MODIFICA LA LISTA DE BIENES DE CAPITAL CONTENIDA EN EL DECRETO N° 637 EXENTO, DE 27 DE DICIEMBRE DE 2021, DEL MINISTERIO DE HACIENDA, EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Núm. 437 exento.- Santiago, 14 de diciembre de 2022.

    Vistos:

    Lo dispuesto en el DFL N° 2, de 1989, del Ministerio de Hacienda, que aprueba y tiene como oficial de la República de Chile el Arancel Aduanero basado en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; el artículo 42 de la ley N° 18.768, que reemplaza, a contar desde el 1 de enero de 1990, la nomenclatura utilizada en el Arancel Aduanero por la del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías; la ley N° 18.634, que establece sistema de pago diferido de derechos de aduana, crédito fiscal y otros beneficios de carácter tributario que indica; en la ley N° 18.687, que modifica el arancel aduanero y las leyes N°s. 18.480, 18.483, 18.525 y 18.634; el decreto exento N° 473, de 26 de octubre de 2021, del Ministerio de Hacienda, que modifica el Arancel Aduanero Nacional de la República de Chile; el decreto supremo N° 19, de 2001, que Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; el decreto exento N° 637, de 27 de diciembre de 2021, del Ministerio de Hacienda, que sustituye lista de bienes de capital establecida por el decreto exento N° 399, del Ministerio de Hacienda, de 2 de noviembre de 2017; la solicitud de la empresa Siemens S.A., recibida en esta Subsecretaría de Estado el 25 de julio de 2022, y sus antecedentes complementarios de 8 de noviembre de 2022; las actas de sesiones N°s. 1 y 2, de 26 de septiembre de 2022 y 14 de noviembre de 2022, de la Comisión Técnica dispuesta por el artículo 4° de la ley N° 18.634; y, la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1. Que, el 25 de julio de 2022, la empresa Siemens S.A. solicitó incorporar al listado de bienes de capital, establecido en el artículo 4° de la ley N° 18.634, los Convertidores Eléctricos Estáticos (variadores de frecuencia) de corriente alterna o, simplemente, todos los Convertidores Eléctricos Estáticos, independiente del tipo de corriente que utilicen.
    2. Que, constituida el día 26 de septiembre de 2022, la Comisión Técnica de bienes de capital hizo recibo de la solicitud, iniciando el análisis respecto de la procedencia de incorporar tales bienes en la lista de bienes de capital de la ley N°18.634.
    3. Que, la Comisión Técnica acordó requerir antecedentes adicionales a la empresa Siemens S.A., relativos a la vida útil de los bienes de capital que solicitan incluir en el listado. Dichos antecedentes fueron remitidos por la empresa con fecha 8 de noviembre de 2022.
    4. Que, constituida el 14 de noviembre de 2022, la Comisión Técnica de bienes de capital realizó el análisis pormenorizado de los requisitos establecidos en los Art. 2° y 4° de la ley N° 18.634, concluyendo que todos ellos se cumplen respecto de la solicitud analizada.
    5. Que, la Comisión Técnica analizó el decreto exento N° 637, de 27 de diciembre de 2021, del Ministerio de Hacienda, que sustituyó el listado de bienes de capital, en correlación con el Arancel Aduanero Nacional vigente; en particular el ítem arancelario 8504.4000, el cual comprende los convertidores eléctricos estáticos. Éste se encuentra asociado a la siguiente observación: "Superiores a 2.2 kW. c.c.", dejando fuera aquellos de corriente alterna, de cualquier potencia. En este sentido, la Comisión Técnica llegó a la conclusión de que debe eliminarse dicha observación, con el objeto de ampliar su alcance y dejar cubiertos todos los convertidores eléctricos estáticos calificados bajo dicho ítem arancelario, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
    6. Que, la Comisión Técnica a que se refiere el artículo 4° inciso 3 de la ley N° 18.634 ha recomendado favorablemente la incorporación de bien de capital solicitado por el requirente, mediante la eliminación de la observación actualmente vigente para el ítem arancelario 8504.4000.

    Decreto:
     
    Modifícase la lista de bienes de capital contenida en el decreto exento N° 637, de 27 de diciembre de 2021, del Ministerio de Hacienda, en el sentido de eliminar la observación del ítem arancelario 8504.4000, manteniéndose inalterado el referido decreto exento, en todo lo no modificado por el presente acto administrativo.

    Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.- Nicolás Grau Veloso, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Claudia Sanhueza Riveros, Subsecretaria de Hacienda.