NOMBRA A ALBERTO VARGAS PEYREBLANQUE COMO DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO ORIENTE
   
    Núm. 33.- Santiago, 14 de diciembre de 2023.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 y en el inciso primero del artículo 35 de la Constitución Política de la República de Chile; el DFL N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Título VI de la ley N° 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el libro I del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763 de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; la Ley N° 21.516, Ley de Presupuestos de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023; la resolución exenta N° 934, de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección Nacional del Servicio Civil, que convoca a concurso público; resolución exenta N° 34, de 10 de enero de 2023, de la Dirección Nacional del Servicio Civil, que amplía la convocatoria a concurso público; el Oficio Reservado N° 112, de 7 de julio de 2023, del Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública; Oficio Gab. Pres. N° 1974, de 31 de octubre de 2023, del Presidente de la República; decreto supremo N° 1.058, de 5 de octubre de 2010, que fija porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública para el cargo de Director/a de Servicio de Salud Metropolitano Oriente; y la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
   
    Considerando:
   
    1) Que el decreto supremo N° 306, de 2004, del Ministerio de Hacienda, incorporó al Servicio de Salud Metropolitano Oriente al Sistema de Alta Dirección Pública.
    2) Que el DFL N° 37, de 2003, del Ministerio de Hacienda, otorgó la calidad de alto directivo público al cargo de Director/a del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, correspondiente al Primer Nivel Jerárquico.
    3) Que, mediante decreto supremo N° 1.058, de 2010, del Ministerio de Hacienda, se fijó el porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública que corresponde al cargo de Director/a del Servicio de Salud Metropolitano Oriente.
    4) Que, la Dirección Nacional del Servicio Civil, mediante resolución citada en visto, convocó a concurso público, abierto, de amplia difusión para proveer el cargo referido.
    5) Que, una vez realizado el proceso de selección antes aludido, el Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, mediante Oficio Reservado N° 112, de 7 de julio de 2023, comunicó a S.E. el Presidente de la República la nómina de candidatos elegibles; y mediante Oficio Gab. Pres. N° 1974, de 31 de octubre de 2023, el Presidente de la República comunica la decisión de designar en el cargo a D. Alberto Vargas Peyreblanque.
    6) Que, en uso de las facultades que me confiere la ley, se procede a nombrar a la persona que desempeñará el cargo de Director del Servicio de Salud Metropolitano Oriente.
    7) Que, D. Alberto Vargas Peyreblanque manifestó su interés de remunerarse conforme a las normas de Escala Única de Sueldos.
   
    Decreto:

   
    1°. Desígnase en calidad de titular, a contar del 1 de diciembre de 2023, a D. Alberto Vargas Peyreblanque, RUN 7.810.348-5, en el cargo de Director del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, grado 2° EUS, de la Planta Directiva de dicho Organismo, quien por razones impostergables de buen servicio asumirá sus funciones en la fecha indicada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
    2°. En conformidad a lo dispuesto en el artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, el presente nombramiento se extenderá por un período de 3 años, contado desde la fecha indicada precedentemente, pudiendo renovarse fundadamente hasta dos veces, por igual plazo.
    3°. Déjase constancia que D. Alberto Vargas Peyreblanque se remunerará conforme a las normas de la ley N° 19.664, y tendrá derecho a percibir una asignación de alta dirección pública, en conformidad a lo dispuesto en el artículo sexagésimo quinto de la ley N° 19.882 y el decreto supremo N° 1.058, de 2010, cuyo porcentaje ascenderá a 100% de las remuneraciones brutas de carácter permanente que perciba como funcionario.
    4°. Señálese que a contar de la fecha indicada en el numeral 1° del presente decreto, el nombramiento de Director de Hospital que hasta la fecha detentaba D. Alberto Vargas Peyreblanque, cesa por el solo ministerio de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 86 de la ley N° 18.834.
    5°. Impútese el gasto que demande el presente decreto al subtítulo 21 ítem 01.001 sueldos y sobresueldos del personal titular del Presupuesto del Servicio de Salud Metropolitano Oriente.
   
    Anótese, tómese razón, publíquese y notifíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud.
    Transcribo para su conocimiento decreto afecto N° 33, 14 de diciembre de 2023.- Por orden de la Subsecretaría de la Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.