DECLARA A FIRME Y EJECUTORIADA CADUCIDAD DE CONTRATO DE CONCESIÓN QUE INDICA Y REMISIÓN A CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE, PARA TRÁMITE DE TOMA DE RAZÓN
    Núm. 2.- Talca, 3 de noviembre de 2023.
     
    Visto:
     
    El artículo 4º de la ley Nº 18.696; el artículo 46º de la ley Nº 19.880; el decreto supremo Nº 156, de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 251, de 27 de noviembre de 2012, modificada por resolución Nº 83 de 10 de abril de 2013 y la resolución Nº 178 de 23 de agosto de 2013, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, que aprueba Bases de Licitación para Operar Establecimientos que Practiquen Revisiones Técnicas de Vehículos; la resolución Nº 42, de 5 de febrero de 2013, modificada por la resolución Nº 123, de 3 de junio de 2013 y la resolución Nº 218 de 30 de septiembre de 2013, del mismo Ministerio, que llama a licitación pública para otorgar concesiones para operar establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en la Región del Maule; la resolución exenta Nº 1.516, de 3 de julio de 2013, de la Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 260, de 14 de marzo de 2014, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule que adjudicó la Concesión uno de la Región del Maule para operar tres plantas revisoras clase AB en las comunas de Talca, Curicó y San Javier de la Región del Maule; la resolución exenta Nº 690, de 19 de agosto de 2014, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule que aprueba contrato de la concesión 1, suscrito el 4 de agosto de 2014, entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de esta Secretaría Regional Ministerial y la empresa Mival Metropolitana Limitada; Denuncia CAS-417861-J0X4J4; oficio Nº 3776/2022 de fecha 11 de febrero de 2022 de esta Secretaría Regional Ministerial; correo electrónico de la concesionaria de fecha 19 de febrero de 2022; resolución exenta Nº 101/2022 de fecha 25 de febrero de 2022 de esta Secretaría Regional Ministerial; descargos del concesionario de fecha 11 de marzo de 2022; resolución exenta Nº 152/2022 de fecha 21 de marzo de 2022 de esta Secretaría Regional Ministerial; recurso de reposición y jerárquico en subsidio, de fecha 24 de marzo de 2022 del concesionario Mival Metropolitana Limitada; resolución exenta Nº 361, de 10 de mayo de 2022, de esta Secretaría Regional Ministerial; Oficio Nº 12563/2022, de esta Secretaría Regional Ministerial; resolución exenta Nº 3.704/2023 de fecha 13 de septiembre de 2023 de la Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
     
    Considerando:
     
    1º.- Que, mediante resolución Nº 42, de 5 de febrero de 2013, modificada por la resolución Nº 123, de 3 de junio de 2013 y la resolución Nº 218 de 30 de septiembre de 2013, todas mismo Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se llamó a licitación pública para otorgar concesiones para operar establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en la Región del Maule.
    2º.- Que, a través de resolución Nº 260, de 14 de marzo de 2014, de esta Seremitt, se adjudicó la concesión Nº 1, para operar tres plantas revisoras clase AB, dotadas: Una de tres (3) líneas de revisión tipo L (liviana) y una (1) línea de revisión tipo P (pesada), destinada a prestar servicios de revisión técnica y de verificación de emisión de contaminantes a todo tipo de vehículos, en la comuna de Talca; una Planta Revisora Clase AB, dotada de tres (3) líneas de revisión tipo L (liviana) y una (1) línea de revisión tipo P (pesada), destinada a prestar servicios de revisión técnica y de verificación de emisión de contaminantes a todo tipo de vehículos, en la comuna de Curicó y una Planta Revisora Clase AB, dotada de una (1) línea de revisión tipo L (liviana) y una (1) línea de revisión tipo P (pesada) destinada a prestar servicios de revisión técnica y de verificación de emisión de contaminantes a todo tipo de vehículos, en la comuna de San Javier.
    3º.- Que, en concordancia con lo anterior, con fecha 4 de agosto de 2014, la empresa adjudicataria y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, representado para estos efectos por la Seremitt, suscribieron el correspondiente contrato ad-referéndum de concesión, el cual fue aprobado mediante resolución exenta Nº 690, de fecha 19 de agosto de 2014.
    4º.- Que, mediante resolución exenta Nº 101/2022, de fecha 25 de febrero de 2022, esta Seremitt, formuló cargos al Concesionario de la Planta de Revisión Técnica AB-0721 de la comuna de Curicó "Mival Metropolitana Limitada" por "otorgamiento de certificado de revisión técnica al vehículo PPU KTYT.92 sin haberse practicado ésta".
    5º.- Que, mediante la resolución exenta Nº 152/2022 de fecha 21 de marzo de 2022, esta Seremitt dispuso sanción de Caducidad de la Concesión Nº 1, de responsabilidad de "Mival Metropolitana Limitada". Asimismo, se resolvió dar curso, en su oportunidad al procedimiento de cobro de las garantías de fiel cumplimiento del contrato.
    6º.- Que, por resolución exenta Nº 361, de 10 de mayo de 2022, de esta Seremitt, se rechazó el recurso de reposición interpuesto con fecha 24 de marzo de 2022 por el concesionario, en contra de la resolución exenta Nº 152/2022 antes citada.
    7º.- Que, asimismo, por resolución exenta Nº 3.704/2023 de fecha 13 de septiembre de 2023, la Subsecretaría de Transportes rechazó el recurso de apelación deducido subsidiariamente por el Concesionario, en contra de la resolución exenta Nº 152/2022 y confirmó la sanción de caducidad de la Concesión Nº 1, de responsabilidad de "Mival Metropolitana Limitada".
    8º.- Que, esta Secretaría Regional Ministerial ha verificado que no existen otros recursos que proceden en el presente proceso administrativo sancionador, por lo que se deberá declarar a firme la resolución exenta 152/2022 de fecha 21 de marzo de 2022, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la región del Maule, confirmando la aplicación de la sanción de caducidad del contrato de Concesión Nº 1, según lo que se señalará en el resuelvo de este acto administrativo.
     
