DECRETO ALCALDICIO QUE PROCLAMA PUBLICACIÓN MODIFICACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE LITUECHE, ZONAS ZE-1 Y ZE-2
    Litueche, 5 de octubre de 2022.- Hoy se ha decretado lo siguiente:
    Núm. 1.112.
     
    Considerando:
     
    1. Ley N° 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades".
    2. El DFL N°458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    3. El DS (V. y U.) N°47, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    4. La ley N°19.300, de 1994, Ley sobre Bases Generales del Ambiente, y sus modificaciones posteriores, particularmente las relativas al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica introducidas mediante la ley 20.417 de 2010.
    5. El decreto N°32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica.
    6. Que mediante decreto alcaldicio N° 715 de fecha 15 de junio de 2020, se aprobó el contrato para la ejecución del estudio, Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche.
    7. El Reglamento EAE, aprobado por decreto N°32 de 2015 (D.O. 04.11.2015), señala en su artículo 14 que el diseño de una política, plan o instrumento de ordenamiento territorial que se someta a Evaluación Ambiental Estratégica se iniciará por medio de un acto administrativo dictado por el órgano responsable.
    8. Que la antedicha disposición especifica igualmente los contenidos del acto administrativo del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.
    9. El decreto alcaldicio N° 864 de fecha 15 de julio de 2020, que aprueba el inicio del Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche".
    10. El Ord N° 440 de fecha 15 de julio de 2020, emitido por el Alcalde de la I. Municipalidad de Litueche, que informa a la Seremi del Medio Ambiente de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins el inicio del Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche".
    11. El Ord N° 249 de fecha 24 de julio de 2020, emitido por el Seremi de Medio Ambiente que responde favorablemente al inicio del Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche".
    12. El Ord N° 253 de fecha 30 de julio de 2020, emitido por el Seremi de Medio Ambiente, que corrige texto oficio ord N° 249 de fecha 24 de julio de 2020.
    13. Publicación Diario Oficial de fecha 10 de agosto de 2020, que señala el Inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche", indicando el lugar, dirección y horario de exposición de antecedentes.
    14. Publicación Diario El Rancagüino de fecha 14 de agosto de 2020, que señala el Inicio del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche", indicando el lugar, dirección y horario de exposición de antecedentes.
    15. La Exposición de Antecedentes se realizó por 30 días hábiles a partir del día 14 de agosto de 2020.
    16. Se realizó un taller con los Organismos de Administración del Estado el día 11 de septiembre de 2020, a las 10:00 hrs. (actividad vía Zoom).
    17. Se realizaron talleres de Participación Ciudadana el día 14 de septiembre de 2020, en dos jornadas, una desde las 14:00 hrs. hasta 15:00 hrs. y la segunda desde 15:30 hrs. hasta las 16:30 hrs. (actividad presencial).
    18. Se realizó el día 16 de septiembre de 2020, una visita a terreno voluntaria por parte del Sr. Eduardo Tamayo Barrera, Profesional RRNN y EAE Seremi del Medio Ambiente Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
    19. Informe Etapa 1 Diagnóstico de fecha 2 de noviembre de 2020, elaborado por la Consultora Ciudad de Bolsillo, dando cuenta de todas las actividades señaladas precedentemente.
    20. El decreto alcaldicio N° 1.394 de fecha 9 de noviembre de 2020, que aprueba la Paralización del Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche". Este decreto obedece a permitir que la I. Municipalidad de Litueche lleve a cabo el proceso Imagen Objetivo de la Modificación del PRC de Litueche, de acuerdo a lo señalado con el Artículo 28 Octies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones
    21. El decreto alcaldicio N° 1.512 de fecha 27 de noviembre de 2020, que aprueba inicio de proceso Exposición y Audiencias Públicas de la Propuesta de la Imagen Objetivo de la Modificación de las Zonas ZE-1 y ZE-2 del Plan Regulador Comunal de Litueche, según lo indicado en el Artículo 28 Octies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    22. El decreto alcaldicio N° 253 de fecha 22 de febrero de 2021, que aprueba la Propuesta de la Imagen Objetivo de la Modificación de las Zonas ZE-1 y ZE-2 del Plan Regulador Comunal de Litueche, según lo indicado en el Artículo 28 Octies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    23. Informe Ambiental de la Modificación del Plan Regulador de Litueche de fecha 9 de julio de 2021, elaborado por la Consultora Ciudad de Bolsillo, Artículo 21 del DS 32 de 2015 (Reglamento EAE).
