APRUEBA REGLAMENTO Nº 1/2023, QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUARA
Núm. 1.- Huara, a 8 de marzo de 2023.
Vistos:
1. Las necesidades del servicio;
2. Las órdenes impartidas por el Sr. Alcalde sobre la materia;
3. La Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
4. La ley Nº 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales;
5. Lo señalado en la ley Nº 19.602/25-03-1999, del Ministerio del Interior, que modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades en materias de Gestión Municipal;
6. Lo previsto en la ley Nº 19.777-12-2001, del Ministerio del Interior y/o 20.554/23-01-2012, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ambas que crean Juzgados de Policía Local en las comunas que señala;
7. Lo señalado en la ley Nº 20.742, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo, fortalece la Transparencia y Probidad en las Municipalidades, Crea Cargos y Modifica Normas Sobre Personal y Finanzas Municipales;
8. Lo previsto en la ley Nº 20.922, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Modifica Disposiciones Aplicables a los Funcionarios Municipales y Entrega Nuevas Competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo;
9. La ley Nº 21.493, que "Modifica el Régimen de los Reglamentos que Fijen o Modifiquen las Plantas del Personal Municipal";
10. Lo indicado en la ley Nº 20.965, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que Permite la Creación de Consejos y Planes Comunales de Seguridad Pública;
11. Lo dispuesto en los artículos 49 bis, 49 ter, 49 quáter y 49 quinquies de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
12. El decreto con fuerza de ley Nº 300; decreto con fuerza de ley Nº 300-19.321, de fecha 17 de octubre de 1994 que Adecua, Modifica y Establece Planta de Personal de la Municipalidad de Huara;
13. El decreto alcaldicio Nº 68, de fecha 26 de octubre de 1994, que Encasilla al Personal de Planta de la I. Municipalidad de Huara a partir del 1 de enero de 1994;
14. El decreto alcaldicio Nº 55, de fecha 1 de abril de 2011, que nombra al primer Administrador Municipal en la I. Municipalidad de Huara, en conformidad al artículo 6º de la ley Nº 18.883, luego de ser aprobada su creación por el H. Concejo Municipal de Huara;
15. El decreto alcaldicio Nº 1, de fecha 3 de enero de 2017, que crea la Dirección de Desarrollo Comunitario y el cargo de director de Desarrollo Comunitario, en conformidad a la ley Nº 20.742;
16. El decreto alcaldicio Nº 63/2014, de fecha 27 de agosto de 2014, que crea la Unidad Encargada de Control y el cargo de Jefe de Control, en conformidad a la ley Nº 20.742;
17. El decreto alcaldicio Nº 1.053/2018, de fecha 22 de octubre de 2018, que crea el cargo de Director de Seguridad Pública, en conformidad a la ley Nº 20.965, que Permite la Creación de Consejos y Planes Comunales de Seguridad Pública;
18. El decreto alcaldicio Nº 5, de fecha 5 de enero de 2015 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 10º al 8º al Director de Administración y Finanzas Suplente de la época, don Denis Segura Valenzuela;
19. El decreto alcaldicio Nº 6, de fecha 5 de enero de 2015 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 10º al 8º al Secretario Municipal de la época, don Mauricio Corvalán Vicentelo;
20. El decreto alcaldicio Nº 7, de fecha 5 de enero de 2015 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 10º al 8º al Secretario Comunal de la época, don Antonio Carrasco Quispe;
21. El decreto Nº 20, de fecha 1 de enero de 2015 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 9º al 8º al Juez de Policía Local, don Ismael Canales Díaz;
22. El decreto alcaldicio Nº 543/2016, de fecha 5 de agosto de 2016 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 16 al 15 a don Guillerno Morales Valdivia, en la Planta de Administrativos;
23. El decreto alcaldicio Nº 595/2016, de fecha 22 de agosto de 2016 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 17 al 16 a doña Nolfa Mollo Pérez, en la Planta de Administrativos;
24. El decreto alcaldicio Nº 548/2016, de fecha 8 de agosto de 2016 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 16 al 15 a don Roberto Henríquez Heimpeller, en la Planta de Administrativos;
