OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA M Y J NET CHILE SpA
    Santiago, 8 de agosto de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 177.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) Decreto supremo N° 484, de 2007, que aprueba Reglamento del Servicio Público de Voz sobre Internet, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 9.076, de 18.01.2021, complementado por ingreso Subtel Nº 68.438, de 19.04.2021.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
     
    Decreto:

     
    Otórgase concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet, a la empresa M y J Net Chile SpA, RUT Nº 76.131.821-7, con domicilio en Av. General San Martín N° 531, comuna de Quilicura, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un nodo ubicado en Av. General San Martín N° 531, comuna de Quilicura, Región Metropolitana de Santiago.
    El servicio se suministrará mediante el uso de redes propias o arrendadas a terceros debidamente autorizadas. La zona de servicio corresponde al Territorio Nacional.
    2. El período de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
    3. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:
     
   
     
    4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.