MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA WOM S.A.
    Santiago, 20 de marzo de 2023.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 184 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
    c) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República";
    d) El decreto supremo N° 353, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, y sus modificaciones;
    e) El decreto supremo N° 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones, y sus modificaciones;
    f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente provean infraestructura física para telecomunicaciones;
    g) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
    h) La resolución afecta N° 16, de fecha 12.02.2013, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios, correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones;
    i) La resolución afecta N° 1, de fecha 28.06.2019, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas del Concurso Público "Fibra Óptica Nacional", Código: FDT-2019-01, modificada mediante resolución afecta N° 6, de fecha 19.12.2019;
    j) La resolución exenta N° 2.380, de fecha 21.11.2019, de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de Respuestas a las Consultas formuladas a las Bases Generales y Específicas del Concurso Público de los literales h) e i) de los Vistos, respectivamente, complementada mediante resolución exenta N° 2.414, de fecha 28.11.2019;
    k) El oficio ord. N° 5.220, GFDT N° 87, de fecha 15.04.2020, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a la empresa Wom S.A. la adjudicación de su Propuesta presentada para la Macrozona Norte, Código: FDT-2019-01-NTE, del Concurso Público "Fibra Óptica Nacional", Código: FDT- 2019-01;
    l) El oficio ord. N° 418, GFDT N° 5, de fecha 09.01.2023, de la Subsecretaría, por el cual se informa favorablemente a la empresa Wom S.A. la calificación de hecho sobreviniente del artículo 36° de las Bases Generales del literal h) de los Vistos y la extensión de plazos solicitada para el término de obras y de inicio del Servicio de Infraestructura del Proyecto Macrozona Centro Norte, Código: FDT- 2019-01-NTE, del Concurso Público "Fibra Óptica Nacional", Código: FDT-2019-01;
    m) El decreto supremo N° 65 de 2020, modificado mediante decreto exento N° 722, de 2022, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
    n) El decreto supremo N° 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra a Ministros y Ministras de Estado en las carteras que indica.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 9.192 de 19.01.2023;
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
     
    Decreto:

     
    Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones que únicamente provea de infraestructura física para telecomunicaciones, otorgadas a la empresa Wom S.A., RUT N° 78.921.690-8, con domicilio en General Mackenna N° 1369, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos máximos de término de obras y de inicio de servicio establecidos en la concesión otorgada por decreto supremo N° 65, de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de conformidad al pronunciamiento emitido por la Subsecretaría de Telecomunicaciones y que consta en el oficio ord. del literal l) de los Vistos, según se indica a continuación:
     
   
     
    2. Las demás características técnicas, ubicaciones y otras obligaciones, se mantendrán inalterables de acuerdo con el decreto supremo N° 65, de 2020, del Ministerio de Trasportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones.
    3. Apruébase el Proyecto Técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. Asimismo, lo establecido en las Bases de Concurso, lo comprometido por la concesionaria y lo autorizado por este organismo de Estado, según se indica en los literales h), i), y j) de los Vistos y la solicitud de modificación de concesión referenciadas en el literal a) de los considerandos.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.