términos a que alude el párrafo segundo, del Nº 5, del artículo 53 de la Constitución Política.
Que, el párrafo segundo del número 5) del artículo 53 de la Constitución Política establece: "Si el Senado no se pronunciare dentro de treinta días después de pedida la urgencia por el Presidente de la República, se tendrá por otorgado su asentimiento;".
Que, con fecha 27 de enero de 2022, el Secretario General del Senado, certifica que a dicha fecha esa Honorable Corporación no se ha pronunciado respecto a la solicitud de nombramiento realizada por el Presidente de la República.
Que, mediante oficio ordinario Nº PIN-OO-00070-2022, de 4 de febrero de 2022, y sus antecedentes, el Director Nacional (S) Servicio Civil remite carpeta para tramitar nombramiento del cargo de Consejera Académica o Profesional de reconocido prestigio en el área de la Educación Parvularia, del Consejo Nacional de Educación.
Que, en virtud de lo expuesto y, de la normativa vigente al efecto, es preciso proceder a la dictación del presente acto administrativo que nombra a la persona señalada en el cargo antes indicado.
Decreto:
1.- Desígnese a doña Marcela Patricia Lara Catalán, cédula de identidad Nº 10.333.812-3, Educadora de Párvulos, en el cargo de Consejera Académica o Profesional de reconocido prestigio en el área de la Educación Parvularia, del Consejo Nacional de Educación, CNED, con residencia en Santiago.
2.- La designación de doña Marcela Patricia Lara Catalán, en el cargo de Consejera Académica o Profesional de reconocido prestigio en el área de la Educación Parvularia, del Consejo Nacional de Educación, regirá a contar de esta fecha, la que, por razones impostergables de buen servicio, deberá asumir sus funciones en la fecha indicada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
3.- En conformidad a lo dispuesto en el artículo 89, del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, el presente nombramiento se extenderá por el plazo legal de seis (6) años.
4.- Doña Marcela Patricia Lara Catalán tendrá derecho a percibir una dieta equivalente a 15 unidades de fomento por cada sesión a la que asista, con un máximo de 60 de dichas unidades por mes calendario. Esta dieta será compatible con otros ingresos que perciba el Consejero.
5.- El gasto que demande el presente decreto se imputará a la Partida presupuestaria que corresponda.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Jorge Poblete Aedo, Ministro de Educación (S).
Lo que transcribo a Ud. para su conocimento.- Felipe Serey Guerra, Subsecretario de Educación (S).