MODIFICA RESOLUCIÓN N° 504 EXENTA (V. Y U.), DE 2022, QUE LLAMA A GRUPOS ORGANIZADOS A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA LA ADQUISICIÓN DE TERRENOS Y DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS Y APRUEBA GRUPOS SELECCIONADOS EN EL MES DE AGOSTO DE 2022
Santiago, 26 de enero de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 197 exenta.
Visto:
a) El DS N°49 (V. y U.), de 2011, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta N°2.007 (V. y U.), de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N°49, (V. y U.) de 2011;
c) La resolución exenta N°1.875 (V. y U.), de 2015, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social para el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
d) La resolución exenta N°504 (V. y U.), de 2022, que llama a grupos organizados a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N°49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva, para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción de nuevos terrenos;
Considerando:
a) Que, mediante la resolución señalada en el Visto d), se llamó a concurso en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, a grupos organizados, en la alternativa de postulación colectiva para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos y pequeño condominio.
b) Que, conforme al procedimiento establecido en el mencionado DS N°49, corresponde aprobar la selección de los grupos organizados cuyo proceso de selección finalizó el día 2 de agosto de 2022, del llamado a que se convocó mediante la resolución indicada en el Visto d) de la presente resolución.
c) Que es necesario ajustar los recursos dispuestos en el llamado, en atención a la demanda y a los recursos disponibles a nivel nacional.
d) Los correos electrónicos de fecha 6 y 19 de enero que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica (S) con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N°504 (V. y U.), de fecha 13 de abril de 2022, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su Resuelvo 3. por la siguiente:


2. Apruébase la selección de los grupos organizados indicados en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los servicios de asistencia técnica, fiscalización técnica de obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces, detallados en el Resuelvo 4. de la presente resolución, para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, en las Regiones de Antofagasta, Atacama y Metropolitana, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se efectuó el día 2 de agosto de 2022, del llamado efectuado por resolución exenta N°504 (V. y U.), de 2022:


El detalle de los recursos comprometidos para los proyectos seleccionados en el presente resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y que forma parte integrante de la presente resolución.
3. Asígnase a los grupos organizados seleccionados en el Resuelvo 2. de la presente resolución, por concepto de pago por los Servicios de Asistencia Técnica, por las Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de aranceles al Conservador de Bienes Raíces para el desarrollo de sus proyectos, los montos expresados en Unidades de Fomento que se detallan a continuación:

Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta N°1.875 (V. y U.), de 2015, citada en el Visto c) de la presente resolución:
i. En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, de acuerdo al número de familias postulantes que se beneficiarán por esta resolución, considerando los recursos para Asistencia Técnica descritos en las tablas insertas en los números 1.1 y 1.2 del numeral 1 del artículo 3° de la citada resolución. Se adiciona además 1 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del citado artículo.
ii. En el caso de la Fiscalización Técnica de Obras, de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto y según mecanismo expresado en el artículo 4° número 17 de la resolución exenta N°1.875 ya citada.
Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta N°1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras a), c), e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3°, o cuando corresponda aplicar lo señalado en el inciso 2 del número 8 de su artículo 2°.
4. Los recursos comprometidos para los proyectos seleccionados en el concurso a que se llamó por resolución exenta N°504 (V. y U.), de 2022, cuyos cierres de postulación se efectuaron los días 2 de junio y 2 de agosto de 2022, se resumen en el siguiente cuadro para cada región del país, según corresponda, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces:


Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).
ANEXO ÚNICO
NÓMINA DE GRUPOS SELECCIONADOS - LLAMADO EFECTUADO MEDIANTE RESOLUCIÓN EXENTA N° 504, (V. Y U.), DE 2022 SELECCIÓN CIERRE 2 DE AGOSTO DE 2022
