AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "FUNDACIÓN LAS ROSAS DE AYUDA FRATERNA", PARA EFECTUAR COLECTA
Núm. 1.227 exento.- Santiago, 22 de junio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 10.262, que faculta al Presidente de la República para autorizar rifas, sorteos, etc., de las características y en las condiciones que indica; la ley Nº 16.436, que declara que las materias que indica podrán ser objeto de decretos o resoluciones expedidos por las autoridades que señala, con la sola firma del respectivo funcionario; en la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-1975, de 2005, del Ministerio del Interior; en la ley Nº 21.073, que regula la elección de Gobernadores Regionales y realiza adecuaciones a diversos cuerpos legales; en el decreto supremo Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior, que establece el Reglamento sobre realización de Rifas, Sorteos y Colectas; en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y los antecedentes adjuntos.
Considerando:
1.- Que, mediante carta de fecha 25 de enero de 2023, dirigida a la Ministra del Interior y Seguridad Pública señora Carolina Tohá Morales, el Presidente del Directorio de la Institución "Fundación Las Rosas de Ayuda Fraterna", domiciliada en Rivera Nº 2005, comuna de Independencia, Sr. Pedro Ignacio Montes Undurraga, solicita autorización para realizar la Décima Novena Colecta Nacional, los días 29, 30 de septiembre y 1 de octubre de 2023, en las regiones de Atacama, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Libertador Bernardo O'Higgins, del Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Ñuble.
2.- Que, mediante decreto supremo Nº 955, de 1974, el Ministerio del Interior establece el Reglamento sobre realización de Rifas, Sorteos y Colectas.
Decreto:
1.- Autorízase a la entidad denominada "Fundación Las Rosas de Ayuda Fraterna", para realizar una colecta anual pública en las regiones de Atacama, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Libertador Bernardo O'Higgins, del Maule, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Ñuble, los días 29, 30 de septiembre y 1 de octubre de 2023.
2.- La colecta deberá efectuarse dando estricto cumplimiento a la normativa sanitaria vigente, según lo dispuesto por la autoridad al momento de efectuarse la colecta.
3.- Las utilidades que se generen producto de la presente colecta serán destinadas a financiar los gastos operacionales de los 28 Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores, Eleam, de esta Fundación distribuidos a lo largo del país.
4.- Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Delegado Presidencial Regional o Provincial respectivo o las personas que se designen en su representación.
5.- La responsabilidad de la Colecta del año 2023 estará a cargo de Juan Carlos Silva Aravena, cédula de identidad Nº 15.439.648-9 y Valentina Marianne Blaitt Rudoff, cédula de identidad Nº 16.611.828-K, según Declaración Jurada de fecha 25 de enero de 2023, firmada por Edgardo Fuenzalida Rojas, Pamela Crocco Basso, ambos en representación de Fundación Las Rosas de Ayuda Fraterna.
6.- La referida Institución deberá remitir al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dentro del plazo de sesenta (60) días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentación de los ingresos obtenidos y de su inversión, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3º letra c), del decreto Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior, adjuntando a éste el acta a que se refiere el artículo 27 del mismo decreto.
7.- La autorización que se concede mediante el presente acto administrativo a la entidad recurrente, la obliga a cumplir con las disposiciones que establece el decreto Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Carolina Tohá Morales, Ministra del Interior y Seguridad Pública.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Enrique Alejandro Inostroza Sanhueza, Subsecretario del Interior (S).