    24. El Ord N° 429 de fecha 9 de julio de 2021, emitido por el Alcalde de la I. Municipalidad de Litueche, que ingresa el Informe Ambiental, para la evaluación de la Seremi del Medio Ambiente, según los Artículos 20 y 21 del DS 32 de 2015 (Reglamento EAE).
    25. El Ord N° 295 de fecha 26 de julio de 2021, emitido por la Seremi del Medio Ambiente, que solicita completar información asociada al Informe Ambiental.
    26. Anteproyecto de la Modificación del Plan Regulador de Litueche de agosto de 2021, elaborado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Litueche, Artículo 43 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
    27. El Ord N° 540 de fecha 10 de agosto de 2021, emitido por el Alcalde de la I. Municipalidad de Litueche, que ingresa el Informe Ambiental con su Anteproyecto y Plano respectivo, para la evaluación de la Seremi de Medio Ambiente, según los Artículos 20 y 21 del DS 32 de 2015 (Reglamento EAE).
    28. El Ord N° 356 de fecha 9 de septiembre de 2021, emitido por la Seremi del Medio Ambiente, que remite observaciones al Informe Ambiental de la Modificación del PRC de Litueche.
    29. El Ord N° 900 de fecha 3 de diciembre de 2021, emitido por el Alcalde de la I. Municipalidad de Litueche, que ingresa el Informe Ambiental Complementario, para la evaluación de la Seremi del Medio Ambiente, de acuerdo al DS 32 de 2015 (Reglamento EAE).
    30. El Ord N° 2 de fecha 3 de enero de 2022, emitido por la Seremi del Medio Ambiente, que informa que la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, ha aplicado correctamente la Evaluación Ambiental Estratégica.
    31. Publicaciones en diario El Rancagüino de fechas 21 y 24 de enero de 2022, Consulta Pública Anteproyecto y su Informe Ambiental, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Artículo 24 DS 32 de 2015, Reglamento EAE del Ministerio del Medio Ambiente.
    32. Certificado N° 052/049 de fecha 21 de febrero de 2022, emitido por la Secretaria Municipal, que el Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Comuna de Litueche se constituyó el 12 de abril de 2016, cuya vigencia es por tres años.
    33. Certificado N° 068/062 de fecha 29 de marzo de 2022, emitido por la Secretaria Municipal, que en el Marco del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica, da cuenta del plazo y lugar de la Exposición del Informe Ambiental y Anteproyecto (Memoria, Ordenanza con su Plano Respectivo), de acuerdo a lo previsto en el Artículo 24 del DS 32 de 2015, Reglamento EAE del Ministerio del Medio Ambiente.
    34. Certificado N° 069/063 de fecha 29 de marzo de 2022, emitido por la Secretaria Municipal, que da cuenta que dentro del plazo de consulta, no se han realizado observaciones a través de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Litueche, ubicada en Calle Cardenal Caro N° 796, o bien a través del correo electrónico obras@munilitueche.cl, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 24 del DS 32 del 2015, Reglamento EAE del Ministerio del Medio Ambiente.
    35. Certificado N° 070/064 de fecha 29 de marzo de 2022, emitido por la Secretaria Municipal, que en el Marco del Proceso de Consulta Pública del Anteproyecto y su Informe Ambiental, que da cuenta del plazo y lugar de la Exposición del Informe Ambiental y Anteproyecto (Memoria, Ordenanza con su Plano Respectivo), de acuerdo a lo previsto en el Artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    36. Certificado N° 071/065 de fecha 29 de marzo de 2022, emitido por la Secretaria Municipal, que da cuenta que dentro del plazo de consulta, no se han realizado observaciones a través de la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Litueche, ubicada en calle Cardenal Caro N° 796, o bien a través del correo electrónico obras@munilitueche.cl, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    37. El Informe Ejecutivo de fecha abril 2022, emitido por el Director de Obras Municipales donde se resumen todas las actividades de la Consulta Pública del Anteproyecto y su Informe Ambiental.
    38. El decreto alcaldicio N° 425 de fecha 13 de abril de 2022, que da término al Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche Zonas ZE-1 y ZE-2, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7° bis y siguientes de la ley 19.300 y lo establecido en el artículo 26 del decreto N° 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente.
    39. Que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica del instrumento de planificación territorial de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, Zonas ZE-1 y ZE-2, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 7° bis y siguientes de la ley 19.300 y lo establecido en el artículo 26 del decreto N° 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, acorde a los contenidos que se indican a continuación:
     
