NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: "CONDOMINIOS LOS AGUSTINOS, DON MANUEL Y TRES PIEDRAS"
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ("RSEIA"), se comunica que, mediante resolución exenta Nº 202213101674, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, de 27 de septiembre de 2022, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley Nº 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Condominios Los Agustinos, Don Manuel y Tres Piedras", emplazado en la comuna de Quilicura, cuyo titular es Inmobiliaria Los Silos III S.A.
Que, el Proyecto "Condominios Los Agustinos, Don Manuel y Tres Piedras", consiste en la construcción de 3 conjuntos habitacionales denominados "Los Agustinos", "Don Manuel" y "Tres Piedras" correspondientes a Condominio Tipo "A", para Uso Residencial con destino vivienda económica de integración social Decreto DS Nº 19 V. y U. y Tipo de Uso Equipamiento clase Comercio. (Art. 2.1.27, 2.1.33 O.G.U.C.), el cual contempla un total de 37 edificios de 4 pisos, 592 departamentos, 2.368 habitantes proyectados, 8 locales comerciales, 302 estacionamientos vehiculares y 246 estacionamientos de bicicletas, todo lo anterior sobre una superficie de terreno neta de 36.006,25 m², emplazados en calle Pedro Riveros Nº 1381, Nº 1401 y Nº 1411, Lotes 1A1, 1A2 y 1A3 respectivamente, de la comuna de Quilicura, Región Metropolitana.
Que, esta Dirección Regional estima que el Proyecto genera cargas ambientales para las comunidades próximas, por cuanto, en primer lugar, se cumple con el requisito de generar un beneficio social, debido a la relación directa existente entre el proyecto y la satisfacción de necesidades básicas de la comunidad, como lo es la necesidad de vivienda, y en segundo término, que se generarán externalidades ambientales negativas en localidades próximas al Proyecto, durante su construcción y operación, de acuerdo a lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la ley 19.300.
En virtud de lo anterior, y conforme al artículo 30 bis de la Ley 19.300, y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la comunidad podrá realizar observaciones a la Declaración dentro de un plazo de 20 días hábiles, contados desde la presente publicación.
El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en:
. Dirección Regional del SEA, ubicada en calle Miraflores Nº 178, piso 3, Santiago.
. Sitio web www.sea.gob.cl.
Arturo Farías Alcaíno, Director Regional, Servicio de Evaluación Ambiental, Región Metropolitana de Santiago.