DECLARA SITUACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO, DERIVADOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Núm. 58 exenta.- Santiago, 4 de febrero de 2023.
Vistos:
El DFL N° 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; la ley N°21.516 de Presupuestos del Sector Público para el año 2023; el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575; ley N° 18.415 Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción; la resolución exenta N° 309, de 2021, del Ministerio de Agricultura, que aprueba el Plan Operativo de Emergencia del Ministerio de Agricultura que establece el procedimiento para definir situación de emergencia agrícola; la declaración Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en la Región de la Araucanía, del año 2023; las declaraciones de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe N° 50 y N° 51 en las Regiones de Ñuble y del Biobío, del año 2023; la resolución exenta N° 57, de 2023, del Ministerio de Agricultura, que declara Emergencia Agrícola por los Incendios Forestales en las Regiones del Biobío y de Ñuble, y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que la Ley de Presupuestos vigente para cada anualidad, ha contemplado en la Partida 13-01-01, subtítulo 24, ítem 01, asignación 369, glosa 05, facultar a esta Secretaría de Estado para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencia o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, situaciones que deberán ser definidas por resolución fundada del Ministro de Agricultura.
Que, mediante la declaración de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en la Región de la Araucanía de 2023, los antecedentes expuestos por el Secretario Regional Ministerial de Agricultura de la misma región y la información provista por los Servicios dependientes del Ministerio de Agricultura, se ha constatado el daño productivo que ha afectado a agricultores y habitantes rurales de la región anteriormente mencionada, ocasionados por los incendios forestales.
Que, a la fecha se ha constatado la ocurrencia de múltiples incendios forestales que se encuentran en sectores agrícolas y forestales, con el consecuente riesgo que ello implica para los productores forestales, agrícolas, apícolas y ganaderos de la Región de la Araucanía.
Que, además, se constata la ocurrencia de incendios forestales simultáneos que han derivado en declaraciones de Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las regiones del Biobío y de Ñuble del año 2023, con la consecuente resolución exenta de 2023, del Ministerio de Agricultura, que declara Emergencia Agrícola por los Incendios Forestales en las regiones anteriormente mencionadas.
Que, atendido lo expuesto, y haciendo presente que se ha observado el procedimiento establecido al efecto, es necesario declarar la situación de emergencia agrícola para concurrir en apoyo a las familias, productores agrícolas, campesinos afectados y habitantes rurales, con el objeto de mitigar la situación que enfrenta la Región de la Araucanía.
Que, como consecuencia de la declaración que por medio de este acto se sanciona, esta Cartera de Estado arbitrará medidas e iniciará de inmediato gestiones ante los organismos públicos que correspondan, a fin de ejecutar y coordinar acciones de apoyo a los afectados.
Resuelvo:
Declárese situación de emergencia agrícola por los efectos de daño productivo, derivados de los incendios forestales en la Región de la Araucanía, ocurridos durante el mes de febrero de 2023.
Determínese que las ayudas que tengan lugar en el marco de la presente resolución serán otorgadas y estarán destinadas a productores forestales, agrícolas, apícolas y ganaderos de la Región de la Araucanía, acorde a los procedimientos y/o lineamientos que disponga la autoridad competente, una vez acordado su financiamiento con la Dirección de Presupuestos.
Remítase una copia de la presente resolución a la Dirección de Presupuestos.
Anótese, comuníquese y publíquese.- José Guajardo Reyes, Ministro de Agricultura (S).
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Zoran Ostoic Marroquín, Jefe de Gabinete.