    (i) Síntesis del objeto, causa, fines o metas del proceso de elaboración del Plan, desde su etapa de diseño, y ámbito de aplicación.
     
    El fin es que el Municipio disponga de un Instrumento de Planificación Territorial (IPT) efectivo y eficiente, que permita dar cabida a su población y a la vez lograr la imagen deseada, consensuada y factible para su desarrollo futuro, que se ajuste a la realidad y requerimientos de ordenamiento territorial de la comuna, acogiendo sus tendencias de crecimiento, que cumpla con los lineamientos del Pladeco y la aplicación de los principios de la Nueva Política Nacional de Desarrollo Urbano, entre otros. Además, este Plan cuenta con el respaldo de los estudios complementarios correspondientes al PRC en modificación y su detalle para la presente propuesta.
    Los fines o metas que se busca alcanzar con la Modificación del Plan Reglador Comunal de Litueche, en congruencia con lo señalado en el Inicio de Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) son:
     
    Objetivos Generales:
     
    a) Promover el desarrollo de un área particular de la ciudad, mediante un proceso de densificación que incentive la integración social. De acuerdo a lo señalado en la Nueva Política de Desarrollo Urbano, promulgada en el año 2014, se destaca la necesidad de evitar la segregación urbana, promoviendo la integración socio-espacial de la ciudad, a partir de normativas condicionadas en Zonas Urbanas.
    b) Consolidar vías propuestas en el Plan Regulador Comunal de Litueche, para mejorar la accesibilidad de la Zona Urbana. El Plan Regulador Comunal de Litueche vigente propone la prolongación de algunas arterias que se interceptan con vías proyectadas para mejorar la vialidad y así la accesibilidad de la Zona Urbana de la Comuna de Litueche, las que se propone reconocer y mantener en la presente Modificación del IPT.
     
    Objetivos Específicos:
     
    a) Incrementar la Densidad (hab/ha): La Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, tiene por objetivo específico incrementar la densidad (hab/há) respecto a las condiciones de edificación de viviendas establecidas en la Ordenanza del PRC vigente del año 2010, para las Zonas ZE-1 y ZE-2, mejorando estas condiciones de edificación en el Área Urbana, mediante la creación de 2 nuevas subzonas que cuenten con normas urbanísticas de densidad apropiadas, que solucionen la falta de oferta de suelo urbano para la demanda existente para el desarrollo de conjuntos habitacionales de interés social, producto de las actuales normas urbanísticas de densidad restrictivas, y de esta forma permitan promover la integración socio-espacial en terrenos bien localizados, dentro de los límites urbanos de la ciudad, con acceso a servicios y equipamientos.
    b) Consolidar vías propuestas en el PRC de Litueche. Consolidar vías propuestas en el Plan Regulador Comunal, tales como calle Topocalma y extensión calle Cardenal Caro, reconociendo y manteniendo esta vialidad propuesta en el Instrumento vigente, de modo que sea consolidada por medio de futuros proyectos de loteo, factibles producto de la adecuación de las normas urbanísticas.
     
    (ii) Indicación de los Objetivos Ambientales:
     
    Para el presente Plan, se define un Objetivo Ambiental, formulado para enfrentar y adelantarse a los problemas ambientales, y potenciar sus valores.
     
   
     
    Justificación:
     
    El desarrollo de barrios socialmente integrados aborda la demanda habitacional de carácter social, en terrenos con buena accesibilidad a espacios públicos, equipamientos y servicios básicos, contribuyendo a una mayor compacidad de la localidad y evitando procesos de expansión residencial fuera de la planificación.
     
