MODIFICACIÓN DE LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA WOM S.A.
    Santiago, 12 de agosto de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 660 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley .
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta Nº 1.144 de 2000, modificada por la resolución exenta Nº 596 de 2007, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.
    f) Los decretos supremos Nº 63 y Nº 64, ambos de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron la concesión, y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 128.412 de 14.07.2022.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
    Decreto:


    Modifícase las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, cuya titular es la empresa Wom S.A., RUT Nº 78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna Nº 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para rectificar la dirección de una (1) estación base, autorizada por decreto exento Nº 219 de 2022, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
     
    Para la Región Metropolitana de Santiago:
    Los plazos, coordenadas geográficas y demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento señalado precedente, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
   
    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.