25. El decreto alcaldlcio Nº 629/2016, de fecha 30 de agosto de 2016 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 17 al 16 a doña Lucy Cabezas Lucay, en la Planta de Administrativos;
26. El decreto alcaldicio Nº 546/2016, de fecha 8 de agosto de 2016 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 16 al 15 a doña Natalia Bartolo Vinaya, en la Planta de Administrativos;
27. El decreto alcaldicio Nº 8/2017, de fecha 5 de enero de 2017 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 15 al 14 a don Guillermo Morales Valdivia, en la Planta de Administrativos;
28. El decreto alcaldicio Nº 11/2017, de fecha 5 de enero de 2017 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 16 al 15 a doña Nolfa Mollo Pérez, en la Planta de Administrativos;
29. El decreto alcaldicio Nº 12/2017, de fecha 5 de enero de 2017 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 15 al 14 a don Roberto Henríquez Heimpeller, en la Planta de Administrativos;
30. El decreto alcaldicio Nº 10/2017, de fecha 5 de enero de 2017 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 16 al 15 a doña Lucy Cabezas Lucay, en la Planta de Administrativos;
31. El decreto alcaldicio Nº 9/2017, de fecha 5 de enero de 2017 que, en virtud de la ley Nº 20.742, sube de grado 15 al 14 a doña Natalia Bartolo Vinaya, en la Planta de Administrativos;
32. El decreto exento Nº 101/2023, de fecha 18 de enero de 2023, que aprueba la Política de Recursos Humanos de la I. Municipalidad de Huara;
33. El Acta de Reunión de los funcionarios municipales de Huara, que da cuenta de la elección de sus representantes para la formación del Comité Bipartito, de fecha 11 de octubre de 2022;
34. El decreto alcaldicio Nº 2.090/2022, de fecha 3 de noviembre de 2022, mediante el cual se constituyó el Comité Bipartito, conformado por representantes del Sr. Alcalde y de los funcionarios municipales de la I. Municipalidad de Huara;
35. El Acta de fecha 26 de diciembre de 2022, que contiene la opinión del Comité Bipartito Municipal respecto de la planta municipal que se adecua;
36. Las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República mediante dictamen Nº 6.554, de fecha 7 de marzo de 2019;
37. Las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República, mediante dictamen Nº 17.773, de fecha 13 de julio del año 2018;
38. El Escalafón de Mérito vigente, contenido en el decreto alcaldicio Nº 234/2023, de fecha 10 de enero de 2023, conforme a lo dispuesto en los artículos 49º y 50º de la ley Nº 18.883;
39. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria Nº 17/2023 de Ingresos Propios Permanentes Propios y Límite de Gastos en Personal, de fecha 22 de febrero de 2023;
40. El Certificado Nº18/2023, Límite Gasto en Personal, de fecha 22 de febrero de 2023;
41. El acuerdo Nº48/2023 del H. Concejo Municipal de Huara, tomado en Sesión Extraordinaria Nº 3, de fecha 2 de marzo de 2023, a través del cual se aprobó en forma unánime la propuesta de fijación de la planta de personal de la Ilustre Municipalidad de Huara, acuerdo consignado en certificado Nº 21/2023. Emitido por el Secretario Municipal, de fecha 8 de marzo de 2023;
42. La Sentencia del Tribunal Electoral Regional, de fecha 9 de junio de 2021, dictada en causa Rol Nº 55/2021, que proclama en calidad de alcalde a don José Bartolo Vinaya;
43. El decreto alcaldicio Nº 506/2021, de fecha 28 de junio de 2021, a través del cual el Sr. Alcalde asume su cargo, y
44. Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Considerando:
1. Que, con fecha 25 de mayo de 2016, se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.922, que Modifica Disposiciones Aplicables a los Funcionarios Municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo;
2. Que, la referida ley en su artículo 4º, numeral 5) incorporó los artículos 49 bis, 49 ter, 49 quáter y 49 quinquies a la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, facultando a los Alcaldes para que, a través de un reglamento municipal, puedan fijar o modificar las planas de personal de las respectivas municipalidades;