    (iii) Criterio de Desarrollo Sustentable.
     
    CDS 1: Mayor compacidad del Área Urbana de Litueche, en terrenos céntricos de uso residencial, con alto potencial para la integración social, con adecuada conectividad vial, baja exposición a riesgos, y acceso a Infraestructura Verde, equipamientos y servicios básicos.
     
    Dimensiones en base a la Sustentabilidad.
     
    DIMENSIÓN AMBIENTAL:
     
    Baja exposición a riesgos y acceso a Infraestructura verde. Tal como se plantea en la Política Nacional de Ordenamiento Territorial (PNOT), Política Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, el Plan de Adaptación al Cambio Climático de Ciudades y el Plan Regional para la Reducción de Riesgo de Desastre, Región de O'Higgins, se busca:
     
    - Impulsar la ocupación y el desarrollo del territorio seguro y resciliente, con baja exposición al riesgo, que contribuya a la reducción de riesgos de desastres, así como de sus factores subyacentes.
    - Contribuir a la adaptación al cambio climático, impulsando proyectos residenciales con acceso a Infraestructura Verde, que promuevan su conservación, mejorando además el nivel de equidad territorial.
     
    DIMENSIÓN ECONÓMICA:
     
    Consolidación y compacidad de áreas urbanas, Resguardo de suelos agrícolas y Acceso a Servicios y Equipamientos. En un contexto de incremento de la demanda habitacional, se identifica la ocupación de terrenos rurales de valor agrícola, y expuestos a riesgos naturales y/o antrópicos, con viviendas sin acceso a servicios básicos. Esto por un lado disminuye el suelo disponible para la principal actividad económica y fuente laboral de la comuna, aumenta el riesgo de contaminación ambiental de cursos de agua por residuos domiciliarios, afectando el desarrollo agrícola, provoca deforestación, y propensión a incendios forestales, entre otros. La consolidación y compacidad de áreas urbanas, provistas de servicios básicos, servicios urbanos y una adecuada conectividad, es una estrategia concreta para abordar esta demanda habitacional resguardando los suelos agrícolas, de acuerdo a criterios de sustentabilidad, propiciados por una cultura local de producción agrícola de carácter familiar, tanto en el área urbana como rural.
    Por otra parte, se reconoce el potencial de Litueche como una localidad de paso, proveedora de equipamientos y servicios, conectada a rutas turísticas comunales y regionales, que presenta un creciente aumento de la población residente y flotante, cada vez más lejana al centro de la ciudad, lo cual aumenta los tiempos y costos de desplazamiento.
     
    DIMENSIÓN SOCIAL:
     
    Integración social: Demanda no cubierta. Se identifica una escasez de suelo urbano con normas urbanísticas que permitan el desarrollo de conjuntos habitacionales de interés social, para dar respuesta a la actual demanda habitacional de la comuna. Esto ha provocado una dificultad para gestionar el acceso a viviendas adecuadas, financiadas mediante subsidios del Estado destinados a grupos vulnerables dentro del Área Urbana, lo que impacta en el ámbito de la integración social comunal, segregando estos grupos a sectores periféricos y al área rural. La estrategia busca fomentar la ocupación de terrenos céntricos y bien conectados, con alto potencial para la integración social, como se indica en la PNDU y el Pladeco.
     
    (iv) Factores críticos de decisión

   
     
    (v) Síntesis del Diagnóstico Ambiental Estratégico
     
    El Diagnóstico Ambiental Estratégico (DAE) considera una descripción analítica y prospectiva del sistema territorial que incide en la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, en directa relación con los Factores Críticos de Decisión expuestos. Este análisis permite establecer los argumentos de las Opciones de Desarrollo, resguardándose en todo momento la coherencia entre las partes del presente informe. El propósito de ello es facilitar la comprensión del proceso de evaluación efectuado, y sustentar las decisiones de desarrollo comunal en función de los riesgos y oportunidades del territorio, desde un enfoque de sustentabilidad.
     
