NOMBRA EN EL CARGO DE DIRECTOR DEL TRABAJO A PERSONA QUE INDICA
     
    Núm. 38.- Santiago, 19 de abril de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en el Título VI de la ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo; en la ley orgánica de la Dirección del Trabajo contenida en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en el decreto supremo Nº 461, de 2022, del Ministerio de Hacienda, que exime de la Aplicación del Mecanismo de Selección de los Altos Directivos Públicos y lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo de la ley Nº 19.882, al Cargo de Jefe Superior de Servicio Público que se indica, el cual se Encuentra Afecto al Sistema de Alta Dirección; en el decreto Nº 71 de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Trabajo y Previsión Social; en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón de las materias de personal que se indican.
     
    Considerando:
     
    Que a contar del día 19 de marzo de 2022 se encuentra vacante el cargo de Director del Trabajo, grado 1º de la escala de remuneraciones del decreto ley 3.551, de 1980, del Ministerio de Hacienda.
    Que mediante decreto con fuerza de ley Nº 3, de 27 de mayo de 2017, del Ministerio de Hacienda, que determina para la Dirección del Trabajo, los cargos que tendrán la calidad de altos directivos públicos, se otorgó la calidad de alto directivo público al Director del Trabajo.
    Que la ley Nº 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica, establece en el inciso primero de su artículo trigésimo sexto bis que "El Presidente de la República podrá eximir de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo, hasta doce cargos de jefes superiores de servicio que se encuentren afectos al Sistema de Alta Dirección Pública. Para tal efecto, el o los decretos deberán dictarse dentro de los tres meses siguientes al inicio del respectivo período presidencial".
    Que, mediante decreto supremo Nº 461, de 1º de abril de 2022, del Ministerio de Hacienda, tomado de razón con fecha 13 de abril del presente año, se eximió de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo de la ley 19.882, al cargo de Director Nacional de la Dirección del Trabajo, de Primer Nivel Jerárquico, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública.
    Que, en conformidad al inciso segundo del artículo trigésimo sexto bis de la ley Nº 19.882, don Pablo Zenteno Muñoz cumple con los requisitos legales para desempeñar el cargo de Director del Trabajo, y con el perfil aprobado por el Consejo de Alta Dirección Pública con fecha 28 de abril de 2020.
     
    Decreto:

     
    Primero: Nómbrase a don Pablo Marcial Zenteno Muñoz, abogado, cédula nacional de identidad Nº 15.776.718-6, para que a contar del día 20 de abril de 2022 desempeñe el cargo de Director del Trabajo de la Dirección del Trabajo, grado 1º de la escala de remuneraciones del decreto ley Nº 3.551, de 1980, Jefe Superior del Servicio, en calidad de titular. Por razones impostergables de buen servicio, la señalada autoridad deberá asumir sus funciones sin esperar la total tramitación del presente decreto.
           

    Segundo: Don Pablo Zenteno Muñoz tendrá derecho a un 50% de la asignación de alta dirección pública.

    Tercero: Impútese el gasto que demande el presente decreto al Subtítulo 21.01.001, del presupuestario vigente de la Dirección del Trabajo, para el año 2022.
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Jeannette Jara Román, Ministra del Trabajo y Previsión Social.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Giorgio Boccardo Bosoni, Subsecretario del Trabajo.

     
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área de Control de Personal de la Administración
     
    Cursa con alcances decreto Nº 38, de 2022, de la Subsecretaría del Trabajo
     
    Nº ES82744.- Santiago, 10 de febrero de 2023.
     
    Esta Contraloría General ha tomado razón del documento del rubro, mediante el cual se nombra a don Pablo Zenteno Muñoz como Director del Trabajo, a contar del 20 de abril de 2022, cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, por ajustarse a derecho.
    Sin perjuicio de lo anterior, es menester indicar que mediante el decreto Nº 461, de 2022, del Ministerio de Hacienda, el Presidente de la República dispuso que el referido empleo sería eximido de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos, de conformidad con la facultad establecida en el artículo 1º, numeral 5, de la ley Nº 20.955, que introdujo el nuevo artículo trigésimo sexto bis a la ley Nº 19.882.
    Ahora bien, es necesario señalar que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo sexagésimo de la mencionada ley Nº 19.882, este nombramiento regirá hasta el término del respectivo periodo presidencial, esto es, hasta el 11 de marzo de 2026, sin perjuicio de la facultad contenida en el inciso primero del artículo quincuagésimo octavo del mismo texto legal, lo que no se ha consignado en el decreto en cuestión.
    Por último, se hace presente que mediante decreto Nº 438, de 2018, del Ministerio de Hacienda, se fijó en 50% el porcentaje de asignación de alta dirección pública para el mencionado cargo, lo que se omitió indicar en el texto del acto administrativo en estudio.
    Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al instrumento del epígrafe.
     
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Andrés Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
     
A la señora
Ministra del Trabajo y Previsión Social
Presente.