3. Que, la ley Nº 21.493, que Modifica el Régimen de los Reglamentos que Fijen o Modifiquen las Plantas del Personal Municipal, otorga excepcionalmente desde la publicación de esta ley y hasta el 31 de marzo de 2023, un nuevo plazo de aquel a que se refiere el inciso primero del artículo 9º transitorio de la ley Nº 20.922, para ejercer por primera vez la facultad concedida en el artículo 49 bis de la ley Nº 18.695;
4. Que, la Ilustre Municipalidad de Huara, a través de la Dirección de Administración y Finanzas y la Unidad de Control, en conformidad a la ley Nº 20.922 y a las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República mediante dictamen Nº 17.773, de fecha 13 de julio del año 2018, han realizado el cálculo de disponibilidad presupuestaria y su proyección, tomando en cuenta los ingresos propios y el gasto de personal de los tres años precedentes al proceso de fijación y/o modificación de la planta de personal;
5. Que, a fin de igualar en cuanto al escalafón respecto de los demás directivos, se cambiará el cargo de Secretario Municipal al escalafón de directivos, el cual conforme a la Planta Municipal vigente se contempla en el Escalafón de Jefaturas;
6. Que, mediante decreto alcaldicio Nº 234/2023, de fecha 10 de enero de 2023, se aprobó el escalafón de mérito de la I. Municipalidad de Huara, el cual se encuentra vigente para la presente anualidad, conforme a lo dispuesto en los artículos 49º y 50º de la ley Nº 18.883;
7. Que, según consta de certificado Nº 17/2023, de fecha 22 de enero de 2023 suscritos por los directores de Finanzas y de Control, la Municipalidad cuenta con disponibilidad presupuestaria para poder hacer uso de la facultad que le confiere el artículo 49 bis de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
8. Que, el Director de Administración y Finanzas, ha emitido el Certificado del límite de gastos en personal Nº18/2023 de fecha 22 de febrero de 2023;
9. Que, en el proceso de elaboración de la planta de personal se ha consultado al Comité Bipartito integrado por representantes de los funcionarios municipales y por representantes del alcalde, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 bis, Nº 5, de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, el cual, según consta de Acta de fecha 26 de diciembre de 2022, se pronunció favorablemente y en forma unánime respecto a la propuesta de la planta municipal que se adecua, para su presentación al Honorable Concejo Comunal de Huara, y
10. Que, en sesión extraordinaria Nº 3, de fecha 2 de marzo de 2023, el Honorable Concejo Municipal aprobó por unánime la propuesta de Reglamento de Planta de Personal mediante acuerdo Nº 48, según consta de certificado Nº21/2023, emitido por el Sr. Secretario Municipal.
Resuelvo:
REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUARA
Artículo 1º: De conformidad a lo establecido en los artículos 49 bis, 49 quáter y 49 quinquies de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; fíjese la Planta de Personal de la Municipalidad de Huara, como se indica:
a) Planta Municipal Vigente al año 2023:

b) Créanse los cargos que se indica:

c) Suprímase el siguiente cargo:

d) Fíjense los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan:


Los cargos no considerados con requisitos específicos en el cuadro precedente, se sujetarán a los requisitos generales de los artículos 7º y 8º de la ley Nº 18.883.
e) Traspásese el cargo de Secretario Municipal, desde el escalafón de Jefaturas al escalafón de Directivos, asignándosele el grado 8º, quedando fijado el cargo en la siguiente forma:

f) En conformidad con lo previsto en el artículo 49 bis de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, fíjese la Planta de Personal de la Municipalidad de Huara, como se indica a continuación:


Artículo 2º: Remítase copia del presente Reglamento a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 49 bis, número 8 de la ley Nº 18.695.
Artículo 3º: Remítase el presente reglamento a la Contraloría General de la República para Toma de Razón.
Artículo 4º: El presente reglamento entrará en vigencia con posterioridad al trámite de Toma de Razón, una vez publicado en el Diario Oficial.
Anótese, comuníquese, tómese razón por la Contraloría General de la República y publíquese en el Diario Oficial de la República de Chile.- José Bartolo Vinaya, Alcalde.- Jonathan Oliva Vera, Secretario Municipal.