    Antecedentes de los Factores Críticos de Decisión propuestos
    Condiciones de conectividad
     
    El terreno en el cual se emplazará el nuevo conjunto habitacional se ubica a solo 350 metros de la municipalidad, 230 metros del hospital, 500 metros del Liceo El Rosario, 250 metros de la Plaza de Litueche, 750 metros del banco, 400 metros del supermercado, 400 metros del servicentro, y a pocas cuadras del sector donde se ubican los inmuebles de carácter patrimonial.
    El terreno de propiedad municipal tiene acceso directo desde calle Cardenal Caro, correspondiente a una vía local con un perfil de 15 mts. de ancho. A su vez, se proyecta consolidar la vía Topocalma, con un perfil de 20 mts. de ancho, que luego atravesará el Estero Manquehue hacia el oriente. Con ello, se apunta a que todos los lotes del nuevo conjunto habitacional tengan acceso directo a BNUP (vialidad).
     
    (vi) Identificación de los criterios e indicadores de seguimiento destinados a controlar su eficacia así como los criterios de rediseño que se deberán considerar para la reformulación del Plan.
     
    Para los efectos del presente Plan, se propuso la generación de un plan de seguimiento de las variables relevantes cuya escala de análisis concuerda con la escala de trabajo urbano. En el siguiente cuadro se detallan los indicadores de seguimiento para la comprobación del cumplimiento de los objetivos ambientales y de planificación, según las directrices identificadas a partir de los riesgos y oportunidades de la Opción de Desarrollo seleccionada.

   
     
   
     
    Los criterios e indicadores que permiten evaluar la vigencia del Plan y la necesidad de reformulación se relacionan directamente con los indicadores de seguimiento de la eficacia del plan y el cumplimiento de los parámetros definidos en cada caso. La reformulación del plan obedecerá a una formulación del instrumento conforme a los cambios que se esperan, ya sea acerca de tendencia de crecimiento, dinámicas de demandas de suelo comunal, etc., para lo que se proponen los siguientes criterios.
     
   
     
    (vii) Opciones de Desarrollo Seleccionada
     
    Se presentaron dos alternativas de desarrollo residencial a la comunidad, con sus implicancias a nivel normativo y de impacto en el territorio. Con ello, se busca transparentar el proceso de análisis realizado, para comprender los factores que inciden en la selección de la alternativa más adecuada.
     
    Opción de Desarrollo Urbano 1: Densidad tendencial
     
    Se propone modificar la Ordenanza del Plan Regulador Comunal vigente en su Capítulo IV, Artículo 16, incorporando en las Zonas ZE-1 y ZE-2, dos (2) subzonas adicionales en el literal A.-, correspondientes a Zonas Mixtas (ZE-1A y ZE-2A), con el propósito de incrementar los parámetros de densidad habitacional.
     
    Opción de Desarrollo Urbano 2: Alta densidad
     
    La segunda alternativa también implica modificar la Ordenanza del Plan Regulador Comunal vigente en su Capítulo IV, Artículo 16, incorporando en las Zonas ZE-1 y ZE-2, dos (2) subzonas adicionales en el literal A.-, correspondientes a Zonas Mixtas (ZE-1A y ZE-2A), con el propósito de incrementar los parámetros de densidad habitacional.
     
    Evaluación Ambiental de las Opciones de Desarrollo
     
   
     
    De acuerdo a la evaluación numérica aplicada y dadas las características de similitud de las opciones de desarrollo el resultado de los promedios es igual a 1, pero en virtud del menor número potencial de población y bienes expuestos, a la mejor armonización de densidad y altura con el entorno, y por presentar una menor carga potencial sobre los servicios ecosistémicos del estero Manquehua se valora mejor la opción de desarrollo 1.
     
    (viii) Identificación de los Órganos de la Administración del Estado convocados, y resumen de la coordinación y consultas efectuadas por los órganos.
     
   
     
    Los aportes, observaciones o temas de interés manifestados se sintetizan en la tabla a continuación:

   
     
   
     
    (x) Resumen de la Consulta Pública y otras instancias de participación ciudadana efectuadas
     
    Se realizó de acuerdo a los considerandos N° 31 al N° 36 de documento, en cuyo proceso no se emitieron observaciones.
     