    Resuelvo:
     
    1º.- Declárese a firme la resolución exenta Nº 152, de 21 de marzo de 2022, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones del Maule.
    2º.- Confírmase la caducidad del contrato de la Concesión Nº 1, celebrado el 4 de agosto de 2014, entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, representado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule y Mival Metropolitana Limitada, para la instalación y operación de tres Plantas Revisoras Clase AB, una de tres (3) líneas de revisión tipo L (liviana) y una (1) línea de revisión tipo P (pesada), en la comuna de Talca; una Planta Revisora Clase AB, dotada de tres (3) líneas de revisión tipo L (liviana) y una (1) línea de revisión tipo P (pesada), en la comuna de Curicó; y una Planta Revisora Clase AB, dotada de una (1) línea de revisión tipo L (liviana) y una (1) línea de revisión tipo P (pesada) en la comuna de San Javier, aprobado mediante resolución exenta Nº 690, de fecha 19 de agosto de 2014, de esta Secretaría Regional Ministerial.
    3º.- Remítase a la Contraloría Regional del Maule el presente acto administrativo junto a sus antecedentes, citados en el visto, para su control de previo de legalidad, conforme lo prescrito en el artículo 14, numeral 14.12 de la resolución Nº 7, de 2019, del referido órgano contralor.
     

    Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- Gladys Angélica Sáez Salazar, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Maule.
     

    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    CONTRALORÍA REGIONAL DEL MAULE
    Unidad Jurídica
     
    Cursa con alcances resolución Nº 2, de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule
    Nº E420704/2023.- Talca, 27 de noviembre de 2023.
     
    Esta Entidad de Control ha dado curso al instrumento del rubro, que declara a firme y ejecutoriada la caducidad del contrato ad-referéndum de concesión, aprobado mediante resolución exenta Nº 690, de 19, de agosto de 2014, por cuanto se ajusta a derecho.
    No obstante, cabe hacer presente que en los fundamentos de la referida resolución Nº 2, de 2023, la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, ha omitido hacer mención al hecho que, mediante la resolución Nº 117, de 4 de marzo de 2022 y publicada el 14 de marzo de ese mismo año, el referido contrato fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2023, o hasta que comiencen a operar todos o parte de los nuevos establecimientos concesionados.
    Por su parte, considerando la caducidad declarada, la referida entidad ministerial deberá adoptar las medidas pertinentes para efectuar el cobro de las garantías respectivas antes del plazo de vencimiento de las mismas, considerando lo expuesto en el numeral 2.2.5.5., de la resolución Nº 251, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la cual aprobó las bases que rigieron el proceso de licitación por el cual se adjudicó el referido contrato.
    Con los alcances que antecede, se cursa la resolución de la suma.
     
    Saluda atentamente a Ud., Carlos Rodrigo Basaez Valdebenito, Contralor Regional.
     
    A la Señora
    Secretaria Regional
    Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones
    Región del Maule
    Presente