APRUEBA PROGRAMA DE EXPROPIACIONES DE TERRENOS DESTINADOS A LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DENOMINADO "MEJORAMIENTO INTEGRAL INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA, TRAMO ALAMEDA MELIPILLA", COMUNAS DE MAIPÚ, CERRILLOS, PADRE HURTADO Y PEÑAFLOR, DE LA REGIÓN METROPOLITANA
    Santiago, 10 de abril de 2023.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 8 exento.

    Visto:

    a) El artículo 51 de la ley N° 16.391;
    b) El N° 1.9 de la parte I del artículo 1° del DS N° 153 (V. y U.), de 1983;
    c) La resolución exenta N° 14.464 (V. y U.), de 2017, que establece criterios y procedimientos para la adquisición, administración y enajenación de inmuebles de propiedad de Serviu;
    d) El Convenio de Cooperación para el Desarrollo del Proyecto de Infraestructura, denominado "Proyecto de Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, Tramo Alameda Melipilla", suscrito con fecha 17 de diciembre de 2019, entre la Empresa de Ferrocarriles del Estado y Serviu Metropolitano, aprobado mediante la resolución exenta N° 215 (V. y U.) de fecha 21 de enero de 2020;
    e) El oficio Ord. N° 524, del 10 de febrero de 2023, de la Directora del Serviu Metropolitano, mediante el cual solicita se dicte el decreto supremo que apruebe el programa de expropiación para la implementación del Proyecto "Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, Tramo Alameda Melipilla", comunas de Maipú, Cerrillos, Padre Hurtado y Peñaflor, de la Región Metropolitana, Código BIP 40019826-0, identificándose 26 inmuebles a expropiar;
    f) El oficio Ord. N° 885, del 10 de marzo de 2023, del Encargado de la Sección Adquisición Inmuebles del Serviu Metropolitano, que subsana observaciones formuladas por el Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, respecto de los propietarios aparentes de los inmuebles a expropiar singularizados en el oficio citado en el visto precedente y solicita se dicte el decreto supremo que apruebe el programa de expropiación para la implementación del Proyecto "Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, Tramo Alameda Melipilla", comunas de Maipú, Cerrillos, Padre Hurtado y Peñaflor, de la Región Metropolitana;
    g) Los Informes Técnicos DDUI, suscritos por el Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana contenidos en: la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 94-2022, correspondiente al Lote PZ 1 (Rol de Avalúo 985-1, comuna de Maipú); la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 87-2022, correspondiente al Lote A-7 (Rol de Avalúo 369-1, comuna de Cerrillos); la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 90-2022, correspondiente al Lote A 13 (Rol de Avalúo 334-23, comuna de Padre Hurtado) y al Lote A 14 (Rol de Avalúo 334-18, comuna de Padre Hurtado); la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 91-2022, correspondiente al Lote JC 1 (Rol de Avalúo 317-1, comuna de Padre Hurtado), Lote JC 2 (Rol de Avalúo 317-2, comuna de Padre Hurtado), Lote JC 5 (Rol de Avalúo 317-30, comuna de Padre Hurtado), Lote JC 6 (Rol de Avalúo 317-25, comuna de Padre Hurtado), Lote JC 7 (Rol de Avalúo 317-26, comuna de Padre Hurtado), Lote JC 8 (Rol de Avalúo 334-840, comuna de Padre Hurtado) y Lote JC 9 (Rol de Avalúo 334-12, comuna de Padre Hurtado); la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 61-2022, correspondiente al Lote JC 3 (Rol de Avalúo 317-23, comuna de Padre Hurtado) y al Lote JC 4 (Rol de Avalúo 317-24, comuna de Padre Hurtado); la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 14-2023, correspondiente al Lote MF 3 (Rol de Avalúo 215-10, comuna de Peñaflor), Lote MF 4 (Rol de Avalúo 215-10, comuna de Peñaflor), Lote MF 10 (Rol de Avalúo 224-16, comuna de Peñaflor), Lote MF 16 (Rol de Avalúo s/n, comuna de Peñaflor), Lote MF 20 (Rol de Avalúo 224-18, comuna de Peñaflor), Lote MF 21 (Rol de Avalúo 224-17, comuna de Peñaflor), y Lote MF 22 (Rol de Avalúo 224-7, comuna de Peñaflor); la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 92-2022, correspondiente al Lote A 18 (Rol de Avalúo 216-65, comuna de Peñaflor) y al Lote A 22 (Rol de Avalúo 225-113, comuna de Peñaflor); y la Ficha de Evaluación de Terrenos N° 14-2023, correspondiente al Lote A 19 A (Rol de Avalúo 309-362, comuna de Peñaflor), Lote A 19 B (Rol de Avalúo 309-694, comuna de Peñaflor), Lote A 19 C (Rol de Avalúo 309-696, comuna de Peñaflor), y al Lote A 19 D (Rol de Avalúo 309-695, comuna de Peñaflor);
    h) Los Planos de Expropiaciones del Proyecto de "Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, Tramo Alameda Melipilla" comunas de Maipú, Cerrillos, Padre Hurtado y Peñaflor, de la Región Metropolitana, correspondientes a cada uno de los Lotes a expropiar singularizados en el Visto precedente, suscritos por el Encargado de la Sección de Adquisición de Inmuebles del Serviu Metropolitano;
    i) El oficio Ord. N° 494, de fecha 20 de marzo de 2023, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, mediante el cual se solicita a la Jefa de la División Jurídica, la elaboración del respectivo decreto supremo;
    j) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

    Considerando:

    1. Que, el Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano, mediante los oficios citados en los Vistos e) y f), solicitó a esta Cartera de Estado la elaboración del decreto supremo que apruebe el Programa de Expropiaciones de 26 inmuebles ubicados en las comunas de Maipú, Cerrillos, Padre Hurtado y Peñaflor, de la Región Metropolitana, destinados a la ejecución del Proyecto "Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, Tramo Alameda Melipilla", Código BIP 40019826-0, el cual considera una superficie total aproximada a expropiar de 18.125,85 metros cuadrados.
    2. Que, mediante los Informes Técnicos contenidos en las Fichas de Evaluación de Terrenos, citados en el Visto g), se informó favorablemente la expropiación con fines de utilidad pública, de los inmuebles singularizados en los oficios citados en los Vistos e) y f), razón por la que dicto el siguiente

    Decreto:


    1. Apruébase el programa de expropiaciones para la ejecución del Proyecto "Mejoramiento Integral Infraestructura Ferroviaria, Tramo Alameda Melipilla", Código BIP 40019826-0, conforme a los antecedentes citados en los Considerandos 1. y 2., referidos a los inmuebles que se indican a continuación:
   
   
   

    Superficie total aproximada a expropiar: 18.125,85 metros cuadrados.

    2. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial y en un periódico de la provincia de Santiago y Talagante, si lo hubiere.

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Carlos Araya Salazar, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).