    40. El Acuerdo 52/2022 de Sesión Ordinaria N° 30 de fecha 20 de abril de 2022, del Honorable Concejo Municipal, que aprobó el Anteproyecto y su Informe Ambiental de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche.
    41. El decreto alcaldicio N° 683 de fecha 14 de junio de 2022, que aprueba el Proyecto de Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, Zonas ZE-1 y ZE-2.
    42. El Ord. N° 523 de fecha 22 de junio de 2022, emitido por el Alcalde de la I. Municipalidad de Litueche, a través del cual se remiten los antecedentes a la Seremi Minvu Región de O'Higgins, referidos a la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, Zonas ZE-1 y ZE-2, con el objetivo de contar con su Informe Favorable.
    43. El Ord. Nº 1110 de fecha 26 de julio de 2022, emitido por el Seremi Minvu Región de O'Higgins, a través del cual se remiten observaciones y suspende plazo de revisión de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche.
    44. El Ord. N° 676 de fecha 9 de agosto de 2022, emitido por el Alcalde de la I. Municipalidad de Litueche, a través del cual se da respuesta a observaciones de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, Zonas ZE-1 y ZE-2.
    45. El Ord. N° 1272 de fecha 26 de agosto de 2022, emitido por el Seremi Minvu Región de O'Higgins, a través del cual se remite el "Informe Técnico N° 1/2022 Modificación Plan Regulador Comunal de Litueche, Modificación Zonas ZE-1 y ZE-2", donde se informa favorablemente la modificación al Plan Regulador Comunal de Litueche.
     
    Vistos:
     
    El decreto alcaldicio N° 732 de fecha 28 de junio de 2021, que nombra al Alcalde de la Comuna de Litueche y las atribuciones que me confiere la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
     
    Decreto:

     
    1.- Apruébese el Proyecto de Modificación del Plan Regulador de la Comuna de Litueche, Zonas ZE-1 y ZE-2, en cumplimiento al Artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    El Proyecto está compuesto por Memoria, Plano Ordenanza e Informe Ambiental, dado que la modificación fue sustancial para los efectos de la Evaluación Ambiental Estratégica de acuerdo al Artículo 29 del decreto N° 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente.
    ORDENANZA LOCAL MODIFICACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE LITUECHE, ZONAS ZE-1 Y ZE-2
    En el Capítulo IV Art. 16 en literal A, se incorporan las Zonas ZE-1A y ZE-2A, a continuación de las Zonas ZE-1 y ZE-2, respectivamente.
    La Zona ZE-1A se incorpora en descripción de zonificación, a continuación de Zona ZE-1, con la siguiente normativa:
     
    NORMAS URBANÍSTICAS DE LA ZONA ZE-1A
     
    Área Central Continua y Comercial

   
     
    La Zona ZE-2A se incorpora en descripción de zonificación, a continuación de Zona ZE-2, con la siguiente normativa:
     
    NORMAS URBANÍSTICAS DE LA ZONA ZE-2A
    Áreas Mixtas Pericentrales de Equipamiento Preferente

   
     
    2.- Publíquese en el Diario Oficial la presente Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, posteriormente.
    3.- Publíquese en el sitio web de la I. Municipalidad de Litueche, www.litueche.cl una copia de la Memoria Explicativa, el Plano, la Ordenanza, Informe Ambiental y un Resumen Ejecutivo del instrumento de planificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del artículo primero de la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información.
    4.- Publíquese y difúndase en el Diario El Rancagüino y la Radio El Rosario de la Comuna de Litueche, respectivamente, la disponibilidad de los antecedentes de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 28 septies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    5.- Infórmese al Servicio de Impuestos Internos que la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, no involucra una modificación del Límite Urbano de la Comuna de Litueche, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 28 septies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    6.- Remítase al Conservador de Bienes Raíces de Litueche copia de la memoria explicativa, plano y la ordenanza de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, para su archivo respectivo, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 28 septies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
    7.- Remítase a la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y a la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, copia de la memoria explicativa, plano y la ordenanza de la Modificación del Plan Regulador Comunal de Litueche, para su archivo respectivo, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 28 septies de la Ley General de Urbanismo y Construcciones,
     

    Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- René Acuña Echeverría, Alcalde.- Laura Uribe Silva, Secretaria Municipal.

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